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DDHH en Argentina



Marzo 2022

Fichero AudioArg - Testimonio de Gregorio Dionis en la causa por los crímenes de la Triple A en Bahía Blanca, Argentina. Radio Nizkor, 19jul23

Este programa contiene la declaración en calidad de testigo y experto de Gregorio D. Dionis, presidente del Equipo Nizkor, en la causa por los crímenes de la Triple A en Bahía Blanca, Argentina. La Triple A (Alianza Anticomunista Argentina), fue una organización criminal creada para la eliminación de dirigentes sociales y políticos en ese país y despliega su actuación delictiva principalmente en el periodo que va de 1973 a 1975.

El testimonio de Gregorio Dionis se produjo el 04dic20 ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Bahía Blanca y el mismo tuvo lugar a petici&oaucte;n de la Fiscalía.

Gregorio nació precisamente en esta ciudad argentina y en la época era funcionario no docente en la Universidad Nacional del Sur de Bahía Blanca. En 1969 devino Secretario General de la Asociación de Trabajadores de la Universidad Nacional del Sur (ATUNS), cargo que desempeñó desde mediados de ese año hasta junio de 1975. También desde 1969-1970 hasta junio de 1975 ocupó cargos directivos en la Federación Argentina de Trabajadores de Universidades Nacionales (FATUN - Auténtica) y más tarde como Secretario de Organización de dicho sindicato.

Durante esta etapa Gregorio ocupa numerosos puestos de alto nivel en el sistema de educación universitaria argentina, básicamente en el Consejo de Rectores de las Universidades Nacionales y en la propia UNS, donde durante el período 1973-1975 fue el responsable de la dirección política de la Universidad.

Es precisamente a partir de 1973 que empieza a funcionar en Argentina la Triple A. Gregorio supo extraoficialmente que se encontraba en la lista de blancos de esta organización. siendo consciente de que los militares volverían a dar un golpe de estado en Argentina, no se deja llevar por la tímida apertura de esos años previos a 1976, lo que a la postre significó que no haya habido desaparecidos entre el grupo sindical que lideró.

La situación para el movimiento sindical, estudiantil y político empezó a agravarse y a partir de junio de 1974 y hasta su salida de Argentina en el verano de 1975, Gregorio tiene que vivir en la clandestinidad. Toda su biblioteca personal, que para ese entonces contaba con más de 3.500 libros, terminó en la hoguera.

En el verano de 1975 logra llegar a la isla canaria de Tenerife, tierra en la que nacieron sus padres, junto a su esposa de entonces. En Tenerife, y gracias a la colaboración de antiguos republicanos españoles, especialmente del poeta García Cabrera, se logró detener la extradición que el Ministro López Rega (máximo dirigente de la Triple A) había pedido al Gobierno español, aún en manos del General Franco. La muerte del General Franco detendrá esta maniobra.

Desde entonces y hasta la fundación de la organización internacional de derechos humanos Equipo Nizkor en 1994, Gregorio compagina su trabajo empresarial con campañas e iniciativas relacionadas con los derechos humanos y las libertades civiles. Con el nuevo medio, Gregorio concibe la posibilidad de contribuir al desmantelamiento de la impunidad como sistema propiciando la aplicación del derecho internacional por parte de los tribunales domésticos ordinarios.

En el marco de esta estrategia estudia la posibilidad de interponer una querella en Madrid en favor de los desaparecidos españoles durante la dictadura argentina... Esta iniciativa fue el origen de las causas argentina y chilena en la Audiencia Nacional de Madrid.

En el marco de la causa Chilena, la coordinación jurídica del Equipo Nizkor logró la detención de Augusto Pinochet en Londres en 1998. Pero es sólo el caso Adolfo Scilingo el que llega a juicio y termina en sentencia condenatoria por crímenes contra la humanidad, sentencia pronunciada por la Audiencia Nacional en abril de 2005 y confirmada por el Tribunal Supremo en 2007.

Esta causa tuvo como efecto la reapertura de los cientos de causas que habían quedado paralizadas en Argentina como consecuencia de las leyes de obediencia debida y punto final.

Precisamente, la causa contra la Triple A en Bahía Blanca es una de ellas...

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Marzo 2022

Fichero AudioArg - Entrevista al abogado de derechos humanos César Sivo en el aniversario del Golpe de Estado de 1976. Radio Nizkor, 24mar22

Radio Nizkor entrevista al Dr. César Sivo, abogado argentino especialista en derecho penal, con motivo del aniversario del Golpe de Estado Militar del 24 de marzo de 1976. El Dr. Sivo ha actuado en numerosas causas por crímenes contra la humanidad, principalmente las relacionadas con la Marina de Guerra argentina, la cual era responsable de los Ministerios de Exteriores y de Educación, así como de las Universidades Nacionales.

El Dr. Sivo nos explica cómo ha evolucionado el derecho penal argentino desde la conocida como Causa 13 hasta hoy. En su calidad de asesor de convencionales en la Constitución actual, nos relata su participación en el desarrollo de la misma, precisamente en la inclusión de los tratados y convenciones internacionales de derechos humanos que, hasta ese momento, no estaban reconocidos en la Argentina.

En el marco de su intenso trabajo en los procedimientos en Mar del Plata que han afectado a la Marina de Guerra, el Dr. Sivo nos aclara lo que fue el “Plan Cintara”, un documento único que muestra cómo en Argentina organizaron lo que en Nuremberg se definió como “organización criminal” para la comisión de graves crímenes contra los derechos humanos. Nos explica también cómo han podido establecerse las responsabilidades penales de los perpetradores de estos actos que, cometidos sistemáticamente - es decir, conforme a un plan o política pre-establecidos- y/o a gran escala, son crímenes contra la humanidad. En el caso de Argentina, y siguiendo las categorías del derecho internacional, hablamos de persecución por motivos políticos, exterminio, desapariciones, torturas, incluidas agresiones sexuales...

El estado actual del modelo de impunidad argentino y el papel desempeñado, y que está desempeñando, la justicia, son también abordados por nuestro entrevistado, pues el Dr. Sivo lleva haciendo frente desde hace años a amenazas y campañas de difamación, difusas o directas, que se intensifican en función de los momentos procesales de las causas que lleva.

Por último, le hemos realizado una pregunta que muchas veces se hacen quienes no conocen el movimiento de derechos humanos o el trabajo de profesionales como él, y que es cuál ha sido su fuente de financiación para llevar todas estas causas.

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Marzo 2019

Fichero AudioArg - Entrevista a Graciela Dubrez sobre los problemas en el tratamiento penal de los casos de violencia contra la mujer en Argentina. Radio Nizkor, 13mar19

Graciela Dubrez preside el Observatorio Internacional de Prisiones (OIP) de Argentina. El trabajo que desde el OIP viene realizando desde hace años en este ámbito, le ha acercado también a la realidad de los obstáculos que encuentran las mujeres víctimas de violencia a la hora de buscar protección a través del sistema de justicia penal.

A partir de casos concretos, Graciela expone el problema en la calificación penal de los delitos de violencia contra la mujer, que siguen considerándose en muchos casos como delitos ordinarios, así como la ausencia de protocolos adecuados para tratar esta casuística y para la protección eficaz de las mujeres. Entre otros aspectos, pone de relieve la necesidad de aumentar las dotaciones y el número de Fiscalías especializadas en violencia de género.

Aborda asimismo el problema de la falta de consideración de la vertiente psiquiátrica en relación con los agresores, aspecto éste en el que por especialización profesional viene también trabajando desde hace tiempo.

Su conocimiento de la problemática y del funcionamiento de las instituciones concernidas, llevan a Graciela a proponer medidas concretas para mejorar la situación de las mujeres víctimas de violencia de género y hace un llamado para obtener apoyos en esta tarea...

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Mayo 2017

Fichero AudioArg - Communiqué d'Equipo Nizkor au vu de l'arrêt aberrant de la Cour Suprême de Justice argentine dans l'affaire Muiña. Radio Nizkor, 30mai17

Le 3 mai 2017, la Cour suprême argentine a décidé d'appliquer au calcul d'exécution de la peine d'un condamné pour crimes contre l'humanité la loi du "deux pour un".

Cette loi (Loi No. 24.390) était en vigueur entre 1994 et 2001 et donnait l’opportunité, au bout des deux années de prison préventive légales, de compter deux jours de prison pour chaque jour passé en détention sans condamnation définitive.

Avec ce calcul, le temps passé en prison était considérablement réduit.

Au vu de l'arrêt rendu le 3 mai 2017 par la Cour suprême de Justice argentine concernant le recours introduit par la défense du criminel Luis Muiña, Equipo Nizkor a émis un communiqué en déclarant que "[L]'arrêt de la Cour doit être considéré comme aberrant dans la mesure où il fournit une mesure de grâce effective dans une affaire où la catégorie pénale de crimes contre l'humanité a été appliquée", et que "[C]et arrêt entre manifestement en contradiction et est incompatible avec la définition de crimes contre l'humanité et avec le principe d'intégralité de la peine, cette dernière étant propre à la pratique du droit pénal international, ainsi qu'à la jurisprudence de la Cour interaméricaine et à la doctrine applicable."

Equipo Nizkor souligne que selon l'opinion dissidente, "[E]n vertu de la qualification des crimes contre l'humanité que la Cour a établie, il est inadmissible qu'une loi dont l'objectif était de limiter le temps passé en détention préventive, qui est une mesure procédurale, puisse représenter un changement dans l'appréciation de la définition de crimes dont la dimension excède clairement ce cadre."

Equipo Nizkor considère que cet arrêt est extrêmement grave car c'est la porte ouverte à une remise en liberté massive d'au moins 750 criminels touchés par des procédures concernant des crimes contre l'humanité.

L'organisation fait aussi remarquer que ce type de crimes est considéré comme violant la conscience commune de l'humanité et que, par conséquent, la peine appliquée doit être entièrement exécutée puisqu'il n'est pas possible de la limiter pour des considérations qui n'ont pas de rapport avec la qualification des crimes commis.

Finalement, elle affirme que "la justice ne peut pas être assimilée à la vengeance, comme semblerait le suggérer un certain discours qui défend l'impunité des crimes commis et qui veut faire oublier la responsabilité sociale de certaines institutions de l'État et de l'État lui-même, qui n'ont pas rempli leur rôle et ont en outre appliqué des méthodes criminelles incompatibles avec les principes humanitaires les plus élémentaires."

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Fichero AudioArg - Comunicado del Equipo Nizkor ante la aberrante decisión de la Corte Suprema argentina en el caso Muiña. Radio Nizkor, 25may17

El 3 de mayo de 2017 la Corte Suprema de Justicia de Argentina decidió aplicar al cómputo del cumplimiento de pena de un condenado por crímenes contra la humanidad la conocida como Ley del 2x1.

Esta ley (Ley Núm. 24.390), estuvo vigente de 1994 a 2001 y permitía que al término de los dos años de prisión preventiva permitidos por ley, se pudiera computar dos días de prisión por cada día transcurrido en detención sin sentencia definitiva.

La consecuencia de este tipo de cómputo es una notable reducción en el tiempo de prisión.

El Equipo Nizkor, ante la Sentencia emitida el 03 de mayo de 2017 por parte de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el caso del recurso presentado por la defensa del criminal Luis Muiña, ha expresado que "la resolución de la Corte debe considerarse aberrante en la medida que provee una medida de gracia efectiva en un caso en el que se aplicó el tipo penal de Crimen contra la humanidad", y que "[E]sta resolución es manifiestamente contraria e incompatible con la definición del tipo y con la integridad de la pena, la cual es propia en estos casos de la práctica del derecho penal internacional, así como de la jurisprudencia de la Corte Interamericana y la doctrina aplicable".

Destaca el voto disidente allí donde afirma que "en virtud de la calificación de los delitos de lesa humanidad que efectuara esta Corte, no es admisible que una ley cuya finalidad fue limitar temporalmente la prisión preventiva, que es una medida procesal, pueda significar un cambio en la valoración típica de delitos que tienen una dimensión que claramente excede ese ámbito."

El Equipo Nizkor advierte de la gravedad de esta Sentencia, ya que abre la puerta a una aplicación masiva de libertad para al menos 750 criminales afectados por causas de crímenes contra la humanidad, y recuerda que el tipo de crímenes cometidos son de los considerados violatorios de la conciencia común de la humanidad y, por tanto, la pena aplicable debe ser íntegramente cumplida porque no es posible limitarla por consideraciones que no tienen que ver con la calificación de los crímenes cometidos.

Finalmente, afirma en su comunicado que la justicia no puede ser considerada como venganza, como pareciera surgir de un cierto discurso que defiende la impunidad de los crímenes cometidos y que pretende obviar la responsabilidad social de instituciones del Estado y del propio Estado que, no sólo no cumplieron con su finalidad, sino que aplicaron métodos criminales incompatibles con los más elementales principios humanitarios.

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Septiembre 2016

Fichero AudioArg - Se intensifican las operaciones de contrainteligencia en defensa del ex fiscal Demarchi y otros acusados en el juicio contra la CNU por crímenes contra la humanidad. Radio Nizkor, 08sep16

El juicio contra la Concentración Nacionalista Universitaria (CNU) entra en su recta final, no sin toda una serie de incidentes, tanto procesales como extra procesales, para los familiares de las víctimas y sus abogados.

Este juicio dio comienzo el 08jun15 y se sustancia ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 1 de Mar del Plata. Son once los acusados -entre ellos el ex fiscal Gustavo Demarchi- de los que dos han fallecido durante la etapa de juicio oral. Hay además dos prófugos y otros dos procesados que se encuentran en España, con orden internacional de detención, pero que no han sido extraditados por este país.

Todos ellos pertenecieron a la organización criminal "CNU".

Junto con el hecho de que todos los acusados salvo uno, que es un militar retirado, son civiles, de este juicio hay que destacar también a) que es el primer juicio oral contra la CNU; b) Que varios de los imputados son abogados y que la justicia en general se ha mostrado reticente a enjuiciarlos; c) Que los imputados en esta causa, por su posición social y económica privilegiada, son los que más han hostigado e intimidado a testigos, abogados y querellantes, hasta con falsas incriminaciones; d) Que estos imputados han trabajado estrechamente en la estrategia del juez Pedro Federico Hooft, que al igual que el ex fiscal Demarchi, integró los grupos de exterminio creados a partir de 1972 por la Marina de Guerra argentina, concretamente el Grupo de Tareas 6, subordinado a la Jefatura del Servicio de Inteligencia Naval de la Marina Guerra, con sede en Puerto Belgrano.

Desde que empezó el procedimiento, su estrategia para perpetuar su situación de impunidad se basa en la inversión del carácter de las partes en el proceso, intentando mostrar a los acusados como víctimas y a los acusadores como investigados.

La CNU forma parte del proyecto de la Marina de Guerra para las universidades nacionales. Era una agrupación de ultraderecha de carácter paramilitar, que actuó antes y después del golpe militar de 1976. El elemento político que inspiraba a los integrantes de la CNU estaba en completa sintonía con el promovido por la Triple A (Alianza Anticomunista Argentina), de la que, según información judicial, al menos desde mediados del año 1974 la CNU pasó a ser un brazo regional. Su finalidad era el exterminio de opositores y actuó de manera sistemática, es decir, conforme a un plan o política preconcebidos, lo que eleva la categoría de sus crímenes a crímenes contra la humanidad...

Dentro de la estrategia de la defensa de los acusados, y ya en la etapa final del juicio oral, uno de los jueces que componen la Sala del Juicio, el Dr. Elvio Osores Soler, ha renunciado a seguir en la causa alegando problemas de salud. No ha solicitado licencia al tribunal, sino únicamente no continuar en la causa CNU.

Horacio Insanti, abogado defensor de la CNU, ha explicado esta estrategia a medios de comunicación locales afines a la Marina argentina y a los acusados, advirtiendo de la posibilidad de que el juicio sea declarado nulo, ya que, informa este abogado, "si a alguno de los otros dos jueces le sucediera cualquier cosa que requiera una licencia de más de 30 días, el juicio automáticamente es nulo y no se podría volver a celebrar. Esto determinaría inmediatamente la libertad".

No obstante, a trece meses de iniciado el debate judicial, que involucró a más de 200 testigos, se resolvió habilitar al juez Alfredo Ruiz Paz como integrante del Tribunal, en reemplazo de Elvio Osores Soler. Ruiz Paz se sumará pues a los jueces Luis Imas y Víctor Bianco. Si se mantiene el último cronograma, el juicio se reanudaría los días 13, 14 y 15 de septiembre...

Desde el inicio de este procedimiento las presiones en forma de amenazas, intimidación y hostigamiento contra los abogados de los familiares de las víctimas y los testigos han sido constantes y bien planificadas.

Sin ir más lejos, y como ha denunciado la organización Front Line Defenders, el 03ago16, Gustavo Demarchi declaró durante la audiencia que quienes presentaron los cargos contra él "iban a tener problemas". "Previamente, en julio de 2016, un individuo que se identificó como el abogado de Demarchi contactó a un amigo de César Sivo y pidió que le dijera al defensor que 'se empezara a preocupar'"...

Tanto el juez Hooft como el ex fiscal Demarchi han presentado denuncias contra jueces y abogados encaminadas a bloquear las causas en que han sido imputados por crímenes contra la humanidad, logrando hasta ahora acompasar los tiempos procesales de esas denuncias con el desarrollo de las causas reales y ello como forma de control procesal de los casos en su contra y como asidero mediático para la deslegitimación de los abogados de los organismos de derechos humanos, y principalmente el Dr. César Sivo.

Esta campaña se ve fortalecida a través del control de los medios que son propiedad de Florencio Alchery Iglesias, de clara formación ideológica franquista... No es de extrañar pues la campaña de deslegitimación y hostigamiento contra miembros del poder judicial y abogados querellantes, dado el control político social que aún mantiene el Almirantazgo sobre los medios de prensa que están en las jurisdicción de sus Bases Navales y donde actuaron los Grupos de Tareas encargados de las operaciones de exterminio...

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Mayo 2013

Fichero AudioArg - El juez Federico Hooft participó en la comisión de crímenes contra la humanidad. Radio Nizkor, 13may13

El caso del juez Federico Hooft guarda relación directa con la dictadura militar. Se trata simplemente de una constatación basada en las pruebas judiciales que le afectan.

No obstante, este caso adquiere una relevancia especial porque refleja una colaboración ideológica que se realiza desde el nacionalsocialismo. Esta ideología aparece difuminada, pero muy activa, en el conservadurismo agrario, especialmente importante en la Provincia de Buenos Aires. Mantiene su poder en la ciudad de Mar del Plata especialmente a través de la magistratura y se ve fortalecida a través del control de los medios que son propiedad de Florencio Alchery Iglesias... Es precisamente desde estos medios desde donde se lleva a cabo un control social de las formas de pensamiento y opinión, organizándose a través de los mismos campañas claramente difamatorias contra jueces y abogados querellantes en las causas por crímenes de la dictadura. Entre estos medios se encuentran el Diario "La Prensa", en Buenos Aires y el Diario "La Capital".

En el caso concreto del Juez Hooft, vuelve éste a estar de actualidad debido a la vesánica campaña que en las últimas semanas ha intensificado en contra de los abogados de esas causas en Mar del Plata, sobre todo después de que el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados y Funcionarios decidiera por unanimidad, el 05mar13, suspenderle y proceder el embargo del 40% de su sueldo.

En paralelo al juicio político, se tramita la causa penal ante el Juzgado Federal N° 1 de Mar del Plata... Como respuesta a las pruebas existentes en sede judicial en su contra y que le incriminan en crímenes como los de la conocida "Noche de las Corbatas" y el Caso Candeloro, el Juez Pedro Federico Hooft, en una práctica de chicanería jurídica que coadyuvara a su defensa, habría presentado el 15abr13 ante la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata una denuncia buscando la vía de la nulidad ante la imposibilidad de rebatir tales pruebas y los recientes fallos judiciales en su contra por parte de los más altos tribunales de la Nación.

No es de extrañar pues la campaña de hostigamiento e intimidación contra los abogados querellantes, como el Dr. César Sivo, así como contra miembros de la magistratura, dado el control político social que aún mantiene el Almirantazgo sobre los medios de prensa locales que están en las jurisdicción de sus Bases Navales y donde actuaron los Grupos de Tareas encargados de las operaciones de exterminio.

La intimidación en contra del Dr. César Sivo surge de la contrainteligencia naval ligada a las operaciones encubiertas para defender, valga la expresión, a los Grupos de Tareas... Estas operaciones, encaminadas a obtener el abandono de la causa por parte principalmente del Dr. Sivo, han incluido diversas acciones, desde organización de pretendidas manifestaciones frente a su estudio jurídico, pasando por presión indebida sobre su entorno laboral... para lo cual recurren a diversas técnicas (vigilancia, interceptación de comunicaciones, infiltración).

El Sr. César Sivo se encuentra también en el origen de la investigación penal de civiles por su participación en la represión ilegal a partir de 1975, esto es, sobre los crímenes cometidos por la Concentración Nacionalista Universitaria (CNU), agrupación paramilitar de ultraderecha que actuaba en la ciudad de Mar del Plata (y también en La Plata), a la que Hooft y Demarchi pertenecieron.

El elemento político que inspiraba a los integrantes de la CNU estaba en completa sintonía con la política fomentada por los funcionarios estatales que dieron origen a la Triple A (Alianza Anticomunista Argentina),de la que, según información judicial, al menos desde mediados del año 1974 la CNU pasó a ser un brazo regional...

