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CIDH


Comisión y Corte Interamericanas
de Derechos Humanos


Fichero AudioCidh - La Corte Interamericana incorpora la fugura de crímenes contra la humanidad y los principios de Nuremberg. Radio Nizkor, 11dic06.


El Equipo Nizkor ha hecho público un comunicado con motivo del día de los derechos humanos que tiene que ver con la aplicación de la figura de crímenes contra la humanidad por parte de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en un caso relacionado con la dictadura chilena.

El comunicado ha coincidido con el deceso del dictador Augusto Pinochet y bien podría ser su epitafio: ha muerto el responsable de la comisión de crímenes contra la humanidad cometidos en Chile durante su dictadura.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos aplica la figura de crímenes contra la humanidad en un caso de asesinato, y, como consecuencia, la cuestión de la no prescripción y de la imposibilidad de amnistiar estos crímenes. La sentencia que comentamos es la recaída en el Caso Almonacid Arellano y otros vs. Chile, de 26 de septiembre de 2006 (Serie C No. 154).

La Sentencia de la Corte Interamericana tiene una gran importancia para los integrantes del Equipo Nizkor dado que viene a recoger, en su práctica totalidad, los argumentos que venimos usando ante los tribunales ordinarios y en nuestro discurso contra los modelos de impunidad desde hace al menos 10 años...

Sus consecuencias afectan a todos los modelos de impunidad latinoamericanos y ponen término, a nivel jurídico, a discusiones arbitrarias sobre la validez de actos jurídicos manifiestamente ilegales a la luz del derecho internacional, como son los casos de Argentina, Chile, Guatemala, Honduras, Perú, El Salvador y Uruguay.

En el caso de Chile tiene al menos dos consecuencias directas:

- Elimina la posibilidad de la utilización del Decreto Ley No. 2.191, conocido como Decreto de Amnistía, dado que si los actos de asesinatos son considerados "crímenes contra la humanidad" -al haberse cometido éstos sistemáticamente o a gran escala-, éstos no prescriben y tampoco pueden ser amnistiables, lo que convierte en ineficaz la propia legislación de amnistía en todos los casos.

    "152. En efecto, por constituir un crimen de lesa humanidad, el delito cometido en contra del señor Almonacid Arellano, además de ser inamnistiable, es imprescriptible. Como se señaló en los párrafos 105 y 106 de esta Sentencia, los crímenes de lesa humanidad van más allá de lo tolerable por la comunidad internacional y ofenden a la humanidad toda. El daño que tales crímenes ocasionan permanece vigente para la sociedad nacional y para la comunidad internacional, las que exigen la investigación y el castigo de los responsables. En este sentido, la Convención sobre la imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y de los crímenes de lesa humanidad |161| claramente afirmó que tales ilícitos internacionales "son imprescriptibles, cualquiera que sea la fecha en que se hayan cometido.

    153. Aún cuando Chile no ha ratificado dicha Convención, esta Corte considera que la imprescriptibilidad de los crímenes de lesa humanidad surge como categoría de norma de Derecho Internacional General (ius cogens), que no nace con tal Convención sino que está reconocida en ella. Consecuentemente, Chile no puede dejar de cumplir esta norma imperativa."

- Obliga a los tribunales ordinarios y a la Corte Suprema chilena a revisar todos los casos que han sido archivados por prescripción y también aquéllos que han sido tipificados como delitos comunes y sin embargo están incursos en la definición de crímenes contra la humanidad que ha realizado la Corte Interamericana...

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Fichero AudioCidh - Entrevista al Relator Especial para la Libertad de Expresión de la CIDH, Eduardo Bertoni. Radio Nizkor, 09dic05


Radio Nizkor ha entrevistado a Eduardo Bertoni, Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

El relator nos habla de las funciones que tiene encomendadas, de las actividades de esta Relatoría y, en general, del disfrute de este derecho en las Américas. La violencia contra periodistas y comunicadores sociales, la libertad de expresión y el acceso a la información pública, o la situación específica en países en situación de conflicto, como Colombia, son, entre otros, temas que se abordan en esta entrevista.

Entrevista realizada el 02dic05 utilizando un sistema Telos de comunicación digital entre las ciudades de Washington y Madrid.

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Fichero AudioUsa/Cidh - La Commission interaméricaine des droits de l'Homme étend les mesures de précaution en faveur des détenus de Guantanamo. (Clinique de Droit International des Droits de l'Homme de l'Université Américaine de Washington, Centre pour les Droits Constitutionnels). Radio Nizkor, 14Nov05


Le 2 novembre 2005, la Commission interaméricaine des droits de l'Homme a étendu les mesures de précaution en faveur des personnes indéfiniment détenues à Guantanamo par les Etats-Unis.

Les avocats de la Clinique de Droit International des Droits de l'Homme de la Faculté de Droit de l'Université Américaine de Washington et du Centre pour les Droits Constitutionnels, ont tenu une audience auprès de la commission, le 20 octobre.