Este proyecto político-ideológico toma fuerza tras el régimen de Onganía, de modo que ya en 1972 la Marina de Guerra contaba con un proyecto que significaba la planificación del exterminio mediante la creación de Grupos de Tareas, los cuales, funcionarían a partir de un modelo de contrainteligencia que pretendía la persecución y el exterminio de estudiantes, intelectuales, trabajadores y activistas sociales... En el caso de Mar del Plata se usó la fuerza de tareas número seis (FUERTAR6), con sede en la base de submarinos de Mar del Plata y subordinado a la Jefatura del Servicio de Inteligencia Naval de la Marina Guerra.

Hoy sabemos por las investigaciones judiciales llevadas adelante en la ciudad de Mar del Plata que entre sus integrantes estaban el Juez Pedro Federico Hoft, nacionalsocialista, miembro de la CNU y que durante todo el período de la dictadura vivió en el interior de la Base Naval de Mar del Plata, y también el Fiscal Gustavo Modesto Demarchi...

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Abril 2012

Fichero AudioArg - Le procès pour la disparition de Marita Verón met en lumière la traite des personnes en Argentine. (Inter Press Service; Blog de la famille Verón). Radio Nizkor, 03avr12

10 ans après sa séquestration, le procès pour la disparition de María de los Angeles Verón a commencé le 8 février 2012 devant la Chambre Pénale de Tucumán, province nord-occidentale de l'Argentine.

13 personnes ont été mises en examen pour privation illégitime de la liberté et promotion de la prostitution à l'encontre de María de los Angeles Verón, disparue le 03 avril de 2002.

María de los Angeles Verón est plus connue sous le nom de Marita; au moment de sa séquestration elle avait 23 ans et était mère d'une fille de 2 ans...

La plaignante est la mère de Verón, Susana Trimarco. Dans sa recherche infructueuse, elle a réussit a pénétrer l'action de ces réseaux, présumément protégés par des policiers et autres fonctionnaires, et à libérer plus d'une centaine de jeunes filles exploitées.

La famille de Marita a constaté que la police de Tucumán ne raconte pas tout ce qu'elle sait. Il y a des policiers qui l'ont vu et qui le nient. Il y a des fonctionnaires politiques à Tucumán et La Rioja qui firent tout leur possible pour empêcher la recherche de la famille et dévier l'enquête.

Beaucoup de ces fonctionnaires et leaders politiques sont impliqués dans des groupes mafieux. Il ya des témoignages de filles qui affirment avoir été abusées par les même juges et politiques qui sont intervenus dans ces affaires.

Les cas comme celui de Marita Verón ont un impact et rendent visible le problème de la traite des femmes car ce sont des cas extrêmes de femmes de classe moyenne qui n'étaient pas dans un réseau de prostitution. Mais tout les cas d'exploitation son condamnables" a déclaré Liliana Azaraf, activiste de la campagne "Pas une femme de plus victime des réseaux de prostitution"

Azaraf a souligné que grâce à des cas comme celui-ci et au travail de la mère de Marita la loi sur la traite des personnes a été aprouvée. Mais cette loi est remise en question par les organisations de femmes pour son fondement sur de fausses présomptions, a t'elle dit.

"Nous avons toujours été en désaccord avec cette loi parce qu'elle établit que, pour qu'il y ait un délit, les femmes majeures de plus de 18 ans qui sont dans les réseaux doivent démontrer qu'elles ont été 'recrutées' sous forme de tromperie et sans leur consentement", a t'elle remarqué.

Un nouveau projet, approuvé par les organisations a été déjà adopté par le Sénat et sera débattu cette année par la Chambre des Députés. Le texte élimine la distinction entre majeures et mineures...

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Marzo 2012

Fichero AudioArg - Trial sheds light on trafficking of women in Argentina. (Marcela Valente for Inter Press Service - IPS). Radio Nizkor, 19Mar12

"A high profile trial for trafficking of women is giving the public a clearer picture of how sex trafficking rings operate in Argentina, with victims who are even forced, eventually, to become victimisers.

Ten years after 23-year-old María de los Ángeles -"Marita" Verón- was kidnapped in the northwest province of Tucumán, the trial for her disappearance got underway this month.

Seven men and six women are accused of having had contact with Verón in different brothels, based on the testimony of women rescued from the sex rings.

They are charged with deprivation of liberty and promotion of prostitution. The question is whether new clues will emerge in court about what ultimately happened to Verón.

The plaintiff is Verón's mother, Susana Trimarco. In her ceaseless campaign to find her daughter, she discovered how the sex trafficking rings operate, and how they enjoy the apparent protection of members of the police and other public officials. And along the way, she managed to help rescue 129 victims of forced prostitution...

The lawsuit filed by Trimarco helped press Congress to pass a law on prevention and punishment of trafficking in 2008, and boosted the creation of a national programme to prevent and eradicate trafficking and provide support to victims...

Liliana Azaraf, an activist in the campaign "Ni una mujer más víctima de las redes de prostitución" (not another woman victim of prostitution networks), launched against sex trafficking by a group of feminists fighting to abolish prostitution, spoke about how the trial is helping to bring visibility to the phenomenon...

Azaraf said the law against trafficking of persons was passed thanks to well-known cases like this one and the work of mothers like Trimarco. However, the law has been criticised by women’s organisations, which argue that it is based on misguided assumptions.

"We have had problems with the law from the start because it establishes that, in order for a crime to exist, women over 18 who are in these prostitution networks have to prove that they were recruited by means of deception, and without their consent," she said...

A new bill, which has the approval of the women’s groups, has already made it through the Senate and will be discussed this year in the lower house of Congress. The new draft law eliminates the distinction between under-age minors and adult women..."

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Febrero 2012

Fichero AudioArg - Aplican la ley antiterrorista a la protesta social contra la actuación de la minería química a cielo abierto en La Rioja, Catamarca y Tucumán. Radio Nizkor, 26feb12

El 02ene12 integrantes de las Asambleas Ambientales No a la Mina de Famatina (La Rioja), con el respaldo de numerosos ciudadanos iniciaron un bloqueo en Alto Carrizal. Esta movilización ciudadana es expresión de la oposición a que la empresa Osisko Mining Corporation realice actividades de exploración en el cerro Famatina. Los vecinos argumentan que no otorgan "licencia social" al emprendimiento minero.

En el marco del conflicto social por la minería, en tan sólo 15 días se ha producido la violenta intervención de las fuerzas de seguridad en varias ocasiones, con decenas de detenciones, que incluyeron menores, en las Provincias de La Rioja y Catamarca.

Concretamente, entre el 27ene12 y el 10feb12 se han producido al menos cinco incidentes notorios entre poblaciones que se manifiestan en contra de la minería en las provincias de La Rioja y Catamarca y las fuerzas de seguridad.

En Santa María (Catamarca), el 27ene12 dueron detenidos 10 manifestantes, a raíz del corte de ruta, quienes se encontrarían procesados; en Chilecito (La Rioja), el 05feb12 hubo múltiples detenciones de asambleístas ambientalistas, como así también decenas de heridos por golpes y fogueo de balas de goma. Se denunció la participación de la fuerza policial denominada BAO (Brigada de Acción Operativa) y la gendarmería; En Belén (Catamarca), el 08feb12, se produjeron entre 20 y 35 detenciones. Se denunció la participación de un grupo de policía militar denominado Kuntur. Entre los detenidos se encontraban menores y dos periodistas Juan José Rodríguez de la FM El Algarrobo, de Andalgalá, y Sergio Fernández de Radio FM Estación Sur de Catamarca; en Amaicha del Valle (Tucumán), el 10feb12 se procedió también al desalojo de los manifestantes...; en Tinogasta (Catamarca), el 10feb12 se produjo el desalojo del corte de vecinos en la ruta 60, según algunas fuentes, por parte de la infantería y, según otras, por parte de la policía provincial. Hay heridos. Los afectados denuncian la utilización de balas de goma e incluso de plomo, perros y gases lacrimógenos en contra de los manifestantes. Entre los afectados por la represión hay menores también. El grupo de vecinos protestaba contra la mina La Alumbrera, explotada por la compañía suiza Xstrata Cooper y las canadienses Goldcorp Inc. y Yamana Gold...

Tanto en los casos de Santa María como de Belén (Catamarca) se ha denunciado que no se permitía el ingreso de los abogados para verificar la situación de los detenidos y asistirlos. Al liberar a los detenidos, los abogados actuantes manifestaron que los mismos han quedado procesados y confirmatron que, tras los incidentes en Santa María, fueron procesados varios participantes del corte en aplicación de la nueva legislación antiterrorista sancionada en Argentina en diciembre de 2011, Ley 26.734.

Los abogados denuncian que se trata de una "causa armada" por el fiscal provincial interviniente, Julio Landívar, recurriendo a la figura del "terror público".

En declaraciones a la prensa, la abogada Selene Herrera pone de manifiesto que "La maniobra que se hace con esta Ley Anti-Terrorista es terrible. Se han derogado dos artículos donde estaban tipificados qué actividades eran terroristas, dejando ahora un artículo vago", advirtió la abogada. De este modo, resulta que "cualquier protesta social o actitud en contra de una decisión gubernamental puede ser tomada como acto de terrorismo"...

Igualmente, las poblaciones indígenas afectadas por este tipo de proyectos son grupos especialmente vulnerables. La implementación de proyectos mineros y extractivos en tierras pertenecientes a comunidades indígenas suele producirse sin que se haga efectivo el derecho a consulta que les asiste, en violación por tanto del Convenio 169 de la OIT sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes, ratificado por la Argentina el 03 de julio de 2000, y de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas. Éste eses el caso de Salinas Grande en las provincias de Salta y Jujuy, donde se han visto afectas 33 comunidades Kolla-Atacama...

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Octubre 2011

Fichero AudioArg - Caso Daniel Bombara: entrevista a Andrea Fasani y Paula Bombara. (Radio FM La Calle, Bahía Blanca). Radio Nizkor, 26oct11

Mauro Llaneza, de la emisora FM La Calle de Bahía Blanca, entrevista a Andrea Fasani y a su hija Paula Bombara. Andrea es la compañera de Daniel Bombara, detenido desaparecido bajo jurisdicción del V Cuerpo de Ejército en Bahía Blanca en enero de 1976. En aquel entonces Paula tenía tres años.

Daniel Bombara fue muerto bajo torturas dentro del plan de exterminio que se llevó a cabo en la ciudad de Bahía Blanca y que se cobró más de 200 víctimas. Los restos de Daniel Bombara fueron identificados por el Equipo Argentino de Antropología Forense en una tumba en el partido de Merlo.

Daniel estudió el bachillerato en el Colegio Don Bosco y luego cursó estudios de psicología en el Instituto Superior Juan XXIII. Fue parte de la generación de jóvenes que destacó en aquella época por sus inquietudes filosóficas y de pensamiento, inquietudes que le llevaron a un compromiso directo con la causa de los más desfavorecidos.

Fue parte de un grupo de jóvenes poetas que se dio a conocer en un recital de poesía en el salón de actos del Instituto Juan XXIII a principios de los años 70. Este grupo mantuvo su cohesión en reuniones culturales y en lo que hoy llamaríamos jornadas de reflexión, que tuvieron un impacto importante en la juventud de aquella época en Bahía Blanca; eso explica su contacto con Andrea Fasani, una jovencísima y talentosa pintora de gran sensibilidad artística.

Todas estas características, que en otra sociedad hubieran tenido un reconocimiento social y cultural evidente, en la oscura sociedad bahiense eran suficientes para ser calificadas de "subversión ideológica" por líderes de opinión como Rodolfo Ponce, por académicos reaccionarios y nacionalsocialistas como Remus Tetus, y, también por otros ciudadanos de escasa formación cultural de la Universidad Nacional del Sur que aceptaban la dirección ideológica de Puerto Belgrano como referente cultural y social, dirección ideológica cuyo portavoz era, y es, el diario La Nueva Provincia y el grupo nacionalsocialista que lo dirigía.

Daniel fue integrante de la Asociación de Trabajadores de la Universidad Nacional del Sur (conocida por sus siglas “ATUNS”), que era en aquella época un sindicato de referencia en esa Universidad del Sur y en las corrientes sindicales combativas de la ciudad; además integró corrientes católicas ligadas a los entonces conocidos como “Sacerdotes del Tercer Mundo” y que en Bahía Blanca tenían algunos prestigiosos representantes en Villa Nocitos y en Coco Segovia.

La Marina Argentina, que tiene su base en Puerto Belgrano, se hizo cargo del control político y social de la ciudad de Bahía Blanca y hoy sabemos que al menos desde 1972 tenían preparado un plan de exterminio que aparece recogido en la órdenes secretas del Placintara.

Hay que decir que en aquella época se tuvo conocimiento, por fuentes cercanas al General Lanuse, de que Puerto Belgrano tenía elaborado un listado de 500 activistas a exterminar, listado encabezado por sindicalistas de la ATUNS.

En esta entrevista, realizada el 1 de septiembre de 2011, Andrea Fasani y su hija Paula Bombara cuentan los hechos y situaciones de aquella época y las vivencias existenciales de ambas con relación al gran ausente, Daniel Bombara.

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Mayo 2011

Fichero AudioArg - Aberrante resolución de la Cámara Federal Bahiense deja en libertad a 36 imputados por crímenes contra la humanidad. (Equipo Nizkor). Radio Nizkor, 19may11

Con fecha 26abr11 la Cámara Federal de Bahía Blanca notificó a las partes sendas resoluciones adoptadas por los jueces Agustín Enrique Fernández, Ricardo Emilio Planes y Ángel Alberto Argañaraz, por las que se decreta la libertad de 36 imputados por crímenes contra la humanidad.

Para adoptar estas medidas los jueces analizaron los delitos que se imputan a los responsables de estos crímenes como si fueran delincuentes comunes y como si los tipos penales también lo fueran, para lo cual debieron obviar, omitir y ocultar resoluciones de la Corte Suprema de Justicia y de la Corte de Casación Penal.

Precisamente lo que la Corte Suprema y la Corte de Casación sostienen es que este tipo de incidentes procesales deben resolverse teniendo a la vista los delitos en sí, y las condiciones en las que deben enfrentar estos procesos los imputados, más alla de la vinculación particular que hayan tenido en cada causa, por lo que es de esperar que llegando la causa a casación o a la Corte Suprema, la decisión se revocará nuevamente y una vez más serán detenidos, pues su criterio así lo impone...

[C]onsideramos que es desde todo punto de vista irrelevante la fundamentación que han utilizado los magistrados en cuestión, en la medida que la misma no tiene la finalidad de cumplir con los principios normativos establecidos, sino que tiene la finalidad de obstruir la justicia permitiendo la fuga de criminales imputados de los mayores crímenes posibles en la escala del derecho penal internacional. Simple y llanamente estamos frente a dos resoluciones que sólo pueden ser calificadas de aberrantes...

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Febrero 2010

Fichero AudioArg - Declaraciones autoinculpatorias del Capitán de Corbeta Adolfo Scilingo sobre la ESMA y los vuelos de la muerte. Radio Nizkor, 18feb10

Con estos documentos audio ponemos a disposición las declaraciones acerca de la ESMA y los vuelos de la muerte efectuadas por el Capitán de Corbeta Adolfo Francisco Scilingo Manzorro el 09 de octubre de 1997 ante el Juez Titular del JCI Núm. 5 de la Audiencia Nacional. Éstas fueron tomadas durante la etapa de instrucción del sumario 19/97, en ese momento Diligencias Previas 108/96.

Las declaraciones contenidas en el fichero "scilingo2" corresponden a la Cara B de la Cinta 3 tal cual fueron reproducidas durante el juicio oral celebrado en Madrid, concretamente durante la novena sesión del mismo, el 20 de enero de 2005. La transcripción de estas declaraciones forma parte del sumario y se encuentra en el Tomo 38 de la pieza principal del mismo, Folios 10.114 a 10.139. Se corresponden asimismo con la cinta primera, cara segunda, de la numeración que le fue asignada en etapa de instrucción.

Las declaraciones contenidas en el fichero "scilingo3" corresponden a la Cara A de la Cinta 4 tal cual fueron reproducidas durante el juicio oral, en la misma sesión antes indicada. Se encuentran en el Tomo 38 de la pieza principal del sumario, Folios 10.143 a 10.165. Se corresponden con la cinta segunda, cara primera, de la numeración que le fue asignada en etapa de instrucción.

Las grabaciones contenidas en estos documentos audio, inicialmente recogidas en cintas de soporte magnético, son copia fiel, y por tanto inalterada, extraída de las actas video-gráficas del juicio oral, formando este material parte del archivo del Equipo Nizkor.

Hemos resuelto poner on-line esta documentación en audio debido a que el Capitán de Corbeta Adolfo Scilingo, en su declaración en el marco del procedimiento que se sigue en Italia contra al Almirante Massera, ha controvertido sus propias declaraciones, a pesar de que éstas constituyen prueba indubitable toda vez que fueron consideradas válidas por la sentencia condenatoria dictada en su contra el 19 de abril de 2005 en Madrid y que esta sentencia inicial quedó firme al confirmar después el Tribunal Supremo los delitos cometidos mediante sentencia recaída en casación el 01 de octubre de 2007...

En cuanto a las declaraciones realizadas por el Capitán de Corbeta Adolfo Scilingo ante la Sala del juicio oral contra el Almirante Massera por el asesinato de tres ciudadanos italianos, el Equipo Nizkor muestra su rechazo a que se haya permitido a Adolfo Scilingo controvertir los hechos delictivos ratificados por el Tribunal Supremo en una sentencia condenatoria por crímenes contra la humanidad...

El Equipo Nizkor considera este hecho como muy grave y un intento de descalificar el tipo penal de “crímenes contra la humanidad” para impedir que éste sea usado en las jurisdicciones ordinarias en todo el mundo. La argumentación de este tipo de campañas está basada en un ataque indirecto a los tipos penales del derecho internacional y en la frivolización de los mismos, con vistas a crear una confusión deliberada a la hora de su aplicación...

La digitalización, producción y postproducción de este material han sido realizadas originariamente por el Equipo Nizkor para su utilización en el juicio oral del caso Adolfo Scilingo.

Los ficheros audio "scilingo2" y "scilingo3" son propiedad del Equipo Nizkor a todos los efectos legales, y, debido al tipo de material que contienen, queda prohibida la reproducción de los mismos, en todo o en parte, sin la autorización escrita y fehaciente del Equipo Nizkor. Queda prohibida explícitamente su utilización en procesos penales de cualquier tipo en contra de las víctimas.

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Agosto 2009

Fichero AudioArg - El tribunal, en el caso Riveros, calificó los crímenes como crímenes contra la humanidad y rechazó la calificación de genocidio. Editorial Radio Nizkor, 18ago09

El pasado 12 de agosto de 2009, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de San Martín No. 1 procedía a la lectura de la sentencia contra el general retirado Santiago Omar Riveros y 5 acusados más.

El Tribunal condenó a prisión perpetua a Santiago Riveros, ex comandante de Institutos Militares de Campo de Mayo, por la muerte de Floreal Avellaneda y el secuestro de su madre, Iris Pereyra de Avellaneda, hechos ocurridos en 1976 durante el último gobierno de facto y que, dado el contexto en que sucedieron, el Tribunal califica de crímenes contra la humanidad.

La sentencia dedica su numeral X a la cuestión del "Genocidio". Literalmente expone lo siguiente:

    "En cuanto a la solicitud de las querellas que representan a la víctima, a la querella unificada [presentada por la Asociación de ex Detenidos Desaparecidos] y a la Liga por los Derechos Humanos, hemos de rechazar tal calificación, la que por otra parte no había sido objeto de requisitoria de elevación a juicio, dando razón a lo planteado por la querella que representa a la Secretaría de Derechos Humanos en el sentido que es inaplicable y que se trataba de crímenes de lesa humanidad.

    El art. 2 de la Convención define cuales son las conductas que consideran comprendidas por la figura de Genocidio y que "se entiende por genocidio cualquiera de los actos mencionados a continuación, perpetrados con la intención de destruir total o parcialmente, a un grupo nacional, étnico, racial o religioso, como tal".

    Concordamos con lo resuelto por el Tribunal Oral de Tucumán en la causa "Vargas Aignasse", cuando afirmara que la conducta no podía subsumirse en el tipo de genocidio del derecho penal internacional considerando a la víctima como integrante de un grupo nacional, por entender que ello implicaría asignarle a tal colectivo una significación que no es la que recoge el derecho internacional y, en tal inteligencia, la Convención contra el Genocidio. [...]

    En el Informe doctrinal sobre la diferencia entre los tipos penales de Genocidio y Crímenes contra la Humanidad del Equipo Nizkor de Bruselas de 2007, se afirma que para constituir genocidio, los asesinatos u otros actos prohibidos que se aleguen han de ser "perpetrados con la intención de destruir, total o parcialmente, a un grupo nacional, étnico, racial o religioso". Se señala que las víctimas de los militares argentinos fueron consideradas como blanco por sus supuestas creencias políticas y porque los militares estimaban que eran "incompatibles con su proyecto político y social" y un peligro para la seguridad del país. No fueron objeto de ataque "por razón de su pertenencia a un grupo", como requiere el estándard de intencionalidad genocida, sino más bien sobre la base de sus supuestos puntos de vista políticos individuales o sus valores sociales. Por tanto, estos actos no constituyen genocidio bajo el derecho internacional.

    '[E]ntre 1976 y 1983 en Argentina se perpetraron una serie de actos, enmarcados en un plan común con fines delictivos, consistentes en exterminio, ejecuciones extrajudiciales, desapariciones forzosas, torturas, persecución basada en motivos ideas políticos y sindicales, y detenciones ilegales o arbitrarias'.

    'Tales actos contra la población civil reúnen los elementos del tipo de crímenes contra la humanidad tal cual ha sido configurado éste por el derecho y la jurisprudencia internacionales, esencialmente como consecuencia de su carácter sistemático y generalizado. Estos crímenes no pueden caracterizarse dentro de la definición de genocidio, al no concurrir los elementos de mens rea específico para este tipo de crimen, ni de actus reus'. [...]

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Fichero AudioArg - La sentencia por crímenes contra la humanidad en el caso Campo de Mayo condena al general Riveros y otros oficiales a fuertes penas. Editorial Radio Nizkor, 18ago09

El pasado 12 de agosto de 2009, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de San Martín No. 1 procedía a la lectura de la sentencia contra el general retirado Santiago Omar Riveros y 5 acusados más.

El Tribunal condenó a prisión perpetua a Santiago Riveros, ex comandante de Institutos Militares de Campo de Mayo, por la muerte de Floreal Avellaneda y el secuestro de su madre, Iris Pereyra de Avellaneda, hechos ocurridos en 1976 durante el último gobierno de facto y que, dado el contexto en que sucedieron, el Tribunal califica de crímenes contra la humanidad.

Asimismo, se impusieron penas de 25 años de prisión para Fernando Verplaetsen, ex jefe de inteligencia del Comando de Institutos Militares; 18 años para Osvaldo García, que estaba a cargo de la Escuela de Infantería de Campo de Mayo; 14 años para el ex policía bonaerense Alberto Aneto, y 8 años para César Fragni y Raúl Harsich, quienes se desempeñaban en la citada escuela.

Además, los magistrados ordenaron que los seis condenados deberán cumplir las penas en cárceles comunes, por lo que no serán alcanzados por el beneficio de arresto domiciliario. Durante la lectura de la sentencia, ninguno de los seis acusados estuvo presente. [...]

La Fiscalía, según se desarrolla en la sentencia, "consideró que, de acuerdo a la sentencia dictada en la causa 13, se tuvo por acreditada la ocurrencia de los sucesos que damnificaron a Iris Pereyra de Avellaneda y a Floreal Edgardo Avellaneda, así como que los mismos fueron parte de un plan sistemático [...].

Consideró probado que dentro de la guarnición Campo de Mayo funcionó un Centro Clandestino de Detención desde antes del 15 de abril de 1976, en el predio denominado Plaza de tiro, "El Campito" o "Los Tordos", el cual fue un campo de concentración de detenidos, donde se los torturaba, mantenía en condiciones infrahumanas y exterminaba, citando la causa 13 y los testimonios de Rodríguez, Solís e Ibáñez..

Afirmó que el Comando de Institutos Militares operó como una gran unidad de combate a partir de octubre de 1975. Que en el Plan del Ejército previo al golpe del 24 de marzo de 1976, en el anexo 10 de jurisdicciones se determinaban los partidos de la provincia que se encontraban bajo su jurisdicción y que posteriormente, el 21 de mayo de 1976, cuando se transforma en Zona IV se le agregan más partidos. Que el partido de Vicente López, al que pertenecía el domicilio de la calle Sargento Cabral 2385 de Munro y la Comisaría de Villa Martelli, pertenecían al Área de Defensa 450 [...].

Expuso que, conforme las normas citadas, la actividad de los imputados implicaba el control sobre la Jefatura de la Policía de la Provincia y todas sus seccionales, así como de las otras dependencias, como los "Lugares de reunión de detenidos" dentro de la guarnición militar de Campo de Mayo [...]

Esta sentencia considera probados los hechos tal cual aparecen en la sentencia de la Causa 13, en la cual los casos No. 102 y 103 se refieren respectivamente a Floreal Edgardo Avellaneda y a Iris Etelvina Pereyra de Avellaneda. [...]

En el apartado dedicado a la Autoría, la sentencia explica la cadena de mando y el protocolo y las instrucciones establecidas para los denominados "procedimientos de detención" a partir del Plan del Ejército de febrero de 1976 y de la Directiva del Comandante General del Ejército Nro. 217/76, de abril de 1976... En función de ello el tribunal determina los parámetros para cada clase de autoría y los grados de participación de cada uno de los imputados.

La sentencia dedica su numeral X a la cuestión del "Genocidio", y rechaza "la solicitud de las querellas que representan a la víctima, a la querella unificada y a la Liga por los Derechos Humanos", estimando que este tipo penal "es inaplicable y que se trataba de crímenes de lesa humanidad". Para ello, además de en la elaboración de Kai Ambos y de precedentes jurisprudenciales producidos en Argentina, se basa en el "Informe doctrinal sobre la diferencia entre los tipos penales de Genocidio y Crímenes contra la Humanidad del Equipo Nizkor de Bruselas de 2007", donde "se afirma que para constituir genocidio, los asesinatos u otros actos prohibidos que se aleguen han de ser "perpetrados con la intención de destruir, total o parcialmente, a un grupo nacional, étnico, racial o religioso". Se señala que las víctimas de los militares argentinos fueron consideradas como blanco por sus supuestas creencias políticas... No fueron objeto de ataque "por razón de su pertenencia a un grupo", como requiere el estándard de intencionalidad genocida... Por tanto, estos actos no constituyen genocidio bajo el derecho internacional..."

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Febrero 2009

Fichero AudioArg - En marzo de 2009 la Comisión Interamericana realizará una visita a Mendoza, desde donde se pide el cierre de la cárcel local. Radio Nizkor, 27feb09.

El pasado 2 de diciembre de 2008, los abogados que han denunciado ante el sistema interamericano de derechos humanos la grave situación de las cárceles de Mendoza, dirigieron un escrito a la Corte Interamericana ("CorteIDH") en el que solicitan de ésta "el mantenimiento de las Medidas Provisionales que actualmente rigen sobre Cárceles de Mendoza", ya que consideran que "continúan presentes las condiciones de gravedad y urgencia que exige la norma con el fin de evitar daños irreparables a la vida y la integridad física de los internos (procesados y condenados) alojados en la Penitenciaría de la Provincia de Mendoza y sus dependencias".

El 22 de noviembre de 2004 la CorteIDH hizo lugar al pedido de Medidas Provisionales solicitado, requiriendo al Estado argentino para que adoptara en forma inmediata las acciones necesarias para proteger la vida e integridad personal de los internos y el personal penitenciario de la Penitenciaría Provincial y la colonia penal de Gustavo André, de Lavalle. Además emplazó a la Argentina para esclarecer los hechos denunciados y sancionar a los responsables.

Como consecuencia de estas denuncias, la Comisión Interamericana (CIDH) realizó una visita de trabajo a la Argentina los días 12 a 18 de diciembre de 2004.

El 11 de mayo de 2005 se celebró una audiencia ante la CorteIDH en Asunción de Paraguay, donde se firmó un acta de compromiso entre las partes y se resolvió mantener la Medidas Provisionales. Entre las medidas acordadas en el "Acta de Paraguay" se encuentra la contenida en el punto 5 ("Mejoras Progresivas en las Condiciones de Detención") apartado b ("A mediano plazo") donde el Estado se comprometió a "disminuir el hacinamiento mediante la reducción de la cantidad de personas encarceladas en prisión preventiva... para lo cual se deberán utilizar mecanismos alternativos a la prisión preventiva, por ejemplo programas de libertad bajo palabra; y en cuanto el hacinamiento se debe garantizar el efectivo cumplimiento del régimen progresivo de la pena”.

En febrero de 2006 se celebró otra nueva audiencia ante la CorteIDH en la ciudad de Brasilia, donde al igual que en la audiencia anterior se dispuso mantener la Medidas Provisionales, dado que no se advertían cambios trascendentes en las condiciones de detención y otros internos habían sido asesinados en Boulogne Sur Mer.

La situación que se vive en el interior de las Penitenciarías de Mendoza sigue siendo sumamente inestable y cualquier incremento desmesurado de la población carcelaria podría volver a repetir la situación que motivó las Medidas Cautelares y Provisionales. Debido al retardo en el acuerdo de solución amistosa, la continuación de los hechos de violencia, la indefensión de los internos, el retraso en la financiación de obras, los encierros prolongados y la falta de atención médica, los abogados solicitaron de la CorteIDH el mantenimiento de las medidas provisoinales acordadas.

Ante esta situación, la CIDH efectuará su tercera visita in loco a Argentina. Acerca de este tema hemos entrevistado a uno de los abogados peticionarios ante la CorteIDH, Pablo Salinas.

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Fichero AudioArg - Reportaje al abogado Enrique Ponce sobre el juicio oral en San Luis y las amenazas que ha recibido. Radio Nizkor, 05feb09.

Radio Nizkor ha entrevistado a Enrique Ponce, abogado de familiares de víctimas y de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH) de San Luis en el juicio que se sigue en esa ciudad contra acusados de crímenes contra la humanidad.

Ponce explica detalladamente el estado del jucio oral de San Luis. En la causa se investiga el asesinato de Graciela Fiochetti, ocurrido en septiembre de 1976, las desapariciones de Santana Alcaraz y Pedro Ledesma, ocurrida en la misma época, y las torturas recibidas por Víctor Fernández, sobreviviente de esas detenciones. Por esos crímenes están acusados los policías Víctor Becerra, Juan Carlos Pérez y Luis Orozco y los coroneles retirados Carlos Esteban Plá y Miguel Angel Fernández Gez.

Aborda finalmente el problema de las amenazas que ha recibido. Si bien se remontan éstas a una etapa anterior, el 10nov08, el testigo Roberto Arce profirió una serie de amenazas contra el abogado Enrique Ponce entre otras personas. La Asamblea Permanente por los Derechos Humanos Filial San Luis (APDH) emitió un comunicado el 12nov08 repudiando estos hechos y expresando su solidaridad con los amenazados. A finales de enero de 2009 una llamada anónima a la casa del periodista Gustavo Heredia advirtió que tanto él como el abogado Enrique Ponce, serían asaltados en busca de información acerca de una causa por crímenes contra la humanidad. "Los están vigilando a los dos", les dijeron. El letrado relata que en la vivienda del periodista se recibieron tres llamadas: dos se cortaron al ser atendidas por una menor y en la tercera, atendida por la mujer, una voz masculina le advertía que los hogares de ambos serían "visitados" por extraños bajo una simulación de robo...

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Fichero AudioEsp/Arg - Entrevista a Gregorio Dionis sobre el caso Scilingo y la estrategia de defensa de la Marina argentina. Radio Nizkor, 03feb09.

El 16 de enero de 2009 la defensa legal del Capitán de Corbeta Adolfo Scilingo, ejercida por el abogado Fernando Pamos de la Hoz, presentó ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo español un recurso de revisión con el argumento de que existen hechos nuevos que demuestran que el oficial Scilingo fue inducido a declarar en su contra, además de haber sido engañado para viajar a España, adonde llegó en octubre de 1997.

En la entrevista, realizada por la periodista Patricia Almirón, se contesta específicamente a esta cuestión y se exponen las razones por las que, en este momento, se presenta este tipo de recurso extraordinario desde el punto de vista procesal, el cual se espera sea archivado oportunamente.

Gregorio Dionis, que participó directamente en los hechos y que dirigió la estrategia jurídica que llevó a la condena de Adolfo Scilingo por crímenes contra la humanidad, hace un repaso a todo lo ocurrido desde el momento en que éste llega a Madrid.

En la entrevista se analizan las diversas estrategias que existieron durante la instrucción del sumario e incluso la oposición que ejercieron los letrados Slepoy, Ollé y Galán en contra de la presentación en sede judicial de Adofo Scilingo, oposición que continuó hasta el punto de recurrir la sentencia por crímenes contra la humanidad ante el Tribunal Supremo español.

También se hace un análisis de la estrategia de la defensa jurídica que llevan adelante los abogados de la Marina en Argentina a favor de los oficiales navales incursos en procedimientos, especialmente el más conocido de ellos, el caso ESMA, así como de qué manera esta estrategia ha tratado de difuminar las responsabilidades de la Marina de guerra en el control del Ministerio de Educación y en el de Relaciones Exteriores durante la dictadura.

Se explica cómo desde 1972 se elaboró el primer y más elaborado plan de represión y exterminio, el cual fue muy anterior a los órdenes secretas del Ejército de Tierra. Conocido como "Plan Cintara", fue utilizado como prueba en la Causa 13, pero aún así no ha sido utilizado para el procesamiento de los responsables de los, al menos, 11 Grupos de Tareas que puso en marcha el alto Estado Mayor naval.

Se analiza cómo las declaraciones y los documentos escritos por Adolfo Scilingo tienen relación con su pertenencia a la ciudad de Bahía Blanca, donde nació en 1946, y cómo esto se refleja en un libro escrito por él en el que se plasman los estereotipos que existían por parte de los oficiales navales bastante antes del golpe de estado. También se habla de cómo su relación de amistad con alguno de los dueños del diario "La Nueva Provincia" facilitó su carrera como oficial y su conocimiento profundo de los entretelones de la dirección ideológica de la represión llevada adelante por esta fuerza naval.

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Enero 2009

Fichero AudioArg - Entrevista a Viviana Beigel sobre la situación de las causas por crímenes contra la humanidad en Mendoza. Radio Nizkor, 09ene09.

Gregorio Dionis, Presidente del Equipo Nizkor, entrevista a Viviana Beigel, abogada y representante jurídica del Movimiento Ecuménico por los Derechos Humanos (MEDH) de Mendoza, acerca de lo que podemos llamar una "redefinición" del modelo de impunidad argentino.

Viviana aborda la situación de las causas por crímenes contra la humanidad cometidos por fuerzas militares y policiales durante la Dictadura en la Provincia de Mendoza.

Tras la nulidad de las leyes de Obediencia Debida y Punto Final, anulación que llevó a cabo al Corte Suprema de Justicia de la Nación en junio de 2005, se reabren en Mendoza las causas que se habían iniciado en los '80 y comienza de nuevo la instrucción. Viviana explica la historia procesal de las mismas desde que las leyes de impunidad se anularon, resaltando el hecho de que en Mendoza se da una situación particular, y es que se ha citado a testigos que ya habían declarado y cuyas declaraciones ya estaban en el procedimiento, lo que ha provocado una demora bastante importante en la tramitación de las causas... "Casi 4 años de investigación y sin resultados para elevar a jucio salvo en 2 ó 3 casos específicos".

La reinstrucción de las causas llevada a cabo de esta forma dilatoria "es evidente que tiene que ver con el mantenimiento de la impunidad en Mendoza... No tenemos una justica transparente y democrática".

En esta estrategia Viviana ve la nueva modalidad de impunidad en Argentina y confirma la cuestión que se le plantea de que podríamos redefinir esta situación como un "ajuste del modelo de impunidad anterior": tras la nulidad de las leyes se redefine el modelo y se utiliza el aletargamiento de las causas mediante procesos de instrucción casi indefinidos, las excarcelaciones mediante el manejo de la prisión preventiva y el juego con la edad de los imputados y acusados de mayor edad.

Viviana también aborda el tema de por qué no se usa la figura de organización criminal (por ejemplo cuando se habla en Mendoza del D2) y, en cambio, se busca demostrar las acusaciones una a una, cuando en aplicación del derecho internacional de obligado cumplimiento en Argentina eso permitiría juzgar al colectivo responsable de la organización criminal que tenía como finalidad la comisión de este tipo de crímenes (asocicación ilícita conforme al derecho interno argentino).

Viviana explica al respecto que los tribunales federales argentinos no han aceptado este planteo, "primero por la misma idea de impunidad, pero también con la intención de aferrase a un proceso judicial ordinario común que tiene que ver con el delito común y no con los crímenes contra la humanidad", con lo que respecto de los centros clandestinos, o respecto de las unidades de exterminio, en que no hubo ningún sobreviviente, los responsables quedarán siempre en libertad, ni siquieran habrán sido citados a proceso.

Tampoco se está aplicando la teoría del comandante ni el principio de responsabilidad del mando, que hace responsable a todo superior jerárquico, por acción u omisión, de los crímenes cometidos por sus subordinados, y sin lugar dudas cuando existe un control de facto sobre los mismos. Como consecuencia, la cadena de mando queda liberada de culpa.

Viviana expone también el actuar de un juez en Mendoza de trágica fama para el derecho a la justicia y la propia credibilidad de la justicia en la Argentina. Se trata de Walter Bento. Su actuación ha hecho posible la dilación de las causas y no ha permitido en cambio la acumulación de causas derivadas de un mismo operativo criminal...

Por último, se aborda la grave cuestión de las excarcelaciones de represores ordenadas por la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza, la cual ha excarcelado, incluso sin fianza, a todos los represores que estaban detenidos en Mendoza sobre la base de no existencia de peligro de fuga o posibilidad de obstaculizar el accionar de la justicia... Así lo hizo mediante decisiones de fecha 23may08, 18sep08 y 12 y 19nov08. Ante estas decisiones, Viviana y otros abogados de derechos humanos han solicitado se abra juicio político a tres jueces de esta Cámara por otorgar libertades y excarcelaciones a responsables de crímenes contra la humanidad.

Es de destacar que el 30oct08, la Cámara Nacional de Casación Penal en pleno dijo, en el caso “Díaz Bessone”, que los procesados con prisión preventiva, incluso aquellos acusados por delitos graves, tienen derecho a gozar de libertad durante el proceso siempre que no entorpezcan la investigación o haya peligro de fuga.

... Mendoza tiene así a todos los represores libres.

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Octubre 2008

Fichero AudioArg - Programa especial sobre la cuestión del asesinato del Secretario General de la CGT, José Ignacio Rucci, y los crímenes contra la humanidad. Coproducción de Radio Nizkor y el programa "Propuesta Gremial", de Red-TL (FM 105.5), Rosario, Argentina, 19oct08 (Emitido incicialmente por Red-TL para Rosario el 18oct08).

Este programa analiza la problemática causada por la campaña de imagen que se viene implementando en la República Argentina en relación con el asesinato -el 25 de septiembre de 1973- del Secretario General de la CGT, José Ignacio Rucci, la cual tendría como objetivo que este hecho sea considerado como crimen contra la humanidad.

Se trata de un programa coproducido por Radio Nizkor y "Propuesta Gremial", programa éste último que se emite cada sábado entre las 09:00 y las 11:00 de la mañana desde Red-TL, en la FM 105.5 de Rosario, Argentina.

Marta Figueredo, productora y co-conductora de "Propuesta Gremial", entrevista a Gregorio Dionis, Presidente del Equipo Nizkor, quien trata los siguientes temas:

1) Fundamentación jurídica y doctrinal por la cual no se puede considerar el asesinato de José Ignacio Rucci como crimen contra la humanidad... Todo ello no es óbice para que la familia de Rucci utilice cuantos recursos legales le correspondan en derecho y defienda los mismos ante la justicia argentina.

2) Por qué considera que el actual Secretario General de la CGT, Hugo Moyano, no está en condiciones éticas, ni morales de solicitar este tipo de investigación, al tiempo que contextualiza y explica la Resolución Final del Tribunal Oral Federal de Mar del Plata, de abril de 2008, en el caso de la Concentración Nacionalista Universitaria (CNU) en Mar del Plata, deteniéndose en cómo Moyano perteneció a la CNU y dirigió en Mar del Plata la Juventud Sindical Peronista (JSP).

3) La participación de la CNU en la represión en cuanto integrante de uno de los al menos once grupos de tareas de la Marina de Guerra, concretamente el que operó desde la base de submarinos de Mar del Plata, Grupo de Tareas 6.

4) Pone de relieve que lo que está en el olvido es el asesinato sistemático de sindicalistas que se llevó a cabo en todo el país. Muestra de ello es que, a pesar de representar éstos el porcentaje más alto de víctimas, no existe ninguna causa en los juzgados argentinos encaminada a la investigación de lo que se puede considerar el mayor exterminio de sindicalistas de América Latina y que significó la práctica desaparición de todas las corrientes sindicales denominadas "combativas" y/o clasistas surgidas en el calor de la lucha contra la dictadura de Onganía en todo el país y cuyo objetivo común era la democratización de las estructuras sindicales.

5) Tomando el caso de la Universidad de Mar del Plata, explica cómo la Marina de Guerra controló la represión en el sistema universitario argentino con anterioridad al golpe militar, legalizándolo a partir de la dictadura, e institucionalizándolo, el mismo modelo que el Tribunal Oral de Mar del Plata investigó en esa Universidad. Tal modelo se aplicó en la Universidad Nacional de la Plata (UNLP), donde actuó el Grupo de Tareas 5, que operó desde la base de Río Santiago. En la Universidad Nacional de Buenos Aires (UNBA) y en el Ministerio de Educación, actuó el Grupo de Tareas 3 a cargo del Jefe de Operaciones del Estado Mayor de la Armada; de éste dependían el GT 3.3 de la ESMA y el 3.4 que operaba desde el edificio del Comando en Jefe de la Armada. Lo mismo ocurrió en la Universidad Nacional del Sur de Bahía Blanca con el Grupo de Tareas 1, que operó desde la Comandancia Naval de la Flota de Mar en Puerto Belgrano.

Toda la dirección de la política universitaria se llevaba desde la Jefatura del Servicio de Inteligencia Naval de la Marina Guerra con sede en Puerto Belgrano, dirigida desde principios de 1974 hasta principios de 1977 por el Capitán de Navío Lorenzo de Montmollin, quien era por tanto responsable de todos los grupos de tareas y quien dependía del Almte. Massera.

6) Por último, Gregorio Dionis proporciona un análisis de la finalidad de la campaña de imagen puesta en marcha a través del "Caso Rucci", el cual es utilizado como "operación sociológica" para tratar de detener los juicios por crímenes contra la humanidad en jurisdicción ordinaria, explicando cómo se organiza una campaña de esta naturaleza y cómo se ha desarrollado hasta la fecha. Desde este punto de vista, el "caso Rucci" se utiliza de forma instrumental y para tratar de polarizar la opinión pública en un falso dilema que sirva a estos intereses y que puede formularse así: si Ud. considera que el asesinato de José Ignacio Rucci no fue un crimen contra la humanidad es porque Ud. apoya la guerrilla setentista y, especialmente, a Montoneros...