Les mesures de la commission incluent les demandes suivantes :

  • que le gouvernement des Etats-Unis garantisse que les détenus de Guantanamo ne soient pas transférés dans un pays dans lequel il existe des motifs substanciels leur faisant courir un risque d'être soumis à la torture ou à tout autre type de mauvais traitement ;
  • que les Etats-Unis, en conformité avec le droit international, interdisent que toute déclaration obtenue sous la torture soit utilisée dans une procédure judiciaire ;
  • que le gouvernement instruise et juge les cas d'abus et de torture, ce qui signifie que le Ministère de la Défense ne doit pas pouvoir continuer à enquêter sur ses propres actes ;
  • et que ce soit un tribunal compétent qui détermine la condition juridique des détenus de Guantanamo, ce qui n'a pas été convenablement fait par les tribunaux militaires, ni par les procédures d'habeas corpus entamées jusqu'à présent.

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Fichero AudioUsa/Iachr - Inter-American Commission on Human Rights Extends Precautionary Measures on Guantánamo Detainees. (Int. Human Rights Law Clinic at American University of Washington; Center for Constitutional Rights). Radio Nizkor with the collaboration of the Schell Center for International Human Rights at Yale Law School, 12nov05


On November 2, 2005, the Inter-American Commission on Human Rights extended precautionary measures for the men being held indefinitely at Guantánamo Bay by the U.S. government.

Attorneys from the International Human Rights Clinic at American University's Washington College of Law and the Center for Constitutional Rights had a hearing before the Commission on October 20th.

The Commission's measures included requests:

  • that the U.S. government ensure the detainees at Guantánamo are not transferred to countries where there are substantial grounds for believing they would be in danger of being subjected to torture or other mistreatment;
  • that the U.S., in accordance with international law, not permit any statement obtained under torture to be used in a legal proceeding;
  • that the government investigate and prosecute instances of abuse and torture, which does not mean letting the Department of Defense continue to investigate itself; and
  • to have the legal status of the Guantánamo detainees determined by a competent tribunal, which has not been adequately addressed by the military tribunals or the habeas corpus proceedings to date.

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Fichero AudioCidh - La Comisión Interamericana extendió las medidas cautelares a favor de los presos de Guantánamo. (Int. Human Rights Law Clinic of the American University of Washington; Center for Constitutional Rights). Radio Nizkor, 06nov05.


El 2 de noviembre de 2005 la Comisión Interamericana de Derechos Humanos extendió las medidas cautelares en favor de las personas detenidas indefinidamente en Guantánamo por el Gobierno de los Estados Unidos.

Los abogados del la Clínica de Derecho Internacional de Derechos Humanos de la Facultad de Derecho de la Universidad Americana de Washington y del Centro por los Derechos Constitucionales tuvieron una audiencia ante la Comisión el 20 de octubre.

Las medidas de la Comisión incluyen las solicitudes siguientes:

  • que el Gobierno de los Estados Unidos garantice que los detenidos en Guantánamo no serán trasladados a países en donde existen motivos sustanciales para creer que corren peligro de ser sometidos a tortura u otro tipo de maltrato;
  • que los Estados Unidos, de conformidad con el derecho internacional, no permita que ninguna declaración obtenida bajo tortura pueda utilizarse en ningún procedimiento jurídico;
  • que el Gobierno investigue y enjuicie los casos de abuso y torturas, lo que se traduce en que no se ha de permitir que el Departamento de Defensa siga investigándose a sí mismo, y
  • que sea un tribunal competente el que determine la condición jurídica de los detenidos en Guantánamo, extremo éste que no ha sido debidamente abordado por los tribunales militares o los procedimiento de habeas corpus que se han dado hasta la fecha.

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Fichero AudioLa Corte Interamericana de Derechos Humanos dictó sentencia en los casos de la Masacre Plan de Sánchez y Molina Theissen, ambos contra el Estado de Guatemala. (CIDH). Radio Nizkor, 05jul04


La Corte Interamericana de Derechos Humanos celebró en su sede en San José de Costa Rica su LXII Período Ordinario de Sesiones, del 19 de abril al 7 de mayo de 2004.

Durante este período de sesiones la Corte conoció, entre otros, del caso de la Masacre Plan de Sánchez, de la cual ha responsabilizado al Estado de Guatemala.

En palabras de uno de los magistrados, el juez CANÇADO TRINDADE, "es la primera vez en toda la historia de la Corte Interamericana que una masacre de la presente dimensión es sometida a su conocimiento".

La aldea Plan de Sánchez pertenece al municipio de Rabinal, Baja Verapaz. El 18 de julio de 1982 fueron ejecutadas alrededor de 268 personas, quienes eran en su mayoría miembros del pueblo maya achí y algunas no indígenas residentes en otras comunidades aledañas como Chipuerta, Joya de Ramos, Raxjut, Volcanillo, Coxojabaj, Las Tunas, Las Minas, Las Ventanas, Ixchel, Chiac, Concul y Chichupac;.