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Septiembre 2008

Fichero AudioArg - Entrevista sobre la situación de intimidación a abogados y testigos de las causas por crímenes contra la humanidad en la ciudad de Mar del Plata. Radio Nizkor, 02sep08

Ante la persistente y continuada campaña de amenazas, intimidaciones y difamación que llevan adelante grupos responsables de crímenes contra la humanidad en la ciudad de Mar del Plata, Radio Nizkor realizará una serie de programas que expliquen la gravedad de la situación.

Varios de los responsables de estas amenazas se encuentran incursos en un proceso penal a causa de las mismas. Hay que destacar que estas personas tienen una larga trayectoria en la ultraderecha de Mar del Plata, con un claro componente ideológico de origen nacionalsocialista, y su actuación territorial más conocida fue en las ciudades de La Plata, Mar del Plata y Bahía Blanca.

Sobre el contexto y desarrollo de esta campaña de amenazas y difamación, Radio Nizkor ha entrevistado a Natalia Andrea Messineo, integrante el equipo jurídico que adelanta los juicios por crímenes contra la humanidad en Mar del Plata. Si bien esta situación intimidatoria se viene dando desde hace varios años, conviene destacar que durante la última semana de este mes de agosto fueron detenidos en Mar del Plata ocho represores de la Base Naval, Prefectura y ESIM, al mismo tiempo que se realizaban audiencias ante el Tribunal Oral Federal Nro. 5 de Buenos Aires que daban cuenta del funcionamiento de los Centros Clandestinos de Detención que funcionaron en la Seccional Cuarta y en La Cueva. A ello se suma el avance producido en las investigaciones penales y la cercanía de los juicios orales en esta ciudad, lo que que marcaría el comienzo de las primeras condenas...

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Fichero AudioArg - Entrevista con el Juez Roberto A. Falcone acerca de la investigación sobre la CNU y la campaña de intimidación en Mar del Plata. Radio Nizkor, 01sep08

El 09abr08 el Tribunal Oral Federal de Mar del Plata dictó una resolución en el marco de la investigación de los crímenes cometidos por la conocida como CNU (Concentración Nacionalista Universitaria) en la Universidad Nacional de Mar del Plata.

La importancia de esta investigación estriba precisamente en que refiere a hechos que afectan a las Universidades Nacionales en Argentina, y que fueron similares en casi todas ellas.

Si bien la Universidad de Mar del Plata, en la fecha de los hechos, estaba bajo la jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires, la operativa, e incluso el tipo de grupos -como la CNU y la Triple A- son similares a los que actuaron en la Universidad Nacional del Sur de Bahía Blanca, en la Universidad Nacional de la Plata y en la Universidad Nacional de Buenos Aires, entre otras.

Sobre el contenido de esa resolucióm Gregorio Dionis, Presidente del Equipo Nizkor, entrevista al Juez de Cámara del Tribunal Oral Federal Penal de Mar del Plata, Roberto Atilio Falcone, quien explicará también la campaña de intimidación, difamación y amenazas que se han producido en la ciudad de Mar del Plata en forma sistemática desde el año 2001, campaña que ha merecido la condena del Consejo de la Magistratura argentina.

Tal y como se expresa en la mencionada resolución:

    "No era lógico que estos hechos pudieran ser investigados por la Justicia Federal de Mar del Plata cuando el Fiscal Federal [Gustavo Demarchi] según prueba documental obrante en la causa (contrato celebrado con la Universidad, notas periodísticas, informes de inteligencia de la Prefectura y DIPPBA) era Coordinador Académico en dicha Universidad, esto es junto al Secretario General de la Universidad tomaba las decisiones importantes. Cincotta y Demarchi firmaban convenios con el Intendente Fabrizio y con el Ministro Arrighi, ahora como integrante del Gabinete de Estela Maris Martínez de Perón. (Ver diario "La Capital" del viernes 6 de junio de 1975, fs.2054). Arrighi era la misma persona que la Licenciada Maggi había logrado desplazar del rectorado de la Universidad, al grabar las palabras agraviantes referidas al Obispo Pironio en la entrevista ya mencionada. Los términos en que el Dr. Cincotta acepta la renuncia del Dr. Demarchi como Asesor Académico tampoco son usuales pues "le agradece los patrióticos servicios prestados" (fs.978 - Causa N° 913 caratulada "TURON TOLEDO, María s/ Dcia. S/ Desaparición Forzada de Personas"), y ahora se presume, provisionalmente, que las autoridades de la Universidad facilitaron la operatividad de la asociación ilícita dándoles cobertura dentro de su estructura e instigando gravísimos delitos.

    En la Fiscalía Federal que debía intervenir en la sustracción violenta de María del Carmen Maggi y posterior homicidio, se desempeñaban además de su titular, quien tenía poder dentro de la estructura de la Universidad, cuadros de la C.N.U. El testimonio referido menciona a Ullúa, Rolón y Justel como miembros de la C.N.U. señalando a Eduardo Ullúa, quien cumplía funciones de oficial segundo en la Fiscalía, como autor del secuestro de la licenciada Maggi y vinculándolo a una serie de homicidios que deberán ser objeto de investigación preliminar por este órgano. Queda claro que no se investiga a las personas por pertenecer a determinada organización sino por los delitos en que habrían participado. Todas estas personas son mencionadas por los informes de la DIPBA como pertenecientes a la C.N.U.

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Abril 2008

Fichero AudioArg/Esp - Entrevista a Bárbara García sobre el estado de la cuestión de los desaparecidos españoles en Argentina. Radio Nizkor, 27abr08

Gregorio Dionis, Presidente del Equipo Nizkor, conversa con Bárbara García sobre los desaparecidos españoles en Argentina y la actuación del Estado español con respecto a los mismos. Bárbara García preside la Asociación Asturiana de Familiares de Desaparecidos del Estado Español en Argentina. Es nieta de españoles exiliados en Argentina e hija de Rocío Ángela Martínez Borbolla, española desaparecida a manos de militares argentinos en junio de 1976, en un operativo presenciado por Bárbara y su hermano Camilo.

Gregorio y Bárbara abordan el problema de las diferencias entre los exiguos listados de españoles desaparecidos hechos públicos por la Embajada española en Buenos Aires, y los listados válidos resultado de investigaciiones judiciales y que la Embajada sigue ignorando.

Tratan asimimo el asunto del apoyo del Estado español a los familiares de desaparecidos españoles, cuya tímida intervención a lo largo de todo la etapa democrática española se resume en una invitación a renunciar a todo tipo de acción jurídica a cambio de la concesión de la nacionalidad española, esto es, en una renuncia a derechos a cambio de la concesión de un derecho que, de hecho, los familiares de españoles en este grado ya ostentaban.

Bárbara recuerda que en la época en que empezaban las desapariciones en Argentina el Estado español negaba todo tipo de asistencia consular a sus nacionales en ese país.

Otra cuestión importantísima es el asunto de los archivos en poder el Ministerio de Asuntos Exteriores español y que afectan a los españoles desaparecidos en Argentina: no sólo se ha negado el acceso a estos archivos, sino que se ha intentado ocultar el alcance y hasta la ubicación física de los mismos.

Bárbara comenta cómo se ha dado en los últimos tiempos la actuación de las autoridades argentinas respecto de los desaparecidos españoles y cómo desde su Asociación han tenido que hacer frente a numeros intentos de reescribir la historia.

Para concluir, hace un comentario sobre los actos del pasado 24 de marzo de 2008 en Buenos Aires en memoria de todos los desaparecidos en la República Argentina.

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Marzo 2008

Fichero AudioArg - Entrevista a Ernesto Espeche sobre el rechazo de los organismos de derechos humanos mendocinos a participar en los actos oficiales del 24 de marzo. Radio Nizkor, 26mar08

"En mayo de 1978, fueron secuestradas en Mendoza, sin que posteriormente se tuviera ninguna noticia sobre la suerte corrida por ellas, las siguientes personas: Margarita Rosa Dolz de Castorino; Raúl Oscar Gómez Mazzola; Gustavo Neloy Camín, Mario Guillermo Camín; Víctor Hugo Herrera; Daniel Romero; Juan Carlos Romero; Alberto..... Sosa, Isabel Membrive y Juan José Galamba."

El operativo que terminó con la vida de diez personas, tuvo su origen en una información que se remite a los días en que una de las víctimas, Juan José Galamba, se salvó del tiroteo frente a su domicilio de Rodríguez 78, que llegó a oídos del personal de inteligencia, en mayo de 1978. La Junta de Comandantes había dado órdenes para resguardar la seguridad del "Mundial 78".

"En Mendoza, a finales de 1977 habían sido eliminadas las organizaciones políticas afines a la lucha armada, pero los servicios de inteligencia hablaban de "subversivos residuales" que habían logrado eludir la represión. Los calabozos del D-2 estaban vacíos, salvo esporádicas detenciones (o posteriores detenciones con orden judicial)... No obstante, se creó el GE (Grupo Especial) 78 ,expresamente destinado a la seguridad del mundial de fútbol en su tramo mendocino. Un grupo operativo local, reducido, experto y ágil en su funcionamiento, aunque insertado en el esquema global pensado por la Junta". Algunos de los nombres de los integrantes del GE 78 han trascendido... Se trata de: Carlos Rico, Ignacio Medina, Adolfo Siniscalchi, Eduardo Smaha (actualmente detenido por causas en que se investigan delitos de lesa humanidad), Pedro Sánchez, todos miembros de la Policía Provincial que alcanzaron altos grados, que pasaron por el D-2 y que realizaron cursos de adiestramiento especial en contrainsurgencia.

Los hechos anteriores son objeto de una querella presentada el 08feb08 por el Movimiento Ecuménico por los Derechos Humanos Regional Mendoza, en la que se solicita que se proceda a la citación de las personas mencionadas como integrantes del GE 78, a fin de que presten declaración indagatoria.

Entre esas personas se encuentra Carlos Rico, actual Subsecretario de Seguridad de la Provincia. Es por lo que los organismos de derechos humanos mendocinos han rechazado participar en los actos oficiales de este 24 de marzo, fecha que en cambio consideran especial para pedir el apartamiento de Rico de su cargo público. Son varias las denuncias existentes contra el Subsecretario Rico, tanto por crímenes cometidos durante la última dictadura (como es el caso de la testigo clave Alicia Morales, quien dice haberlo reconocido como torturador en el D2 y se encuentra amenazada en la actualidad; y el del ex jefe del centro clandestino D2, Pedro Sánchez Camargo, quien en 1978, involucró al comisario retirado como partícipe de una serie de secuestros producidos en 1976), como en la etapa democrática (caso Alberto Monetti, un joven estudiante que en 1994 se desempeñaba como dirigente de la Federación Universitaria de Cuyo y denunció haber sido detenido ilegalmente por Rico).

Éste es el contexto que marca la celebración de este 24 de marzo en Mendoza, y acerca de todo ello hemos entrevistado al periodista y activista de derechos humanos, Ernesto Espeche.

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Fichero AudioArg - Entrevista a Rodrigo Sepúlveda sobre el caso de la Triple A en Mendoza. Radio Nizkor, 23mar08

El pasado 25feb08 la Provincia de Mendoza se constituyó en querellante en la causa por el asesinato de Zenón Amadeo Sánchez Andía, ocurrida a manos de la Triple A en 1975. El Subsecretario de Justicia y Derechos Humanos y el Director Provincial de Derechos Humanos presentaron ese día una querella por crímenes contra la humanidad y fundamentando el carácter de organización con finalidad criminal de la Triple A.

Según indica Pablo Salinas, al frente de la Dirección de Derechos Humanos dependiente de la Subsecretaría de Justicia y Derechos Humanos, Mendoza es la segunda provincia de Argentina que se constituye en querellante en este tipo de causas, después de Buenos Aires, y la primera que lo hace por crímenes contra la humanidad. Asimismo señaló que con la presentación se pretendía también acompañar al periodista y director del documental "7746 Legajo Conadep", Rodrigo Sepúlveda, quien se presentó ante la Justicia Federal denunciando que un testigo clave de la causa cambió sospechosamente su declaración porque había sido amenazado de muerte. Se trata del ex suboficial de la Policía Federal, Carmelo Cirella Paredes, que había denunciado a varios efectivos de la Delegación Mendoza como responsables de delitos de lesa humanidad cometidos durante el gobierno de Isabel Perón y la última dictadura militar y quien sorpresivamente se desdijo de su declaración. A poco del regreso de la democracia, primero ante la Comisión Nacional sobre Desaparición de Personas (CONADEP) y más tarde a la Comisión de Derechos y Garantías de la Cámara de Diputados de Mendoza, Cirella denunció el accionar ilegal de los efectivos de la Policía Federal entre 1974 y 1977.

Como indica el periodista Sepúlveda, este cambio en su declaración se debe a que tanto el testigo como su familia están amenazados de muerte desde el mismo instante en el que las personas que denunció ingresaron en prisión.

Rodrigo Sepúlveda denunció este cambio de declaración. Explica que el documental se realizó con el aporte de la Universidad Nacional de Cuyo y la colaboración de un equipo importante de personas que puquisieron dejar constancia de los hechos relatados por Cirella. En dos ocasiones Sepúlveda y el equipo fueron a charlar con él para manifestarle su interés en contar con su participación en el audiovisual. Jamás pidió y jamás se le ofreció dinero a cambio de su testimonio. Aceptó participar a sabiendas de los riesgos que corría: quedar preso, como finalmente pasó.

Sobre todo ello y las consecuencias de esta denuncia a nivel personal, Radio Nizkor ha entrevistado a Rodrigo Sepúlveda.

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Fichero AudioArg - Inauguran en El Maitén (Chubut) una Radio FM Mapuche-Tehuelche. Radio Nizkor, 23mar08

Radio Nizkor entrevista a Jorge Guillén, miembro del equipo director del proyecto que pondrá en marcha la Radio Comunitaria Mapuche Petu Mogeleiñ (aún vivimos) en El Maitén, Pcia. de Chubut. La salida al aire se producirá el 24mar08 y la frecuencia será 88.7 MHZ.

Este proyecto forma parte de la Red de Comunicación Campesina que integran además Radio De La Tierra (que saldrá también al aire próximamente) de la Comunidad José Manuel Pichún del paraje Cuesta del Ternero, la cabina radiofónica de El Pedregoso y Radio Alas...

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Febrero 2008

Fichero AudioArg - Entrevista al agente de inteligencia del Ejército Eduardo Costanzo. Radio Nizkor, 27feb08

El ex-agente de inteligencia del Ejército, Eduardo Costanzo, cumple arresto domiciliario a la espera del inicio del juicio oral por causas que lo involucran con la represión ilegal en Rosario bajo la última dictadura militar en la Argentina.

En una entrevista concedida al programa radial "Trascendental" (Radio Rosario), el agente procesado en la causa del centro de detención clandestina conocido como la "Quinta de Funes", afirmó, entre otras cosas, "Están buscando sacarme de mi casa y mandarme a una cárcel para que me maten; que me suceda lo mismo que a (Héctor) Febres. Porque lo que ellos pretenden es que no llegue al juicio oral".

Este documento audio contiene la entrevista completa que el periodista José Maggi realizó el 11ene08 a Eduardo Costanzo.

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Fichero AudioEsp/Arg - La situación del caso Cavallo se encuentra en un momento crítico del procedimiento. Radio Nizkor, 11feb08

Por Providencia de 31ene08, la Sección Tercera de la Sala lo Penal de la Audiencia Nacional ha señalado el día 14feb08 para la celebración de una vista en la que se resolverían las cuestiones pendientes previas al juicio oral - conocidas como “cuestiones de previo pronunciamiento”- planteadas por la defensa de Ricardo Cavallo, concretamente por el abogado Fernando Pamos de la Hoz.

Con anterioridad, mediante una Providencia de 16ene08, la Sección Tercera había fijado esa misma vista para el 28ene08 y la sala para la misma estaba integrada por los magistrados Guillermo Ruiz Polanco, Ángeles Barreiro Avellaneda y Clara Bayarri García, según había sido notificado en la providencia referida de 16ene08.

No obstante, una vez comenzada la sesión, la vista fue suspendida debido a que tanto el fiscal, Fernando Burgos, como el abogado que representa a Ricardo Cavallo y la totalidad de las acusaciones populares y particulares presentes, plantearon la recusación del magistrado Guillermo Ruiz de Polanco. Esta recusación la sustentaron en la participación del juez mencionado al inicio del procedimiento que resultaría en la extradición de Ricardo Cavallo desde México, en un momento en que el juez titular del Juzgado de Instrucción No. 5, Baltasar Garzón, se encontraba de vacaciones en Costa Rica y Polanco sustituía al juez titular.

Este incidente procesal podría haber sido evitado si no fuera por la intención del magistrado presidente de esta Sala de no juzgar a Ricardo Cavallo en España, o sea, que la inclusión de Rubén de Polanco no puede ser considerada un error de la Sala, sino una pieza más de la complicada ingeniería procesal que se ha llevado adelante para retrasar sine die el señalamiento del juicio oral, señalamiento que fue solicitado por la fiscalía de la Audiencia Nacional el 13nov07.

En realidad la providencia de 16ene08 es una respuesta a ese escrito de la fiscalía solicitando el señalamiento del juicio oral, o dicho en otros términos, una negativa a fijar la fecha de inicio del juicio oral contra el ex oficial naval de contra-inteligencia. Dice textualmente "No ha lugar a lo solicitado al haber ya resuelto la Sala no tener inconveniente en la entrega extradicional del procesado a las autoridades argentinas por estar reclamado por los mismos hechos objeto del presente procedimiento, debiéndose estar a la finalización del proceso de extradición", y ello a pesar de que el Tribunal Supremo anuló el auto de 20dic06 por el que la Sección Tercera declinó su jusrisdicción e invitó a las autoridades argentinas a solicitar la extradición del acusado...

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Enero 2008

Fichero AudioArg - El asesinato del Prefecto Naval Febres fue un asesinato simbólico y tuvo por finalidad encubrir una organización criminal. Editorial Radio Nizkor, 17ene08

El asesinato del prefecto naval Febres demuestra que el grupo de tareas 3.3.2 mantiene activos a sus especialistas en asesinatos. La cuestión, evidentemente, tiene mucha importancia si pensamos que a la dictadura militar argentina, de la cual el Grupo de Tareas (GT) 3.3.2 no es más que uno de los muchos grupos de exterminio que existieron, se la dio por terminada después de la guerra de las Malvinas.

La jueza federal Sandra Arroyo Salgado no tiene duda procesal alguna; para ella el prefecto Febres fue asesinado para evitar que hablara, que confesara los crímenes cometidos rompiendo así el pacto de silencio que es evidente existe entre todos los oficiales de la marina de guerra argentina....

Fue el miedo el desencadenante del ya famoso viaje del capitán de corbeta Adolfo Scilingo a Madrid y su presentación voluntaria ante la justicia. Es evidente que el marino bahiense estaba convencido de que su vida corría un grave peligro...

El asesinato del prefecto naval Febres, quien compartió con Adolfo Scilingo tareas, asesinatos, secuestros y otras actividades, arroja luz, si bien con algunos años de retraso, sobre las razones del miedo profundo que sentía el marino bahiense, a tal punto que prefirió la condena en Madrid a la posibilidad cierta de su asesinato.

El simbolismo propio de todo asesinato está presente en la escena del crimen de Febres. El asesinato se comete en un lugar oficial, quienes participan son oficiales que obedecen órdenes dentro de una cadena de mando...

El otro símbolo es el método del asesinato. Los grupos de tareas de la marina utilizaron el cianuro como forma de asesinato... Esta especialidad fue practicada no sólo por oficiales navales, sino también por los colaboradores civiles, algunos de los cuales componían las unidades de especialistas en asesinatos. Es por lo tanto un mensaje para iniciados, es un mensaje para todos los oficiales navales y para todos los colaboradores de la ESMA. Los asesinos cumplieron órdenes de la cadena de mando que puso en marcha un mecanismo capaz de garantizar, no sólo el pacto de silencio, sino la continuidad de la propia organización criminal.

En Bahía Blanca, muchos de los civiles que, al menos desde 1970 en adelante, participaron en la planificación criminal dirigida por la marina de guerra, seguramente respiraron con más tranquilidad...

No hay que olvidar que la Marina de Guerra fue responsable directa de la política universitaria, política especialmente cruel en la Universidad de la Plata y en la Universidad Nacional del Sur. Fue también responsable de la política exterior y del mundial de fútbol de 1978. Y en todas estas operatorias contó con la participación directa de numerosos ciudadanos bahienses...

Era la época en que en la gran fiesta anual que celebra el Almirantazgo en Puerto Belgrano, eran invitados de honor tanto Licio Gelli -gran maestro de la logia masónica P2, fascista condecorado por Francisco Franco por su participación en la Guerra Civil española - como Roberto Calvi, el banquero de la mafia y del Vaticano que apareció muerto en Londres, al término de la guerra de las Malvinas...

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Fichero AudioEsp/Arg - La Fiscalía de la Audiencia Nacional solicitó el señalamiento de juicio oral en el caso Ricardo Miguel Cavallo. Radio Nizkor, 12ene08

El pasado 14nov07 fue registrado un escrito de la Fiscalía de la Audiencia Nacional dirigido a la Sección Tercera de la Sala de lo Penal de este tribunal. El fiscal Jesús Alonso Cristóbal presentó dicho escrito en relación con la causa seguida contra Ricardo Miguel Cavallo, y pide que se proceda a señalar en forma urgente la fecha de celebración de la vista oral en este caso.

Este escrito de la fiscalía se presenta después de que el Tribunal Supremo resolviera el recurso de casación en contra del auto que había dictado esa Sección Tercera de lo penal de la Audiencia Nacional, el 20dic06, declarándose incompetente en el caso Cavallo y declinando la jurisdicción.

Paralelamente, y en una decisión no ajustada a derecho, como también lo pusiera de manifiesto después la Fiscalía ante el Tribunal Supremo, esa misma Sección de la Audiencia Nacional solicitaba a las autoridades argentinas que solicitaran su extradición.

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo anuló dicho auto en una sentencia de 18jul07, con la que el TS pudo término a la ingeniería procesal que permitió la libertad de un acusado por crímenes contra la humanidad en forma que podríamos calificar de arbitraria e ilegal.

Las diversas demoras que se han producido llevan a que Ricardo Miguel Cavallo esté en una situación procesal que podríamos llamar de “extraña excepcionalidad”...

Por auto de 29ene07 la Sección Tercera de lo Penal de la Audiencia Nacional acordó la libertad del procesado Ricardo-Miguel Cavallo, y éste, al día siguiente, se puso a disposición del JCI No. 4 bajo el procedimiento de reextradición cuya activación fue provocada por la misma sección Tercera, quedando de nuevo en prisión, pero no bajo el procedimiento por crímenes contra la humanidad, el famoso sumario 19/97. De este modo se encuentra disponible para una extradición a la República Argentina en cualquier momento...

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Fichero AudioArg - La Asociación Argentina Pro Derechos Humanos - Madrid desmiente que Carlos Slepoy sea presidente de la misma. (Asociación Argentina Pro Derechos Humanos - Madrid). Radio Nizkor, 05ene08

La Asociación Argentina Pro Derechos Humanos - Madrid se ha visto obligada a pedir la rectificación de información a dos medios de prensa argentinos que han publicado información manifiestamente inexacta con relación a esta Asociación.

La información que piden se rectifique fue publicada y distribuida por la agencia estatal Telam el pasado 25 de diciembre de 2007, y en la revista ACTA de la central sindical CTA en su número 536 de 27 de diciembre de 2007 y se refieren a declaraciones realizadas por el abogado Carlos Slepoy. Ambas publicaciones dicen que las declaraciones del abogado Carlos Slepoy se realizaron en su carácter de Presidente de la Asociación Argentina Pro Derechos Humanos - Madrid, hecho éste manifiestamente falso.

El letrado Slepoy, participó en nombre de la Asociación Argentina Pro Derechos Humanos-Madrid en la fase de instrucción de la causa 19/97 por violaciones de los derechos humanos cometidas en Argentina, hasta principios del año 2001. Desde entonces NO ocupa ningún cargo directivo en la asociación, ni la ha representado en el Juicio contra el marino Adolfo Scilingo, único juicio celebrado en España en el marco de este procedimiento.

El representante en el juicio de la Asociación Argentina Pro Derechos Humanos - Madrid es el abogado Antonio Segura, quien solicitó en su momento, y obtuvo, la condena de Adolfo Scilingo por crímenes contra la humanidad.

El letrado Antonio Segura, con el asesoramiento del Equipo Nizkor, también ha defendido ante el Tribunal Supremo español la sentencia condenatoria que dictara la Audiencia Nacional y que hubo de ser defendida ante el Supremo debido a los recursos planteados en contra de la misma por la defensa del oficial de marina condenado y por otras acusaciones personadas en la causa, entre las que se encuentran las representadas por el letrado Slepoy y que son: la CONFEDERACIóN INTERSINDICAL GALEGA, la FEDERACIóN DE ASOCIACIONES DE ABOGADOS "LIBERTAD Y DEFENSA" y la COMISIóN DE SOLIDARIDAD DE FAMILIARES (CO.SO.FAM).

El Tribunal Supremo español ratificó la sentencia por crímenes contra la humanidad el 01 de octubre de 2007. Se da la circunstancia de que el letrado Carlos Slepoy defendió en el juicio oral, junto a otras acusaciones, la tesis de “genocidio y terrorismo”, calificación que fue rechazada tanto por la Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, como por la Sala Segunda de lo Penal del Tribunal Supremo...

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Diciembre 2007

Fichero AudioArg - Protestan en la Universidad Nacional de Rosario (UNR) por indemnización a agente civil de inteligencia de la Dictadura. Radio Nizkor, 10dic07

El 8 de octubre de 1984 un grupo de aproximadamente quince personas tomó por asalto los Tribunales de Rosario y vació el Juzgado de Instrucción de la 10a. Nominación. Unos 150 sumarios, expedientes que acreditaban el seguimiento y la persecución de militantes políticos, estudiantes, obreros y profesionales, ficheros y archivos de la represión durante la dictadura militar en Rosario se perdieron entonces sin que existiera una investigación judicial acorde con la magnitud del suceso. El material había sido secuestrado días antes en los domicilios de tres agentes civiles de los servicios de inteligencia del Ejército. Uno de ellos era Jorge Walter Pérez Blanco, el mismo al que las autoridades de la Universidad Nacional de Rosario podrían indemnizar en 30 mil pesos, por el tiempo que lleva fuera de su cátedra, en la Facultad de Medicina.

Según declaraciones de Gustavo Fco. Bueno, alias Germán Benegas, ex agente que declaró ante la Conadep, Pérez Blanco era uno de los principales responsables de lo que denominaban "operaciones psicológicas". Apodado W, Walter West o Jorge West, pertenecía al Ejército, o sea, era un personal civil de inteligencia.

Los organismos de derechos humanos denunciaron desde el primer momento a Pérez Blanco ante las autoridades universitarias. El 28 de noviembre de 1984 el presidente de la Delegación Santa Fe de la Conadep, Manuel Blando, informó al rector Artemio Luis Melo sobre los antecedentes del ex agente y las "denuncias recibidas incluso desde la comisión central de la Conadep" que lo involucraban, junto a Eduardo Rebecchi, "con grupos paramilitares y/o parapoliciales que habían tenido intervención en actividades represivas en esta ciudad".

Pero el agente de inteligencia continuó en funciones en la cátedra de Medicina Legal. También dio clases de posgrado en Criminología. Recién fue suspendido en 1998, cuando los organismos de derechos humanos volvieron a exhumar sus antecedentes...

El 1o. de noviembre las autoridades de la UNR firmaron el decreto que dispone la indemnización y alegaron que no tenían otra alternativa que acatar el fallo de la justicia. Pero veinte días después el Consejo Superior aprobó por unanimidad la medida de no innovar...

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Septiembre 2007

Fichero AudioArg - Entrevista a Gabriel Navarro sobre el conflicto sindical del Lavadero Virasoro en Rosario. Radio Nizkor, 04ago07

En esta entrevista se analiza el conflicto sindical en la empresa Lavadero Virasoro S.A., en la ciudad de Rosario, República Argentina. Lavadero Virasoro es una planta procesadora que se dedica básicamente al lavado y lijado de prendas de jeans. Es proveedora de grandes marcas como Levi's, Bensimon y A.F.. Los sueldos que paga la empresa están por debajo de la línea de la pobreza en Argentina y son de 834 pesos, lo que equivale a 192 euros mensuales.

Durante toda la duración del largo conflicto, que comenzó en 2005, el empresario Jorge Guidetti ha utilizado los servicios del abogado Alejandro Sinópoli con la intención de no llegar a ningún acuerdo sobre las cuestiones básicas: la representación sindical de los trabajadores y el reconocimiento de su comisión interna o comisión de delegados.

La estrategia empresarial ha utilizado recursos ligados a las organizaciones mafiosas relacionadas con las "barras bravas" de equipos de fútbol rosarinos, recurriendo a matones sindicales ligados al sindicato UOETSYL (Unión de obreros y empleados tintoreros, sombrereros y lavaderos) y a la presión policial que ha llegado a la detención ilegal de trabajadores sin orden judicial alguna e incluso a la represión violenta, también sin orden judicial alguna.

Todo esto bajo el silencio cómplice del sistema de justicia rosarino, de las autoridades del Ministerio del Interior nacional y de seguridad provincial y, por supuesto, de la delegación del Ministerio de Trabajo en esa ciudad.

De todo ello nos habla en este reportaje Gabriel Navarro, delegado de la Comisión Interna de Lavadero Virasoro S.A.

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Agosto 2007

Fichero AudioEsp/Arg - La Audiencia Nacional ratifica la libertad de Ricardo Miguel Cavallo en una vista solicitada por parte de los abogados querellantes. Radio Nizkor, 04ago07

Las acusaciones populares y particulares, incluidas las representadas por los letrados Carmen Lamarca Pérez, Manuel Ollé Sese, Jaime Sanz de Bremond y Mayans, José Luis Galán Martín, Juan Puig de la Bellacasa y Carlos Slepoy Prada, acusaciones personadas en el caso Cavallo, tuvieron que rectificar su actuación procesal, tras haber solicitado previamente la prisión, del procesado durante una vista celebrada por este motivo -y convocada a petición de las propias acusaciones- ante la Sección Tercera de lo Penal de la Audiencia Nacional.

El tribunal calificó esta actuación de los abogados diciendo “que denota un auténtico abuso de derecho al obligar la celebración de un acto procesal que ha devenido inane”, hecho poco común en la práctica de los jueces de la Audiencia Nacional.

Según el auto de la Sección Tercera, los letrados defensores de las acusaciones particulares y populares anteriores reseñadas interesaron que no se acordara la prisión provisional del procesado al entender que el riesgo de fuga se encuentra eludido por la situación de prisión en el procedimiento extradicional seguido ante el Juzgado Central de Instrucción número 4...

La Sección Tercera resolvió por tanto, mantener la libertad provisional del procesado Ricardo Miguel CAVALLO en los términos dispuestos en el Auto de 29 de enero de 2007.

Esta actuación procesal de los abogados mencionados no fue asumida por el letrado Antonio Segura, que actúa en representación de la Asociación Argentina Pro Derechos Humanos de Madrid, al darse una interpretación acorde con la situación procesal de Ricardo Cavallo al anular el Tribunal Supremo la cesión de jurisdicción a favor de Argentina acordada por la Audiencia Nacional el 20 de diciembre de 2006 y, por lo tanto, obliga a que la situación del procesado se resuelva dentro del propio trámite...

[A]l estar detenido Ricardo Cavallo en una causa de extradición desde el 29 de enero de 2007, momento en que la Sección Tercera decretó su libertad, la fiscalía de la Audiencia Nacional ha preferido mantener la detención dentro de ese procedimiento a efectos de no utilizar el saldo pendiente en la prisión provisional de la causa iniciada con la extradición desde México. Esto permitiría contar un período de prácticamente 5 meses para iniciar el juicio oral, momento en el que sería detenido nuevamente en esta causa.

Los letrados que solicitaron su detención y que mereció la dura calificación de la Sección Tercera de la Audiencia Nacional no tuvieron en cuenta esta situación procesal y se vieron obligados a rectificar su solicitud en la propia vista oral provocada por ellos, ya que si la Sección Tercera hubiera procedido de acuerdo a lo solicitado por ellos, aumentaría el riesgo ya existente de que Ricardo Cavallo quedara en libertad poniendo en riesgo la posibilidad de llevar a cabo la fase de juicio oral...

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Fichero AudioEsp - El Tribunal Supremo español anula el Auto de la Audiencia Nacional que permitió que Ricardo Miguel Cavallo quedara en libertad. Radio Nizkor, 04ago07

El dieciocho de julio de dos mil siete la Sala Segunda de lo Penal del Tribunal Supremo hizo pública la sentencia resolviendo el recurso de casación -presentado por la fiscalía y la práctica totalidad de las acusaciones particulares y populares- en contra de la sentencia de la Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, de 20 de diciembre de 2006, en la que ésta se declaraba incompetente para juzgar a Ricardo Miguel Cavallo y pedía a las autoridades argentinas que solicitaran su extradición...

El Tribunal Supremo concluye que "el Auto recurrido, a través de una inadecuada vía procesal, cual la estimación de una declinatoria de jurisdicción, planteada de forma incorrecta como artículo de previo pronunciamiento del artículo 666 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, en realidad viene a disponer materialmente la extradición de un acusado cuyo enjuiciamiento se había acordado ya, con anterioridad, que correspondía a los Tribunales españoles, sin la existencia de previa solicitud de extradición, ni comprobación de la concurrencia de los requisitos legalmente previstos para ella, sustrayendo al Ejecutivo su capacidad de decisión en esta materia y contraviniendo, además, el contenido de los Tratados suscritos por nuestro país, tanto con la República Argentina como con los Estados Unidos Mexicanos, razones por las que tal decisión ha de ser anulada, a partir de la previa estimación de los Recursos contra ella interpuestos".

Como consecuencia, el Tribunal Supremo decidióo casar y dejar "sin efecto el Auto recurrido, dictado por la Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional en el Rollo de Sala nº 139/1997, el día 20 de Diciembre de 2006, que estimaba el artículo de previo pronunciamiento sobre declinatoria de Jurisdicción planteado por la Defensa del procesado Ricardo Miguel Caballo, cediendo la competencia para el enjuiciamiento de las presentes actuaciones en favor de las Autoridades penales de la República Argentina".

Una vez que el Tribunal Supremo notifique a la Audiencia Nacional la sentencia dejando sin efecto el Auto de ésta de 20 de diciembre de 2006, el procedimiento contra Ricardo Cavallo volvería a la situación procesal de inicio del juicio oral, y por tanto, posterior a que las partes presentaran sus conclusiones provisionales y se haya comenzado a resolver las cuestiones de especial y previo pronunciamiento promovidas por la defensa.

La cuestión grave a resolver es cómo y de qué manera se depuran las responsabilidades adquiridas por la Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional al demorar el proceso de forma injustificada y sin fundamento jurídico, tal cual acaba de determinar el Tribunal Supremo.

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Fichero AudioArg - Presentan informe a la CIDH sobre el centro penitenciario Almafuerte. Radio Nizkor, 04ago07

Los abogados Diego Jorge Lavado y Pablo Gabriel Salinas, en su condición de abogados Peticionarios en la Causa denominada "Medidas Provisionales Cárceles de Mendoza", enviaron al Presidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos un informe sobre la visita realizada al Complejo Almafuerte donde expresan lo siguiente:

"I.- El día 23 de julio pasado realizamos una visita al Complejo Penitenciario Almafuerte, sito en la Localidad de Cacheuta, Departamento de Luján de Cuyo, donde actualmente se alojan, según información del personal penitenciario, alrededor de 185 internos... En esta oportunidad pudimos entrevistarnos con varios de los que ocupan el Pabellón 4, donde habitaba Carlos FLORES RAMOS, de 26 años, quien murió el 17 de julio de 2007 en el hospital Lagomaggiore al que fue trasladado con un cuadro de neumonitis.

La totalidad de los internos coincidieron en afirmar que FLORES RAMOS no había recibido una oportuna ni adecuada atención médica...

II.- Por otra parte, la mayoría de los entrevistados coincidieron en reclamar que el traslado ha sido apresurado y que "es como mudarse a una casa que no está terminada", ya que las dependencias para los servicios esenciales aún no están terminadas, en especial la cocina y la sección de Sanidad, y por ello la totalidad de la Población Penitenciaria padece las consecuencias directas de estas carencias, como por ejemplo la deficiente asistencia médica o psicológica. Además nos manifestaron que existe una escasa cantidad de la Personal Penitenciario destinado a este Complejo (lo que también fue corroborado por varios funcionarios)...

Con respecto a las visitas, refieren que aún no se encuentra adecuadamente organizado los medios de transporte necesarios para posibilitar el traslado de los visitantes ya que desde que éstos llegan a la puerta de ingreso hasta que logran reunirse con los internos transcurren entre 60 y 90 minutos. Esta situación, sumada a que no cuentan con servicio telefónico, dificulta notablemente la comunicación y el contacto con sus familiares directos.

III.- La mayoría de los internos entrevistados han dirigido acciones de hábeas Corpus para que los Jueces de Ejecución tomen adecuada intervención y ordenen revertir los agravantes injustificados en las condiciones de detención, recibiendo en algunos casos respuesta favorable de la justicia pero sin que se experimenten cambios significativos en la situación planteada...

V.- Debido a la situación verificada en esta visita y teniendo en cuenta que a raíz del traslado un gran número de internos quedaría fuera del amparo de las Medidas Provisionales dictada por Corte, solicitamos que tal como oportunamente lo ha requerido la Comisión Interamericana de DH., dicho mecanismo tutelar se haga extensivo al Complejo Penitenciario Almafuerte..."

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Julio 2007

Fichero AudioEsp - The Supreme Court of Spain affirms that the crimes committed by Adolfo Scilingo are crimes against humanity. (Equipo Nizkor). Radio Nizkor, 09Jul07.


"According to the official announcement of the Criminal Division of the Supreme Court in Appeal nº 10049/2006-P, having completed its consideration of the case on 3rd July 2007, the Second Chamber of the Supreme Court, sitting in plenary session, agreed by a majority of 10 votes to 5, to resolve the appeal in the Scilingo case...

The clearest variation from the original judgement is that the application of the penalties has been modified, so that article 607 bis of the current Criminal Code - which punishes crimes against humanity - is not used. The Court applies the specific penalties provided in the current Criminal Code for the crimes of murder and unlawful detention but holds that these crimes “constitute crimes against humanity according to international law”.

The way in which this penalty is applied coincides with one of the two alternative proposals contained in the final conclusions submitted by the lawyer Antonio Segura on behalf of the Argentinian Human Rights Association of Madrid on 7th March 2005, at the end of the original trial, categorising the acts as crimes against humanity...

It is worth highlighting that the other accusing parties who appeared in the case, and in particular, those represented by the lawyers Manuel Ollé, Carmen Lamarca, José Luis Galán y Carlos Slepoy, sought the application of the crimes of Genocide and Terrorism, classifications which were dismissed by the Third Section of the National Court Criminal Division and further dismissed by the Plenary Session of the Second Chamber of the Supreme Court.

The application of this criterion by the Plenary Session of the Second Chamber of the Supreme Court, results in an apparent increase in the applicable punishment, as this is now raised from the 640 years imprisonment set by the Third Section of the Criminal Divison of the National Court to approximately 1,084 years. In fact the effective penalty is reduced from 30 to 25 years following the maximum limits for enforcement of penalties provided for under article 76.1a) of the current Criminal Code.

The Plenary Session of the Second Chamber of the Supreme Court, according to the official announcement released on 03Jul07, rejected the attempt to convict Adolfo Scilingo for the crimes of Genocide and Terrorism and have affirmed the basis for the judgement of the Third Division of the National Court that the acts committed by Adolfo Scilingo constitute crimes against humanity..."

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Fichero AudioEsp - El Tribunal Supremo confirma que el ex oficial naval Adolfo Scilingo cometió crímenes contra la humanidad. (Equipo Nizkor). Radio Nizkor, 09Jul07

"Según notificó la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo en el recurso nº 10049/2006-P, tras la deliberación finalizada el día 3 de julio de 2007, el Pleno jurisdiccional de la Sala Segunda del Tribunal Supremo acordó, por mayoría de 10 votos frente a 5, resolver la casación del caso Silingo con dos sentencias, tal cual se reproduce en el documento adjunto.

La variación más evidente es que se modifica la aplicación de la pena, no utilizando el artículo 607 bis del actual Código Penal, que castiga los delitos de lesa humanidad, y pasa a aplicar la penas concretas previstas por el Código Penal vigente para delitos como el asesinato y la detención ilegal pero considerando que esos delitos "constituyen crímenes contra la Humanidad según el derecho internacional".

Esta forma de decidir la pena coincide con una de las dos alternativas propuestas en el Escrito de conclusiones definitivas calificando los hechos como Crímenes contra la Humanidad presentado por el letrado Antonio Segura el 07 de marzo de 2005, en representación de la Asociación Argentina pro Derechos Humanos - Madrid, al término del juicio oral...

Cabe destacar que todas las otras acusaciones presentes en la Sala y especialmente las encabezadas por los letrados Manuel Ollé, Carmen Lamarca, José Luis Galán y Carlos Slepoy solicitaron la aplicación del tipo de Genocidio y Terrorismo, tipos que fueron en su momento desestimados por la Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional y ahora por el Pleno jurisdiccional de la Sala Segunda del Tribunal Supremo.

Al aplicar este criterio por el Pleno jurisdiccional de la Sala Segunda del Tribunal Supremo se produce un aparente aumento de la pena, ya que si bien ahora ésta se eleva desde los 640 años que establecía la Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional a aproximadamente 1.084 años de condena, la pena efectiva se reduce de los 30 años previstos como límite de cumplimiento en el art. 70.2 del Código Penal, Texto Refundido de 1973 -disposición invocada en el fallo de la sentencia de 19abr05 de la Audiencia Nacional-, a los 25 años previstos en el artículo 76.1.a) del Código Penal en vigencia.

El Pleno jurisdiccional de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, según la notificación que reproducimos, rechazó la pretensión de que se condenara a Adolfo Silingo por el tipo penal de Genocidio y terrorismo y ha mantenido la fundamentación de la sentencia de la Sala III de la Audiencia Nacional de que los actos cometidos por Adolfo Silingo constituyen crímenes contra la humanidad..."

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Abril 2007

Fichero AudioArg - Programa sobre la campaña de intimidación del grupo Vila-Manzano contra abogados de derechos humanos en Mendoza. Radio Nizkor, 25abr07

La situación de intimidación y amenazas a Pablo Salinas y otros abogados de derechos humanos de Mendoza se ha visto agravada a causa de una campaña mediática organizada por el grupo Vila - Manzano, propietario de varios medios de prensa en esa ciudad.