La Corte declara la responsabilidad del Estado de Guatemala por violación de varios artículos de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

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Fichero AudioLa Corte Interamericana de Derechos Humanos abordará los casos Gómez Paquiyauri y Lori Berenson, ambos interpuestos contra el Estado del Perú. (CIDH). Radio Nizkor, 26abr04


Los días 5, 6 y 7 de mayo de 2004, la Corte escuchará en audiencia pública los alegatos finales orales de las partes en el caso Gómez Paquiyauri.

Este caso tiene su origen en una demanda contra el Estado peruano por la supuesta detención arbitraria, tortura y asesinato de los jóvenes Emilio Moisés y Rafael Samuel Gómez Paquiyauri realizada presuntamente por agentes de la Policía Nacional del Perú.

La Corte se ocupará también los días 7 y 8 de mayo del Caso Lori Berenson, por las presuntas violaciones a los derechos humanos de Lori Helene Berenson, ocurridas en el contexto tanto de un proceso al que fue sometida en el fuero militar, como en otro posterior en el fuero penal ordinario, así como por las condiciones inhumanas de detención a que fue sometida durante 2 años y ocho meses, en la cárcel de Yanamayo.

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Fichero AudioLa Corte Interamericana de Derechos Humanos abordará los casos Ricardo Canese e Instituto de Reeducación del Menor, ambos interpuestos contra el Estado de Paraguay. (CIDH). Radio Nizkor, 24abr04


Los días 28 y 29 de abril de 2004, la Corte escuchará en audiencia pública los alegatos finales orales de las partes en el caso Ricardo Canese.

Este caso tiene su origen en una demanda contra el Estado paraguayo por la violación de los derechos del Ingeniero Ricardo Canese por manifestaciones realizadas cuando era candidato a la presidencia.

Durante la campaña electoral de 1993, el Sr. Ricardo Canese cuestionó la integridad del Sr. Juan Carlos Wasmosy, también candidato a la presidencia, al señalar que "fue el prestanombre de la familia Strossner en CONEMPA" (Consorcio de Empresas Constructoras Paraguayas), empresa que desarrolló el complejo hidroeléctrico binacional de Itaipú, cuyo presidente, en el momento de las declaraciones era el Sr. Wasmosy. Estas manifestaciones le

Además se ocupará los días 3, 4 y 5 de mayo de mayo Caso Instituto de Reeducación del Menor "Coronel Panchito López", motivado por las condiciones de vida degradantes y por la vulneración de la normativa sobre privación de libertad de menores.

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Fichero AudioLa Corte Interamericana de Derechos Humanos conocerá del caso de la masacre de Plan de Sánchez, así como del caso Molina Theissen, ambos interpuestos contra el Estado de Guatemala. (CIDH). Radio Nizkor, 21abr04


La Corte Interamericana de Derechos Humanos celebra en San José de Costa Rica su 62 Período Ordinario de Sesiones, que transcurrirá entre el 19 de abril y el 8 de mayo de 2004.

Los días 23 y 24 de abril de 2004, la Corte escuchará en audiencia pública los argumentos de las partes en el caso de la masacre Plan de Sánchez.

Este caso tiene su origen en una demanda contra el Estado guatemalteco por la masacre de 268 personas, en su mayoría miembros del pueblo indígena maya en la aldea Plan de Sánchez, Municipio de Rabinal, Departamento de Baja Verapaz, masacre que habría sido ejecutada por miembros del ejército de Guatemala y colaboradores civiles, bajo la tutela del ejército, el día domingo 18 de julio de 1982 en Guatemala.

Además se ocupará los días 26 y 27 de abril del caso Caso Molina Theissen, sobre hechos sucedidos también en Guatemala.

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Fichero AudioLa Corte Interamericana de Derechos Humanos conocerá del caso de los "19 Comerciantes", con origen en una demanda contra el Estado de Colombia. (CIDH). Radio Nizkor, 21abr04


La Corte Interamericana de Derechos Humanos celebra en San José de Costa Rica su 62 Período Ordinario de Sesiones, que transcurrirá entre el 19 de abril y el 8 de mayo de 2004.

Los días 21 y 22 de abril de 2004, la Corte escuchará en audiencia pública los alegatos finales de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y del Estado de Colombia, así como las declaraciones de los testigos y los dictámenes de los peritos propuestos por la Comisión Interamericana.

La demanda fue interpuesta por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos el 24 de enero de 2001 con el fin de que la Corte decida si el Estado de Colombia violó la Convención Americana por la detención, desaparición y ejecución de los comerciantes: Álvaro Lobo Pacheco, Gerson Rodríguez, Israel Pundor, Angel Barrera, Antonio Flores Ochoa, Carlos Arturo Riatiga, Víctor Ayala, Alirio Chaparro, Huber Pérez, Álvaro Camargo, Rubén Pineda, Gilberto Ortiz, Reinaldo Corso Vargas, Hernán Jáuregui, Juan Bautista, Alberto Gómez y Luis Sauza, el 6 de octubre de 1987; y de Juan Montero y Ferney Fernández, el 18 de octubre de 1987, en el municipio de Puerto Boyacá, departamento de Boyacá, región del Magdalena Medio.

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Más información sobre Derecho Internacional de los Derechos Humanos en el sitio web documental del Equipo Nizkor


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