La campaña de intimidación tiene como eje la criminalización de las actividades de derechos humanos, culpando a los abogados de un aumento de la criminalidad en la ciudad de Mendoza y, especialmente, de un crimen ocurrido recientemente.

Esta campaña ha sido instrumentada editorialmente por el diario Uno con una línea editorial claramente intimidatoria, con un lenguaje soez y totalmente irracional, que llega a la descalificación insultante de los abogados de derechos humanos.

Como método para hacer frente a la inseguridad se pretende legitimar socialmente a ex integrantes de las fuerzas armadas y policiales implicados en las organizaciones criminales organizadas por la dictadura militar.

Es de desatacar que varios organismos de derechos humanos nacionales e internacionales cuentan con una detallada información sobre el trabajo de derechos humanos que han llevado adelante este grupo de abogados durante varios años, por lo que han recibido muestras de solidaridad de todos ellos.

Hemos entrevistado a Pablo Salinas, quien explica cómo se está dando esta campaña de intimidación. La entrevista va seguida de un comentario de Gregorio Dionis, Director del Equipo Nizkor.

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Fichero AudioArg - Piden medidas cautelares a la CIDH a causa de las amenazas contra el abogado de derechos humanos Pablo Salinas. Radio Nizkor, 15abr07

Los abogados mendocinos Diego Jorge Lavado, Alfredo Ramón Guevara y Carlos Eduardo Varela, presentaron ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos una solicitud de medidas cautelares a favor de otro Abogado de Mendoza que fue amenazado a causa de su relación con el caso de las cárceles de esta Provincia.

Se trata de Pablo Salinas que mantiene además una relación de colaboración desde hace varios años con el Equipo Nizkor y que ha sido amenazado de muerte en forma directa y creíble.

En el escrito que presentan ante la Comisión Interamericana, los abogados mendocinos dicen que se dan las condiciones de gravedad y urgencia para que la CIDH requiera al Estado argentino la adopción de medidas urgentes tendientes a evitar daños irreparables a la vida e integridad psico-física del abogado Pablo Gabriel SALINAS, de su esposa y sus hijos de 11 - 5 y dos años, así como de un bebé recién nacido.

El día 9 de abril de 2007 Pablo SALINAS recibió en su oficina profesional de la Ciudad de Mendoza una nota enviada por correo y dirigida a su nombre, sin remitente y sin firma...

El día 10 de abril Doctor Pablo Salinas efectuó la denuncia ante la Unidad Fiscal de Delitos Complejos de la Primera Circunscripción Judicial de Mendoza, donde quedó registrada y caratulada, como corresponde procesalmente en estos casos.

Cabe reseñar que desde que comenzó a ejercer la profesión de abogado en la provincia de Mendoza, Pablo SALINAS se ha dedicado primordialmente a la materia penal, tanto en la representación de personas acusadas como a víctimas de delitos, fundamentalmente relacionados con violencia policial y crímenes cometidos durante la dictadura...

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Fichero AudioArg - Un policía asesina a un profesor de química en una manifestación de docentes en huelga. Radio Nizkor, 08abr07

Darío Poblete es un cabo primero que integra los grupos especiales de la policía de Zapala. Ayer fue detenido y acusado de asesinar al profesor Carlos Fuentealba con un disparo de su escopeta lanzagases. Poblete ya sabe lo que es estar en la mira de la justicia: tiene dos condenas por maltratar a detenidos, la última de ellas la recibió en diciembre del año pasado. Sin embargo seguía en la calle, con uniforme y armas a su disposición...

Poblete (31 años) fue detenido a la 1 de la mañana a pedido de la fiscal de Graves Atentados contra las Personas, Sandra González Taboada. A las cinco de la tarde se sentó frente al juez Piana, quien le informó que está acusado de "homicidio simple".

Según la imputación, en la mañana del 04abr07;ana, en Arroyito, le disparó con su escopeta lanzagases a Fuentealba, quien ocupaba el asiento trasero de un Fiat 147. El profesor, que se alejaba del piquete que habían intentado instalar los docentes, recibió el impacto en el cráneo y murió al día siguiente...

Las fuentes judiciales consultadas revelaron que a través de docentes que declararon como testigos, filmaciones y partes policiales, la fiscal González Taboada logró identificar a un grupo de policías entre los que podría estar el autor del disparo fatal.

Cinco de esos policías le dieron a la fiscal un dato clave: en su vehículo de trasporte había un efectivo que no pertenecía a su grupo... La estricta disciplina de los grupos especiales impide que un policía se integre a un grupo ajeno. Por eso les llamó tanto la atención que Poblete rompiera filas e intentara escabullirse entre otros uniformados...

El formato Real Media de este fichero, permite visualizar documentos de análisis contextual sincronizadamente con el audio. Esto es posible con el programa Real One Player. Más Información.

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Marzo 2007

Fichero AudioArg - Corrupción, nepotismo, clientelismo y racismo se unen para atacar la libertad de prensa en Santa Elena (Entre Ríos). Radio Nizkor, 27mar07

Carlos Elías Furman tiene 33 años, valentía para criticar a un poder inescrupuloso y sensatez para temer.

Furman es periodista y desde que le balearon la casa permanece virtualmente refugiado en el Hotel Libertad de la entrerriana ciudad de Santa Elena, donde conduce un programa radial cuyo nombre, de entrada, ya incomoda. El espacio se llama "El destape de la olla".

Furman ha denunciado en su programa las prácticas de corrupción, nepotismo y clientelismo propias del intendente de Santa Elena, Domingo Daniel Rossi, que fue también vicegobernador de la Provincia de Entre Ríos y que ha sido condenado a 3 años de prisión condicional por enriquecimiento ilícito después de que la justicia determinara la existencia de cuentas millonarias a su nombre y de su familia en bancos de la República Oriental del Uruguay. También ha sido inhabilitado para ejercer cargo público durante 8 años...

Carlos Furman recibió golpizas de patoteros en la calle en dos oportunidades, su casa fue baleada en cinco ocasiones, y hace poco se distribuyó un panfleto en Santa Elena con esta inscripción, alrededor de una cruz svástica: "Año nuevo judío. Muerte a Carlos Furman". Gritarle "judío de mierda", "andate o sos boleta" se ha convertido en un deporte para los acólitos del intendente Rossi...

Radio Nizkor ha entrevistado a Carlos Furman acerca de la grave situación de amenazas y hostigamientos contra su persona, así como de los hechos que han motivado estos atentados contra la libertad de prensa y contra el propio periodista en esta zona del interior de Argentina.

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Fichero AudioArg - El Fiscal Beades rechaza el recurso del intendente de Santa Elena (Entre Ríos). Radio Nizkor, 27mar07

"El fiscal del Superior Tribunal de Justicia (STJ), Jorge Beades, se pronunció en contra de la concesión del recurso extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, planteado por el abogado de Domingo Daniel Rossi, Julio Federik, en queja por la condena a prisión condicional por enriquecimiento ilícito, dispuesta por la justicia entrerriana al intendente de Santa Elena -y actual candidato del PJ por la cuarta reelección-, después de que se determinara la existencia de cuentas millonarias a su nombre y de su familia, en bancos de la República Oriental del Uruguay...

La decisión final la tendrán ahora los vocales de la Sala Penal del STJ. En primer orden tiene que emitir su voto Carlos Chiara Díaz, pero no podrá concretarlo la semana próxima, puesto que se encuentra en uso de licencia. Luego se sumarán los votos de Daniel Carubia y Bernardo Salduna, quien reemplaza a Miguel Carlín, vocal que siempre se excusó en la causa Rossi, por haber sido senador provincial del PJ en tiempos en que el actual intendente de Santa Elena era vicegobernador, secundándolo a Jorge Busti. Si los vocales confirman el pronunciamiento de Beades, la sentencia quedará firme y Rossi tendrá que dejar el cargo de intendente, ya que tendrá que cumplir la condena de tres años de prisión condicional y 8 años de inhabilitación para ejercer cargos públicos. Cabe recordar que Rossi se presenta nuevamente como candidato a intendente de su ciudad, por el PJ, en las elecciones del domingo 18 de marzo y su esposa, Patricia Díaz, está postulada a diputada provincial por el Departamento La Paz. O sea que si gana las elecciones, no podrá asumir en el cargo."

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Fichero AudioArg - La FM "2 de Octubre" de Santa Elena, Entre Ríos, está amenazada de cierre. Radio Nizkor, 27mar07

"La consigna es «no a la censura» y lo único que hay que hacer para apoyar la resistencia a la más enfermiza expresión del patoterismo entrerriano es llamar al 03437- 480206 y solidarizarse con la radio, repudiando a los represores".

"Los llamados desde todo el país y el extranjero, expresando el apoyo del colectivo periodístico nacional e internacional con la radio 2 de Octubre están haciéndose oír... La situación es desesperante y tal vez mañana la radio ya no esté al aire"...

"Los patoteros del intendente Domingo Daniel Rossi, iniciaron ayer un operativo de amenazas a punta de pistola contra periodistas de la FM 2 de Octubre... Envalentonados por un nuevo triunfo electoral el domingo pasado, dicen que van a "subastar" la radio. Como ya lo hicieron en los 90 con el frigorífico que era fuente laboral de toda la comunidad..."

Se solicita solidaridad con el plantel de periodistas de radio 2 de Octubre, que arriesgan su integridad física defendiendo la libertad de expresión y denunciando la corrupción en Santa Elena.

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Febrero 2007

Fichero AudioArg - La Corte Suprema intima al Gobierno a dar solución a la cuestión de la cárcel de Mendoza. (Abogados de DDHH; Diario "Los Andes" de Mdza., Argentina). Radio Nizkor, 16feb07

La Corte Suprema de Justicia de Argentina, en un fallo emitido el 13de febrero de 2007, intimó al Estado Nacional a que en un plazo de veinte días resuelva la crítica situación carcelaria de la provincia de Mendoza.

La Corte estimó que "la gravedad de la reiteración de los hechos que se denuncian, la ausencia de control y dominio adecuado en la Penitenciaria - presupuestos de la existencia de aquéllos -, exigen de ella el ejercicio del control encomendado a la justicia sobre las actividades de los otros poderes del Estado."

La Corte Suprema señala que "en la sentencia dictada el 30 de marzo de 2006, la Corte Interamericana de Derechos Humanos le indicó al Estado Argentino que las razones de derecho interno no podían justificar la falta de adopción de las medidas conducentes para superar la situación existente..."

Es la segunda vez que la Corte Suprema interviene para garantizar el cumplimiento del compromiso asumido por el Estado ante la CIDH, si bien en setiembre de 2006 los magistrados se limitaron a requerir información de los gobiernos nacional y provincial sobre las acciones que habían realizado para resolver la crítica situación, y en esta ocasi&iocute;n directamente les fijaron un plazo para concretarlas...

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Fichero AudioArg - Comunicado de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos sobre la necesidad de investigar los crímenes de la Triple A. (APDH, Buenos Aires). Radio Nizkor, 16feb07

La tarea permanente de la defensa integral de los DDHH obliga a otorgar una alta prioridad a la lucha a través de la Justicia contra la impunidad de los responsables de crímenes de lesa humanidad, perpetrados bajo diversas formas de terrorismo de estado. Memoria, Verdad y Justicia han sido las tres nociones fundamentales que han guiado el quehacer de todos los organismos de DDHH de la Argentina a lo largo de más detres décadas...

No cabe duda que si se mantiene la impunidad en relación a los crímenes de lesa humanidad perpetrados en el marco del Terrorismo de Estado, poco pueden esperar de la justicia quienes integran nuestra sociedad...

Es hora de llevar a la Justicia a los responsables de los crímenes de Estado de lesa humanidad, cometidos por la TRIPLE A y por organizaciones de similares características que existieron en varias provincias argentinas...

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Enero 2007

Fichero AudioEsp/Arg - La ingeniería procesal de la Audiencia Nacional deja en libertad a Miguel Angel Cavallo, responsable de crímenes contra la humanidad. (Equipo Nizkor). Radio Nizkor, 30ene07

En un comunicado hecho público el 26dic06 bajo el título “Hay razones procesales para suponer que el oficial naval Miguel Angel Cavallo quedará en libertad”, el Equipo Nizkor actualizaba el estado del caso a tenor del auto de 20dic06 por el que la Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, integrada por los magistrados Alfonso Guevara Marcos (Presidente), Ricardo Rodríguez Fernández y Fermín Javier Echarri Casi, se declaraba incompetente para juzgar a Cavallo e invitaba a las autoridades Argentinas, una vez más, a solicitar formalmente su extradición.

En este comunicado desarrollábamos la historia procesal del caso desde que el 03oct03 se dictara el primer auto de conclusión del sumario, es decir, desde que se decretara la terminación de la etapa de investigación respecto del procesado. Exponíamos asimismo una serie de conclusiones a tenor del auto de 20dic06 mencionado. El análisis de la situación creada por la Sección Tercera de la AN mediante ese auto permitía concluir que la consecuencia probable del mismo sería la libertad del procesado.

Pues bien, la Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional puso ayer, 29ene07, en libertad a Cavallo, al haber expirado el plazo legal de 40 días concedido a Argentina para remitir la documentación de cara a su extradición, y ello a pesar de que esa resolución no es firme, pues fue recurrida ante el Tribunal Supremo.

El 30ene07, Cavallo compareció a primera hora, voluntariamente, ante el juez de instrucción de la Audiencia Nacional Fernando Andreu. Lo hizo acompañado de su abogado, Fernando Pamos de la Hoz.

El juez, tras comprobar la existencia de una orden de prisión dictada contra Cavallo el pasado 27 de diciembre de 2006 por el titular del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal número 12 de Buenos Aires, Sergio Torres, que le ha procesado en relación con cinco causas criminales, procedió a decretar la prisión de Cavallo, en el marco de este procedimiento de extradición...

Es evidente la clara intención de romper la unidad procesal que tiene el dejar en libertad a Cavallo, el cual al presentarse “voluntariamente” entra de lleno en lo que se denomina una extradición pasiva y además sin relación procesal entre los dos procedimientos...

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Diciembre 2006

Fichero AudioEsp/Arg - Hay razones procesales para suponer que Ricardo Miguel Cavallo quedará en libertad. (Equipo Nizkor). Radio Nizkor, 27dic06

Desde que el 16 de febrero de 2005 el Juzgado Central de Instrucción Núm. 5 de la Audiencia Nacional española decretara mediante auto la conclusión del sumario respecto de Ricardo Miguel Cavallo, y con ello el término de la etapa de instrucción, el procedimiento ha estado plagado de tácticas dilatorias encaminadas a agotar el plazo máximo de prisión preventiva del procesado sin que se llegue a la celebración del juicio oral, o, en todo caso, sin que se le haya notificado fehacientemente una sentencia condenatoria.

Recordemos que ya el 03oct03, el Juzgado Central de Instrucción Núm. 5 había dictado auto de conclusión del sumario respecto de Ricardo Miguel Cavallo, el cual fue devuelto por la Sala a efectos de despejar, vía rogatoria, la cuestión de los procesos abiertos en la República Argentina.

Desde que se decretara nuevamente el cierre de la instrucción en febrero de 2005, los hitos más importantes en esa dilación directamente relacionados con la fase intermedia (previa al juicio oral) del procedimiento que se sigue contra Cavallo, son sendas Comisiones Rogatorias acordadas mediante providencia de 03nov05 y auto de 27 jun06, en las que la Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, básicamente, invita a las autoridades argentinas a solicitar su extradición a las españolas.

Ambas comisiones se producen a instancias de la defensa del procesado y en coordinación con actuaciones procesales concretas en instancias tanto de la fiscalía como de la judicatura argentina...

Otro hecho dilatorio de extrema importancia viene dado por los recursos de casación que varias acusaciones populares y particulares anuncian entre el 26 de abril y el 12 de mayo de 2005 contra la sentencia por crímenes contra la humanidad recaída el 19 de abril de 2005 en el caso Adolfo Scilingo Manzorro...

A modo de conclusión podemos decir que:

  • 1) La Sección Tercera de la Sala de lo Penal deja en indefensión a las acusaciones toda vez que cualquier recurso al Tribunal Supremo superará el plazo de prisión provisional del oficial naval Miguel Angel Cavallo que vence en el mes de junio de 2007

  • 2) La Sección Tercera de la Sala de lo Penal proveyó el auto que estamos comentando en el convencimiento de que el momento oportuno eran las vaciones de Navidad en España y las vacaciones estivales en Argentina.

  • 3) La Sección Tercera de la Sala de lo Penal olvidó, ignoró y dejó fuera del procedimiento a las más de 600 víctimas españolas reconocidas en la sentencia condenatoria del oficial naval Adolfo Scilingo, muchas de las cuales fueron asesinadas en la ESMA...

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Fichero AudioEsp - La Clínica de Derechos Humanos de la Facultad de Derecho de la Universidad de Yale presenta un Amicus Curiae apoyando la sentencia del caso Scilingo. Radio Nizkor, 27dic06

El pasado 14 de diciembre de 2006, la Allard K. Lowenstein International Human Rights Clinic de la Facultad de Derecho de la Universidad de Yale, presentó un Amicus Curiae ante el Tribunal Supremo, apoyando la sentencia condenatoria recaída el 19 de abril de 2005 en el caso del Oficial Naval Adolfo Scilingo.

El trabajo fue realizado a solicitud del Equipo Nizkor y presentado como Anexo al escrito de alegaciones que ese mismo día, la Asociación Argentina Pro Derechos Humanos de Madrid, presentó en defensa de la sentencia ante la Sala Segunda de lo Penal del Tribunal Supremo que deberá conocer de los recursos de casación interpuestos por la defensa del condenado Adolfo Scilingo y por varias acusaciones populares y particulares que han recurrido la sentencia por crímenes contra la humanidad que le condenó...

El Amicus Curiae presentado por la Clínica de Derechos Humanos de la Facultad de Derecho de la Universidad de Yale, en sus conclusiones afirma lo siguiente:

“España tiene la obligación bajo el derecho internacional de enjuiciar a los perpetradores de crímenes contra la humanidad, genocidio y crímenes de guerra. Scilingo es responsable de crímenes que, de manera exacta y apropiada, se califican como crímenes contra la humanidad. Estos crímenes no pueden caracterizarse dentro de la definición de genocidio. La sentencia de la Audiencia Nacional ha establecido la responsabilidad por los actos en cuestión... Los crímenes de la campaña del régimen militar no responden a los elementos del crimen de genocidio, y los actos de Scilingo (actus reus) y su intencionalidad (mens rea) no reúnen los requisitos de genocidio..."

El Equipo Nizkor pondrá a disposición en su sitio web documental una copia del texto original de este Amicus Curiae y su versión en idioma español.

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Fichero AudioEsp/Arg - Anuncian que recurrirán la resolución declinatoria de jurisdicción en el caso Cavallo. (Asociación Argentina Pro Derechos Humanos-Madrid). Radio Nizkor, 27dic06

"La AAPDH-M, recurrirá la decisión de los jueces de la Sala III que declinan en la jurisdicción argentina el enjuiciamiento del marino argentino Cavallo fundamentalmente por el momento procesal en la que se realiza, al faltar sólo seis meses para que se agote el plazo de su prisión preventiva, tanto en España como en Argentina, lo que deja a las víctimas en situación de total indefensión.

En efecto, basados en el Convenio de Extradición y Cooperación Judicial entre la República Argentina y el Reino de España, se utiliza la figura de la extradición pasiva, por la que se le comunica al reo su probable extradición y si éste accede, se lo extradita. En el caso de que no accediese comenzaría un juicio de extradición que puede durar un año largo. Dado que la defensa de Cavallo ha solicitado y logrado que se lo envíe a Argentina para ser juzgado allí, todo indica que aceptará ser extraditado.

Ahora bien, tanto en uno u otro caso, e incluso si desde Argentina no se solicitara su extradición, a Cavallo se le vence el plazo de la prisión preventiva dentro de seis meses, por lo que todo vuelve a indicar que ... Cavallo podría quedar en libertad provisional en uno u otro país..."

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Octubre 2006

Fichero AudioArg - Análisis y comentario sobre el uso de la figura de crímenes contra la humanidad por los tribunales argentinos. Radio Nizkor, 10oct06

La Sala II de la Cámara Nacional de Casación Penal de Buenos Aires anuló el 15sep06 el indulto otorgado en su día por el Presidente Menem al General de División (R.) Santiago Omar Riveros. La nulidad se basa en a calificación de los hechos como de crímenes contra la humanidad. Con ello se deja vía libre para que prosiga la sustanciación de la causa en su contra, al tiempo que se lleva a la Corte Suprema la decisión última sobre la inconstitucionalidad de los indultos.

Recordemos que el 5sep06 el Juzgado Criminal y Correccional Federal No. 5 de Buenos Aires anuló el indulto al General Videla, y que un día antes, el 4sep06, la misma instancia anuló también los indultos otorgados al Ministro de Economía Martínez de Hoz y al General Harguindeguy. En ambas resoluciones se aplicó la figura de crímenes contra la humanidad, como también hiciera, el 25jul06, el Juzgado Criminal y Correccional Federal Nro. 3 de Buenos Aires, al declarar la inconstitucionalidad del indulto a los uruguayos José Nino Gavazzo, Jorge Silveira, Manuel Cordero y Hugo Campos Hermida.

A su vez, el 14jun05 la Corte Suprema, a raíz del caso Poblete, declaró nulas las leyes de impunidad, también usando la fundamentación de crímenes contra la humanidad. Como consecuencia, el 11ago06, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal nº 5 de la Capital Federal condenó en ese caso al suboficial (R) de la Policía Federal argentina, Julio Héctor Simón, también conocido como "Turco Julián", por su responsabilidad en la comisión de ese tipo de crímenes...

Lo destacado de la resolución de nulidad del indulto otorgado al General de División (R.) Santiago Omar Riveros, es que se trata de un fallo de la Cámara Nacional de Casación Penal, pero sobre todo, destaca este fallo por introducir una fundamentación racional, y bien sistematizada, del principio de imprescriptibilidad de los crímenes contra la humanidad, esto es, que los responsables de los mismos pueden ser enjuiciados cualquiera que sea la fecha de comisión de los crímenes...

En la primera parte de este programa se analiza la aplicación de esta figura por parte de los tribunales argentinos; este análisis incluye una explicación de la diferencia entre crímenes contra la humanidad y genocidio.

La segunda parte, a partir del minuto 12 aproximadamente, contiene un comentario de Gregorio Dionis, Director del Equipo Nizkor, acerca de los argumentos que está utilizando la defensa de los militares afectados por estas causas, principalmente en el caso Riveros, y un análisis de las cuestiones de fondo, en el ámbito de la aplicación del derecho internacional y de la lucha contra la impunidad, que se están dirimiendo ante los tribunales argentinos. Todo ello a la luz de la última jurisprudencia internacional. Gregorio Dionis explica también el porqué de lo adecuado de la figura de crímenes contra la humanidad al caso argentino.

El formato Real Media de este fichero, permite visualizar documentos de análisis contextual sincronizadamente con el audio. Esto es posible con el programa Real One Player. Más Información.

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riveros Haz click aquí REAL PLAYER Haz click aquí MP3 00:32:17 ESL/SPA


Julio 2006

Fichero AudioArg - El Turco Julián es el segundo procesado en llegar a juicio oral después de la nulidad de las leyes de impunidad. (International Press Service). Radio Nizkor, 11jul06

"Casi 28 años después de que la dictadura secuestró a José Poblete, a su esposa Gertrudis Hlaczik y a su hija, Claudia, la justicia argentina pudo comenzar el juicio a uno de sus captores. El entonces joven técnico tornero, al que le faltaban las dos piernas, sufrió un ensañamiento inusitado.

Poblete fue secuestrado en noviembre de 1978 en la oriental provincia de Buenos Aires. Casi al mismo tiempo se llevaron de su casa a su esposa y a la hija de ambos, de sólo ocho meses y quien luego fue entregada en adopción ilegal a un militar. Claudia fue identificada sólo 20 años después, pero sus padres aún permanecen desaparecidos.

Los acusados por este episodio son Julio Simón, alias "Turco Julián", hoy un suboficial retirado de la Policía Federal, y Antonio del Cerro, alias "Colores", el agente de inteligencia policial que falleció en abril cuando estaba encarcelado por otro delito..."

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Fichero AudioArg - Dio comienzo en La Plata un nuevo juicio oral contra el jefe policial Etchecolatz. Radio Nizkor, 11jul06

"Fue condenado en 1986 por torturar a decenas de prisioneros de la dictadura argentina, pero al año siguiente quedó libre gracias a una ley de impunidad. Se trata del ex jefe policial Miguel Etchecolatz, quien 20 años después inauguró el retorno de los represores a los tribunales de la democracia.

El Tribunal Oral Federal 1 de La Plata, la capital de la oriental provincia de Buenos Aires, comenzó a enjuiciar a Etchecolatz..., paso que fue posible porque en junio de 2005 la Corte Suprema de Justicia declaró inconstitucional las llamadas leyes de Punto Final y de Obediencia Debida..."

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Junio 2006

Fichero AudioArg - Asesinan dentro de la cárcel de Mendoza a varios testigos del Motín de marzo de 2000. (Abogados de DDHH; Diario Uno de Mdza.; Diario Clarín de Buenos Aires). Radio Nizkor, 21jun06

La cárcel de Mendoza sumó otros tres presos al interminable listado de asesinados (28 en dos años), al que se agrega, además, la polémica muerte por ahorcamiento del menor condenado a perpetua Ricardo Videla.

El sábado 17 de junio, Sebastián Hormazábal apareció apuñalado en una celda individual a la que había sido trasladado por supuesta seguridad. Al día siguiente, Diego Antonio Ferranti y Gerardo Gómez, que habían participado del conocido como Motín Vendimial el 3 de marzo de 2000, terminaron asesinados a puñaladas en uno de los pabellones de máxima seguridad después de haber sido trasladados de la cárcel de Neuquén a la de Mendoza.

En la cárcel de Neuquén se encontraban por razones de seguridad y fueron trasladados por orden judicial debido a que el 20 de junio debían declarar ante la Justicia por el Motín Vendimial.

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Fichero AudioIta/Arg - Conferenza stampa tenutasi a Roma in relazione all'apertura del processo Esma che vede coinvolti alcuni militari argentini. (Audio della conferenza Manlio Massucci). Radio Nizkor, 23lug06 (conferenza stampa: 08giu06)

Pubblichiamo il file audio della conferenza stampa tenutasi a Roma (Palazzo Valentini Sala Placido Martini giovedì 8 giugno 2006 - ore 16.00) in relazione all'apertura del processo Esma che vede coinvolti alcuni militari argentini, tra cui Astiz e Massera, accusati del sequestro e della sparizione di alcuni cittadini italiani.

E.S.M.A.: Processo a Roma contro i militari argentini. Da questa caserma della Marina militare, sita nel centro di Buenos Aires, sono passate 5.500 persone, delle quali 4.400 sono state uccise e buttate in mare con i "voli della morte". Il 9.6.1999 è stata riaperta l'inchiesta contro cinque ufficiali argentini per gli omicidi di Angela Aieta Gullo, e di Giovanni e Susana Pegoraro. Nel giugno 2001, su richiesta del PM Francesco Caporale, uno di loro, il capitano Alfredo Astiz, è stato arrestato dalla Polizia argentina. Anche se la carcerazione di Astiz è durata solo alcuni mesi, è importante segnalare quest'episodio perché è stata la prima volta che un militare argentino è stato arrestato dando seguito ad una richiesta della magistratura europea. L'indagine italiana è andata avanti e per cinque militari argentini sono stati rinviati a giudizio il 5.4.2006. La prima udienza dibattimentale è stata convocata per il mercoledì 8 giugno 2006 alle ore 10.30 nell'Aula Bunker di Rebibbia. Nella conferenza stampa gli avvocati e le parti civili illustreranno l'esito dell'udienza. Presenta: Massimiliano Massimiliani, Provincia di Roma Intervengono: Dante Gullo, parte civile Marcello Gentili, avvocato parte civile Giancarlo Maniga, avvocato parte civile Ernesto Magorno, Provincia di Cosenza Titta Madia, Avvocato della Regione Calabria Jorge Ithurburu, Centro Relazioni Internazionali

Audio della conferenza: Manlio Massucci.

Post production and online posting by Radio Nizkor.

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Marzo 2006

Fichero AudioArg - Presentan denuncia penal contra el Juez Walter Bento, quien manipuló mediáticamente presuntas detenciones de represores. Radio Nizkor, 25mar06

Tras las informaciones vertidas en medios de prensa argentinos en el sentido de que el juez Walter Bento de Mendoza había arrestado a varios represores, Pablo Salinas, abogado de derechos humanos de esta ciudad nos informa que tales afirmaciones son falsas y que el juez Walter Bento, únicamente ordenó la detención de un represor que, por la edad, no ingresará en prisión. Además este juez se encuentra denunciado por haberse declarado incompetente y enviado las causas por desaparecidos de Mendoza a Córdoba.

Ante el anuncio falso del juez Bento de que había arrestos en Mendoza y de que había imputado a represores, lo que logró el juez con ello es advertir a los represores de que pueden ser detenidos, de modo que puedan tomar las medidas a su disposición para evitar la acción de la justicia.

Este incidente ha motivado que los organismos y familiares de desaparecidos de Mendoza hayan interpuesto una denuncia penal contra el juez Walter Bento por violación de secretos...

Pablo Salinas, nos informa además del estado de las causas por los desaparecidos durante la dictadura en esa provincia argentina.

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Fichero AudioArg - Reportaje a Eduardo Tindiglia sobre el caso Carlos Davit, asesinado en 1975 en Bahía Blanca. Radio Nizkor, 23mar06

En este reportaje Eduardo Tindiglia nos habla del acto organizado en homenaje a Carlos Davit, cruentamente asesinato en 1975 en Bahía Blanca. Carlos Davit estudiaba en la Universidad del Sur y era un reconocido activista estudiantil. Eduardo explica cómo se produjeron los hechos y el trabajo de reconstrucción de la memoria de las víctimas en Bahía Blanca.

Eduardo es entrevistado por Gregorio Díaz Dionis, Director del Equipo Nizkor, quien en esa época vivió directamente los acontecimientos de que se habla y quien expone en detalle el contexto y modus operandi de la represión en Bahía Blanca.

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Fichero AudioArg - Entrevista a Antonio Cartañá sobre la campaña de apoyo al cierre de la cárcel de Guantánamo. Radio Nizkor, 21mar06

Radio Nizkor ha entrevistado a Antonio Cartañá, miembro del Observatorio Internacional de Prisiones de Argentina y del Instituto Interamericano de Ombudsman, acerca de la campaña para el cierre de Guantánamo.

Antonio Cartañá nos habla de la no observancia, por parte de Estados Unidos, de las medidas aprobadas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en favor de los presos de Guantánamo, así como de la permanente violación de la aplicación de las normas del debido proceso y la política de estado de excepción que supone el sistema de Guantánamo.

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Diciembre 2005

Fichero AudioArg - Entrevista a Pablo Salinas sobre una decisión arbitraria del Juzgado Federal nº 1 de Mendoza. Radio Nizkor, 05dic05

Abogados representantes del Movimiento Ecuménico de Derechos Humanos de Mendoza han presentado un escrito de apelación contra una resolución arbitraria dictada por el Juez Walter Bento (Juzgado Federal nº 1 de Mendoza). Dicho juez, mediante resolución de fecha 17nov05, se ha declarado incompetente para juzgar los crímenes cometidos en Mendoza durante la dictadura militar y que por su carácter sistemático y a gran escala constituyen crímenes contra la humanidad.

Los abogados de derechos humanos alegan que dicho fallo adolece de nulidad por inconstitucional y arbitrario.

En esta entrevista Pablo salinas, uno de los abogados del caso, explica la deción judicial y los motivos en que fundamentan la nulidad de la misma.

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Noviembre 2005

Fichero AudioArg/Esp - Detienen en Galapagar (Madrid) a Fotea Dimieri, integrante del Grupo de Tareas que dirigía Guglielminetti. Radio Nizkor, 26nov05

"Agentes de la Dirección General de la Policía adscritos al Servicio de Interpol detuvieron el 24 de noviembre en la localidad de Galapagar, cercana a Madrid, a Juan Carlos Fotea Dimieri, un ex policía argentino acusado de crímenes durante la dictadura militar.

Contra el antiguo integrante de la Policía Federal de ese país, de 55 años y nacionalidad argentina, existía una reclamación de la justicia argentina por el secuestro y asesinato del escritor y periodista Rodolfo Walsh, ocurrido el 25 de marzo de 1977.

Según informaron fuentes judiciales, la policía española se ha limitado a hacer efectiva una orden de detención dictada por el juez federal Sergio Torres el pasado 28 de octubre de 2005.

Juan Carlos Fotea Dimieri era conocido con el alias de "Lobo", "Fernando". Fue responsable del sector de Operaciones del grupo encabezado por Raúl Antonio Guglielminetti, más conocido por su Alias de Mayor Guastavino, quien fuera detenido en el aeropuerto internacional de Barajas, en Madrid, en febrero de 1985, llevando consigo un millón de dólares en efectivo y que, por este hecho, fuera extraditado a la República Argentina..."

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Fichero AudioEsp/Arg - Comentario sobre la decisión de suspender el Juicio Oral en el caso Cavallo. (Equipo Nizkor). Radio Nizkor, 26nov05

"El día 03 de noviembre de 2005 la Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional dictó una providencia donde resolvía lo siguiente en solo una línea de texto: “Se suspende la tramitación de la causa hasta tanto se reciba cumplimentada la Comisión Rogatoria”. Es evidente que decidió utilizar la providencia para evitar el engorroso y poco útil método de la fundamentación en el caso de una medida de esta naturaleza.

Pero esto ocurrió exactamente el mismo día en que el Pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional llegó a un acuerdo de reinterpretación de la Sentencia del Tribunal Constitucional con relación al caso Guatemala [STC 237/2005, de 26 de septiembre de 2005].

Este acuerdo, que reinterpreta una sentencia del más alto tribunal español, puede ser calificada de extemporánea en la medida que excede la naturaleza de un pleno de la Audiencia y el propio procedimiento de interpretación de una sentencia, pero es que además, a la decisión le cabe perfectamente el calificativo de “torticera”..."

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Fichero AudioArg - Denuncian el uso desproporcionado de la fuerza policial en Bariloche. Radio Nizkor, 26nov05

Varias organizaciones sociales y de derechos humanos se han dirigido a las autoridades políticas y judiciales de la Provincia de Río Negro denunciando el uso desproporcionado de la fuerza por parte de las fuerzas de seguridad, concretamente los atentados contra la integridad física y las detenciones arbitrarias que se están produciendo, viviéndose un estado de amenaza permanente e intimidatoria (se detiene a los jóvenes en la calle, se les pega, se les impide la libre circulación por la vía pública, se irrumpe en las casas sin ordenes de allanamiento, se golpea a la gente que encuentran en ellas, se destrozan sus pertenencias, se los expone a situaciones de total vejación, se revisa a los alumnos a la entrada de las escuelas, y demás situaciones irregulares).

Las organizaciones denuncian que esta actuación se centra en los sectores más vulnerables: niños, adolescentes y jóvenes de de los barrios de El Alto...

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Octubre 2005

Fichero AudioEsp/Arg - Se retrasa al menos hasta principios de diciembre el juicio oral en el caso Cavallo. (Equipo Nizkor). Radio Nizkor, 15oct05

Según informaciones provenientes de fuentes solventes, cercanas a la Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, el juicio oral en el caso Cavallo se retrasará al menos 40 días respecto de la fecha prevista por el Juez Ponente.

La sala, en una nota de 19 de julio de 2005, había establecido como fecha de comienzo del juicio oral el 17 de octubre de 2005. Según las nuevas estimaciones procesales, el comienzo del juicio, en todo caso, no tendría lugar antes de principios de diciembre.

Una de las causas de esta demora es la aceptación de una nueva Acusación Popular como parte en el procedimiento...

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Agosto 2005

Fichero AudioArg - Dirigentes de la Sociedad Rural defienden a responsables de crímenes contra la humanidad (Equipo Nizkor; Comisión de Derechos Humanos de Corrientes). Radio Nizkor, 29ago05

La nulidad definitiva de las leyes de Punto Final y Obediencia Debida, operada por la sentencia de la Corte Suprema Argentina de 14jun05, comienza a mostrar sus efectos en las organizaciones sociales que apoyaron el proyecto de exterminio durante la dictadura militar.

Una de las más representativas en cuanto a este apoyo incondicional, fue la Sociedad Rural Argentina, residuo social e histórico de la oligarquía, y que representa los importantes intereses de los terratenientes. Conforman éstos una clase social con un poder desproporcionado y que reproduce una cultura de la tierra similar en sus valores al nacionalismo agrario alemán... Su concepto de Estado-Poder tiene que ver con las viejas teorías del imperio Austro-Húngaro...

El pasado 21ago05, durante la inauguración de la Feria Rural de Corrientes, el Presidente de la Sociedad Rural Correntina, Oswaldo Benítez, hizo explícito su apoyo al ex jefe de Inteligencia del Área Militar 231 y dirigente ruralista, Juan Carlos De Marchi, cuyo procesamiento por crímenes cometidos durante la dictadura fue decretado el 12may05 por el Juez Soto Dávila...

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Fichero AudioEsp/Arg - El juicio oral en el Caso Cavallo podría dar comienzo el 17 de octubre de 2005. (Equipo Nizkor). Radio Nizkor, 14ago05

La previsión que la Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional española tiene con relación al juicio oral en el Caso Cavallo es que comience aproximadamente el 17 de octubre de 2005.

Esta previsión se considera realista, toda vez que la fiscalía ya dio por cerrado el sumario...

El caso del Teniente de Navío Ricardo Miguel Cavallo es el segundo que llega a juicio oral en España y que atañe a un oficial de la Marina de Guerra argentina, perteneciente además a los oficiales que estuvieron en el centro de exterminio de la Escuela de Mecánica de la Armada.

El 03oct03, el JCI Núm. 5 dictó tauto de conclusión del sumario respecto de Ricardo Miguel Cavallo, el cual fue devuelto por la Sala a efectos de despejar, vía rogatoria, la cuestión de los procesos abiertos en la República Argentina.

Una vez solucionado este incidente, se dictó un nuevo auto de conclusión del sumario el 16feb05 quedando, por lo tanto, listo para la etapa de Juicio Oral...

El Gobierno argentino parece haber dado por perdida la posibilidad de trasladar al oficial a naval a Buenos Aires para su juzgamiento o, al menos, eso es lo que se deduce de la situación procesal actual y de que el problema ya fue analizado por tres jueces federales argentinos. El último fue el juez Claudio Bonadio. Ninguno encontró solución procesal a la cuestión...

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Fichero AudioArg - Programa especial sobre la detención de criminales de guerra serbios en Argentina. (Equipo Nizkor). Radio Nizkor, 14ago05

Los documentos relacionados con el juicio, o procedimiento de extradición, del criminal de guerra Nebojsa Minic ya fueron entregados al juez Alfredo Manuel Rodríguez, titular del juzgado federal número 3 de Mendoza, Argentina. El paramilitar serbio Nebojsa Minic había ingresado en 2003 de manera ilegal en Argentina proveniente de Chile y había falsificado tres veces su pasaporte, de acuerdo a su propia confesión...

Según fuentes del Equipo Nizkor, las pruebas existentes en el Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia, con sede en la Haya, han sido aportadas para sustentar la solicitud de extradición de Minic efectuada por la República de Serbia y Montenegro...

El pasado 1 de junio, un grupo de abogados defensores de derechos humanos presentó una denuncia para que Minic fuera detenido y juzgado por crímenes contra la humanidad. Además, la fiscalía de la ciudad Mendoza, recibió instrucciones para acusar y procedió a pedir al juez la investigación del caso desde el punto de vista del derecho interno argentino. No obstante, existe un temor fundado de que el juez Alfredo Manuel Rodríguez utilice argucias jurídicas para dejar en libertad a Nebojsa Minic...

Por otra parte, un segundo criminal de guerra, el serbio Milan Lukic, acusado de crímenes de guerra, fue detenido el lunes 8 de agosto en la capital argentina a solicitud del Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia. La Justicia argentina también recibió desde Serbia un pedido de extradición referido a la misma persona...

El Director del Equipo Nizkor comenta acerca de estos casos y de los diferentes escenarios judiciales que se presentan, ello dentro del contexto más amplio marcado por la presencia, en territorio argentino, de varios criminales de guerra de los Balcanes con perfil similar.

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Fichero AudioEsp - Comentario sobre la sentencia del Tribunal Supremo en el caso de las extradiciones de más de 30 militares argentinos y un civil. (Equipo Nizkor). Radio Nizkor, 09ago05

El pasado 17 de mayo de 2005 la sección sexta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo votó una sentencia sobre la cuestión de las extradiciones de más de 30 militares argentinos y un civil; estas extradiciones habían sido solicitadas por el titular del Juzgado de Instrucción Núm. 5 de la Audiencia Nacional de Madrid, a petición de algunas de las acusaciones populares.

Esta sentencia anula el Acuerdo de fecha 29 de Agosto de 2003 adoptado por el Consejo de Ministros, bajo el Gobierno del ex Presidente José María Aznar, bajo la denominación "Acuerdo de no tramitación de solicitud de extradición activa de Omar Domingo RUBENS GRAFFIGNA y treinta y nueve reclamados".

El Tribunal Supremo declara que dicho Acuerdo no es conforme a Derecho y que "priva a la Parte requerida de adoptar la decisión que sólo a ella corresponde en uso de su soberanía, y ello porque para la parte requerida esa solicitud de extradición activa que se formula se transforma en un requerimiento de extradición pasiva en el que es ella que debe adoptar la resolución que corresponda"

Esta cuestión de fondo, la de si el Consejo de Ministros puede negarse a dar trámite a las solicitudes de extradición de los tribunales, es la cuestión sobre la que se expidió la Sala Contencioso Administrativa del Tribunal Supremo, y no sobre las extradiciones en sí...

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Julio 2005

Fichero AudioArg - Identifican los restos de tres fundadoras de Plaza de Mayo asesinadas en la ESMA. (Diario Clarín de Buenos Aires). Radio Nizkor, 11jul05

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Junio 2005

Fichero AudioArg - Equipo Nizkor's Communiqué concerning the decision to annul the laws of impunity in Argentina. (Equipo Nizkor). Radio Nizkor, 24Jun05


Equipo Nizkor considers that the decision of the Supreme Court of Justice of Argentina in the case Simón, Julio Héctor et al. with reference to the illegal deprivation of liberty, dated 14th June 2005, is an important step in the dismantling of models of impunity such as that established by the State of Argentina by enacting laws such as the Due Obedience and Full Stop laws. The Court held that "the enforcement of these laws should be considered a breach of international law".

"...We consider that this is an international precedent with respect to the laws of impunity, immunity and of any other kind of prerogative law which enables the State to avoid its responsibility and the individual criminal responsibility of the perpetrators and planners of crimes against humanity.

...The use of the category of crimes against humanity as well as the imposition of the punishment for this kind of crime in the internal state jurisdiction is a contribution of particular importance to international law and most especially in the struggle against impunity."

Also, "The application of the jurisprudence of the Inter-American Commission and Court to internal law is clear support for the protection of human rights in the entire American continent and constitutes a clear response to those states who refuse to apply the decisions of the Inter-American Court on Human Rights to their internal law, as for example in the well-known cases in El Salvador, Guatemala and Colombia..."

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Fichero AudioArg - Comunicado del Equipo Nizkor a tenor de la nulidad de las leyes del perdón. (Equipo Nizkor). Radio Nizkor, 20jun05


El Equipo Nizkor considera que la sentencia de la Corte Suprema de Justicia de Argentina en el caso Simón, Julio Héctor y otros s/ privación ilegítima de la libertad, etc. Causa N° 17.768, de 14jun05, es un importante paso en el desmantelamiento de los modelos de impunidad, como el configurado por el Estado argentino a partir de las conocidas leyes de Obediencia Debida y Punto Final, al considerar la Corte que "la eficacia de éstas sería considerada un ilícito internacional".

"... Consideramos es un precedente internacional con relación a las leyes de impunidad, de inmunidad o de cualquier tipo de prerrogativa que elimine las responsabilidad del Estado y las responsabilidad penales individuales de los autores y planificadores de crímenes contra la humanidad.".

El Equipo Nizkor destaca a su vez la utilización que la Corte Suprema hace en esta sentencia de la figura de crímenes contra la humanidad, así como la aplicación que, de la jurisprudencia de la Comisión y de la Corte Interamericanas, supone este fallo en el derecho interno, lo cual es un claro apoyo al sistema de protección de los derechos humanos en todo el continente americano y significa una clara respuesta a aquéllos estados que niegan la aplicación de las sentencias de la CIDH en el derecho interno, como los casos conocidos, entre otros, de El Salvador, Guatemala y Colombia...

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Fichero AudioArg - El Estado argentino no debería dejar en libertad a un criminal de guerra. Radio Nizkor, 04jun05


Según la información publicada por el Diario Los Andes el 3 de junio de 2005, la Dirección Nacional de Migraciones dispuso la expulsión de Argentina del criminal de guerra Minic Nebojsa. De esta manera el Gobierno argentino convierte un caso de crímenes contra la humanidad en un problema administrativo derivado de la inmigración ilegal.

Para evitar esto, abogados defensores de los derechos humanos de la ciudad de Mendoza presentaron el 1 de junio una denuncia solicitando la detención del criminal de guerra ante el Juzgado Federal número 3, Secretaría E, de la ciudad de Mendoza.

Minic Nebojsa está implicado en masacres y saqueos en la ciudad kosovar de Pec, donde dirigió un grupo de delincuentes denominado "La mano negra". Durante la guerra civil en la ex Yugoslavia fue acusado de haber dirigido un grupo paramilitar conocido por "Relámpagos". Su mote o alias durante esa época era el de "Muerte".

Hasta el momento nadie ha pedido su extradición, a pesar de haberse comunicado al ICTY, a la UNMIK (United Nations Mission in Kosovo) y al estado Serbio. El paramilitarismo es una actividad criminal que debe ser enfrentada por los estados y sus responsables perseguidos por sus crímenes bajo el principio de jurisdicción universal y de responsabilidad penal individual.

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Abril 2005

Fichero AudioDesc - Los indicadores de pobreza son alarmantes en Argentina, Brasil, Chile, Paraguay y Uruguay. (Semanario TerraViva de la Agencia IPS). Radio Nizkor, 11abr05.

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Fichero AudioArg - Solicitan a la CIDH que obligue a modificar las condenas a cadena perpetua a menores. (Pablo Salinas, abogado de ddhh, para Equipo Nizkor). Radio Nizkor, 02abr05


Varios organismos de derechos humanos argentinos han presentado un AMICUS CURIAE ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos con la finalidad de que se obligue al Estado argentino a modificar sentencias de condena a prisión perpetua a menores de edad.

En el escrito, las organizaciones de derechos humanos solicitan ser tenidas como parte en la Petición No. 270, en calidad de peticionantes.

Las organizaciones firmantes solicitan se ordene al estado argentino conmutar las condenas a prisión y reclusión perpetua impuestas por el Tribunal Oral de Menores No. 1 de la Ciudad de Buenos Aires y el Tribunal en lo Penal de Menores de la Primera Circunscripción de la Provincia de Mendoza, a adolescentes menores de 18 años al momento de cometerse los hechos que se les imputan...

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Marzo 2005

Fichero AudioArg - El narcotráfico es consecuencia de la financiación de la guerra en Centroamérica. (Alejandro Guerrero para Prensa Obrera Argentina). Radio Nizkor, 07mar05


"...la presencia de consejeros militares argentinos entre las fuerzas desplegadas en Chiapas desde la década pasada, tal como hicieron en los años '80 en El Salvador, Honduras y Guatemala, señala la supervivencia de un sistema clandestino y secreto de coordinación de la inteligencia militar. En ese punto resurgen por su propio peso nombres como los de Oliver North y Battaglia Ponte.

En otras palabras: persiste la actividad de organizaciones mafiosas y represivas creadas hace casi 30 años y consolidadas, en lo que a los militares argentinos respecta, cuando, tras el golpe de 1976, Guillermo Suárez Mason promovió la creación del Grupo de Tareas Exteriores (GTE) del Batallón 601, un aparato de inteligencia militar vinculado con la Secretaría de Inteligencia del Estado (SIDE)...

En 1980, producido el golpe narco-militar en Bolivia conducido por Luis García Meza y organizado por la dictadura argentina -el brigadier Omar Graffigna estuvo personalmente en un aeropuerto militar de La Paz la noche de la sublevación-, hubo allí una reunión peculiar entre Luis Arce Gómez -hoy preso por narcotráfico en los Estados Unidos-, su primo Roberto Suárez, llamado entonces 'el barón de la droga', Delle Chiae y el teniente coronel argentino Hugo Miori Pereyra, delegado de Suárez Mason. En ese cónclave se llegó a un acuerdo para aceitar el mecanismo de tráfico de drogas en América Central y del Sur, de modo de financiar grupos paramilitares. Además, claro está, de llenar los bolsillos de quienes sellaron el pacto..."

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Enero 2004

Fichero AudioEsp - Entrevista a Graciela Lois sobre el inicio del juicio oral al Capitán de Corbeta Scilingo. Radio Nizkor, 16ene05

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lois Haz click aquí REAL PLAYER Haz click aquí MP3 00:06:52 ESL/SPA



Fichero AudioEsp - The Trial in the Case of Retired Vessel Captain Adolfo Scilingo Begins. Radio Nizkor with the collaboration of the Schell Center for International Human Rights at Yale Law School, 16Jan05


On January 14, 2004, at approximately 11:55 a.m. in Madrid’s Audiencia Nacional, the trial started in the case of retired vessel captain Adolfo Scilingo. Scilingo was a member of the Argentinian navy and a voluntary participant in the operations of the extermination group known as Task Force 3.3.2.

... Approximately 20 minutes into the proceedings (after the formal opening of the session and the preliminary matters) the bench began to read Scilingo his rights. Scilingo was asked if he knew that he was in a court of justice. Because the judge was concerned that Scilingo was not fit to stand trial, given that he was slumped in his chair with his eyes closed, the president of the court stopped the session to have Scilingo examined by doctors for the second time that morning.

The forensic doctors are prepared for such incidents. Trial resumed with their report. The doctors said that Scilingo had a negative attitude, but that he was lucid, and capable of understanding the proceedings against him. They said that if Scilingo wanted to, he was capable of answering the court’s questions. Thus, the trial went forward.

Adolfo Scilingo chose to remain silent, which is equal to refuse to answer to the court's questions...

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Fichero AudioEsp - Legal and factual background to the Scilingo case. Radio Nizkor with the collaboration of the Schell Center for International Human Rights at Yale Law School, 16Jan05

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Fichero AudioEsp - Comenzó el juicio oral en el Caso del Capitán de Corbeta Scilingo. Radio Nizkor, 15ene05


El 14 de enero de 2005, aproximadamente a las 11:55 hora local de Madrid, comenzó en la sede de la Audiencia Nacional el juicio oral en el caso del Capitán de Corbeta (r) Adolfo Scilingo, perteneciente a la Marina de Guerra Argentina e integrante voluntario como oficial en operaciones del grupo de exterminio conocido como Grupo de Tareas 3.3.2.

... Aproximadamente a los 20 minutos del comienzo del juicio, tras la apertura y breve tratamiento de las cuestiones preliminares, la Sala procedió a leer sus derechos al acusado, preguntándoles si conocía que se encontraba ante una Sala de Justicia, momento en el cual se suspendió la sesión para que el Capitán de Corbeta fuera examinado por los forenses una segunda vez esa misma mañana, dada la preocupación por el hecho de que no estuviera en condiciones físicas de seguir compareciendo ante el tribunal.

Los servicios médicos están preparados para incidentes de esta naturaleza. Reanudada la sesión, los forenses rindieron su informe a la Sala, afirmando que la actitud del acusado era negativa, pero que estaba lúcido, que sabía y entendía, y que si quería, podía hablar, por lo que la Sala continuó la sesión.

Adolfo Scilingo optó por el silencio, lo que equivale a la negativa a contestar a las preguntas del Tribunal...

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Fichero AudioEsp - Scilingo finge estar enfermo para evitar ser interrogado. (Melchor Sáiz Pardo, Agencia COLPISA, Madrid). Radio Nizkor, 15ene05

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melchor Haz click aquí REAL PLAYER Haz click aquí MP3 00:07:53 ESL/SPA



Fichero AudioEsp - Entrevista a Francisco Pérez sobre el inicio del juicio oral en el caso Scilingo. Radio Nizkor, 15ene05

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Diciembre 2004

Fichero AudioArg - El Gobierno de Mendoza despreció la visita "in loco" de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. (Cuyo Noticias de San Luis, Arg). Radio Nizkor, 29dic04

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Fichero AudioArg - La Corte Suprema anula el fallo del caso Bulacio y no da cumplimiento a la sentencia de la CIDH. (Coordinadora contra la Represión Policial e Institucional de Buenos Aires - CORREPI). Radio Nizkor, 27dic04

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Fichero AudioArg - El Estado no ha dado cumplimiento a lo dispuesto por la Corte Interamericana de DDHH en el caso Walter Bulacio. (Coordinadora contra la Represión Policial e Institucional de Buenos Aires - CORREPI). Radio Nizkor, 18dic04

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Fichero AudioArg - Deciden elevar a la Comisión Interamericana de DDHH el caso de la masacre del Puente Gral. Belgrano. (Coordinadora contra la Represión Policial e Institucional de Buenos Aires - CORREPI). Radio Nizkor, 18dic04

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Fichero AudioArg - La CIDH inicia la visita "in loco" a la cárcel de Mendoza. (Abogados de derechos humanos de Mendoza). Radio Nizkor, 11dic04


El domingo 12dic04 llegan a la ciudad de Buenos Aires los miembros de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, quienes realizarán una visita in loco a la cárcel de Mendoza. Esta delegación será recibida por el Presidente el lunes 13dic04.

El martes 14dic04 viajarán a la ciudad de Mendoza para visitar el penal local.

La delegación de la Comisión Interamericana la integran Florentín Meléndez, (Comisionado de la CIDH), Santiago Cantón (Secretario de la CIDH) y Elizabeth Abi-Mershed (abogada asesora de la CIDH). La delegación llegará a Mendoza acompañada por el Secretario de Derechos Humanos de la Nación y mantendrá reuniones con las organizaciones de derechos humanos de la ciudad de Mendoza.

Esta es la segunda visita "in loco" a la Argentina, la anterior fue en 1979 en plena dictadura militar.

También en este programa, Radio Nizkor presenta en su totalidad el informe realizado por los abogados y organismos de derechos humanos de la ciudad de Mendoza, en su carácter de peticionantes ante la CIDH, acerca de la situación carcelaria.

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Fichero AudioIta/Arg - La Fiscalía eleva a juicio el caso ESMA, imputando a seis ex altos oficiales de la Marina de Guerra argentina. (Fiscalía Italiana, Equipo Nizkor). Radio Nizkor, 09dic04


El fiscal italiano Francesco Caporale dio por finalizada la instrucción sobre las víctimas italianas de la ESMA y elevó al juez la calificación como imputados de seis oficiales de la Marina de Guerra argentina por el secuestro, tortura y homicidio de los ciudadanos italianos Angela María Aieta y Giovanni y Susanna Pegoraro, con la finalidad de que se eleve a juicio.

El anuncio de la fiscalía italiana se hizo público el pasado 16nov04, de manera simultánea al comunicado público de la Sentencia del Tribunal Supremo español por el caso Scilingo, que se sustancia ante la Audiencia Nacional española.

Ambos procedimientos, el de Roma y el de Madrid, afectan a ex altos oficiales de la Marina de Guerra argentina.

Los imputados en el caso italiano son: MASSERA, Emilio Eduardo; ACOSTA, Jorge Eduardo; ASTIZ, Alfredo Ignacio; VILDOZA, Jorge Raúl; VAÑEK, Antonio y FEBRES, Héctor Antonio.

El fiscal considera que los imputados planificaron la acción criminal dentro del denominado "Proceso de reorganización nacional", instaurado por la dictadura que surgió del golpe de estado del 24mar76, en el que tomó parte el Almirante de la Marina argentina, Emilio Eduardo Massera.

El resto de los oficiales de marina forman parte del grupo de tareas 3.3.2 que tuvo sede en la ESMA...

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Noviembre 2004

Fichero AudioArg - El abogado de tres gendarmes intimida a la representación jurídica de las víctimas en el caso del Regimiento 9 de Infantería de Corrientes. (Comisión de Derechos Humanos de Corrientes, Diario on-line Momarandu y Equipo Nizkor). Radio Nizkor, 23nov04


El abogado defensor de varios imputados por crímenes contra la humanidad en la causa que se sigue en Corrientes contra miembros del Regimiento 9 de Infantería, en un claro acto de intimidación a jueces, fiscales y testigos, solicitó el allanamiento a los locales de la organización de derechos humanos que lleva el caso y a los domicilios de varios activistas, adjuntando a su escrito planos de detalle de los locales y viviendas, y haciendo públicos documentos obtenidos en tareas de inteligencia o contrainteligencia clandestina.

El Equipo Nizkor considera que esta forma de actuación es una violación flagrante del código deontológico profesional de un abogado en ejercicio y que amerita la adopción de medidas oportunas por el Juez Instructor y el Colegio de Abogados correspondiente. Considera también que ha de abrirse una investigación sobre la actuación de los organismos de inteligencia en este caso, para garantizar el debido proceso y el respeto a los derechos de las víctimas.

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Fichero AudioEsp/Arg - El Tribunal Supremo español rechaza un recurso de Adolfo Scilingo y con ello deja abierta la vía para su juicio oral. (Equipo Nizkor). Radio Nizkor, 18nov04


El Tribunal Supremo español ha dictado sentencia, con fecha de 15nov04, resolutoria del recurso de casación interpuesto por Adolfo Francisco Scilingo Manzorro ante el mismo.

Adolfo Scilingo había recurrido ante el Supremo un auto de fecha 28jul03, dictado por la Audiencia Nacional, mediante el cual ésta acordó "DESESTIMAR la cuestión de artículo de previo pronunciamiento ... del artículo 666 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal planteada por el Ministerio Fiscal y a las que se adhirió la representación procesal del procesado Adolfo Scilingo Manzorro, ....".

Esto es, el Ministerio Fiscal y Adolfo scilingo alegaron en su día falta de jurisdicción de los tribunales españoles, prescripción del delito, amnistía e indulto y cosa juzgada.

Ante esta resolución, el Ministerio Fiscal y el procesado, Adolfo Scilingo, presentaron un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, del que desistiría después el Ministerio Fiscal, mediante escrito de 01jun04 dirigido a la Sala Segunda del TS, y que es el que el Supremo ha resuelto mediante la reciente sentencia de 15 de noviembre de 2004.

Adolfo Scilingo se presentó voluntariamente ante el juez instructor Baltasar Garzón en octubre de 1997. "El capitán Scilingo decidió en algún momento de su vida que había participado en una organización criminal y que había procedido a participar activamente en la planificación, organización y coordinación de un plan de exterminio de población civil por parte de la organización a la que pertenecía: la marina de guerra argentina"...

"Se trata de una de las pocas ocasiones en que un miembro de una banda criminal de esta naturaleza decide contar ante un juez hasta dónde llegó la planificación del horror por parte de hombres que además consiguieron el apoyo de gran parte de la iglesia católica argentina y de otros sectores sociales."

Dado que en España no se puede juzgar en ausencia, la puesta a disposición de Adolfo Scilingo ante la justicia española abrió la posibilidad de llegar a juicio oral en la causa por desaparición de españoles durante la última dictadura militar argentina.

Este programa actualiza la situación jurídica del caso, al tiempo que explica detenidamente los antecedentes del mismo y sus pormenores; desde la entrega y declaración de Scilingo, pasando por la actuación de la Fiscalía española, hasta la fecha.

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scilingo Haz click aquí REAL PLAYER Haz click aquí MP3 00:27:59 ESL/SPA



Fichero AudioArg - Desde 1974 la desigualdad ha crecido aceleradamente en Argentina. (IPS). Radio Nizkor, 15nov04

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Fichero AudioArg - Entrevista sobre el taller para la organización del Observatorio para el Seguimiento de las Empresas Transnacionales. Radio Nizkor, 08nov04


El 09nov04 se desarrollará en Buenos Aires un taller organizado por el Programa de Vigilancia Social de las Empresas Trasnacionales de FOCO, con la cooperación de la Federación Holandesa de Sindicatos - FNV. Se trata del segundo Taller para la organización del Observatorio para el Seguimiento de las Empresas Transnacionales, y en el mismo participan el Observatorio Social de la CUT de Brasil y el Observatorio de la Negociación Colectiva en Empresas Transnacionales de PLADES, Perú.

Radio Nizkor ha entrevistado a Jorge Carpio, Presidente del Foro Ciudadano de Participación por la Justicia y los Derechos Humanos (FOCO), quien nos detalla esta iniciativa y las áreas de trabajo.

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foco Haz click aquí REAL PLAYER Haz click aquí MP3 00:16:24 ESL/SPA



Fichero AudioArg - Entrevista sobre la visita "in loco" que realizará la Corte Interamericana al sistema penitenciario de Mendoza. Radio Nizkor, 01nov04


Por primera vez después de la visita realizada en 1979, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, efectuará una visita in loco al sistema carcelario de la Provincia de Mendoza.

Esta medida es consecuencia de la solicitud de las organizaciones de derechos humanos, y, especialmente, del equipo de abogados de ddhh de Mendoza, quienes iniciaron el procedimiento correspondiente ante la Comisión Interamericana.

En contra de lo esperado, el Gobierno argentino, a través de la funcionaria del Ministerio de Relaciones Exteriores y ex Defensora del Pueblo de la ciudad de Buenos Aires, Alicia Oliveira, se opuso a lo solicitado por los organismos de derechos humanos, apoyando incondicionalmente a las autoridades mendocinas.

Esta situación se ha visto agravada por la campaña difamatoria puesta en marcha por el Ministro de Justicia y Seguridad de la Pcia. de Mendoza, Roberto Grillo, destinada a descalificar a los peticionarios ante la CIDH. La postura de este alto funcionario es la misma adoptada hace dos años ante las denuncias de detenciones masivas de niños en situación de calle en Mendoza.

Todo ello nos lo expone Pablo Salinas, uno de los abogados de ddhh peticionarios, en esta entrevista.

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salinas Haz click aquí REAL PLAYER Haz click aquí MP3 00:18:52 ESL/SPA


Octubre 2004

Fichero AudioArg - Programa especial sobre el conflicto de las comunidades indígenas Kolla Guaraní con la empresa azucarera El Tabacal. Radio Nizkor, 22oct04


La empresa Seaboard Corporation hizo su aparición en la ciudad de Orán, provincia argentina de Salta, comprando el Ingenio y Refinería San Martín del Tabacal S.R.L.

Desde entonces, el tratamiento dispensado por la empresa a las comunidades indígenas Kolla Guaraní ha sido claramente discriminatorio y xenófobo.

Sesenta familias de esta comunidad fueron amenazadas, en mayo de 2004, por personal de El Tabacal. Las topadoras de esta empresa destruyeron parte de sus cultivos y la comunidad decidió entonces montar guardias para impedir mayores daños.

Tramitó también su registro comunitario ante el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas, entidad que se comprometió a pagar un agrimensor para delimitar la propiedad comunitaria, así como a hacerse cargo de los gastos legales de la formalización de la tenencia de esas tierras.

Cuando todavía esperaban el cumplimiento de estas promesas, la empresa comenzó a ofertar la compra de lotes de manera individual... Al plantear la comunidad en una asamblea que era imposible vender de manera individual la propiedad comunitaria y desconocer, por lo tanto, los acuerdos realizados de esta forma, sufrió un nuevo ataque. El 05ago04 personal de seguridad atacó a las familias, hiriendo a 16 personas y amenazando de muerte a una...

Otra empresa en conflito por la tenencia de la tierra con las comunidades indígenas es "Río Zenta S.R.L."...

Sobre estos conflictos, Radio Nizkor ha entrevistado al párroco José Aulletta, para hacer lo que nosotros denominamos una actualización del caso, y también a Gregoria López, presidenta de la Comunidad del paraje "El Algarrobal", de Río Blanco Banda Sur.

La siguiente tabla permite seguir los temas que se abordan en este programa y en qué momento exacto se habla de cada uno de ellos:
[Para ir al minuto exacto debes usar el programa Real Player y desplazar la barra de tiempo hasta el minuto aproximado, y verás que el programa carga el fichero en ese lugar exacto.]

Tema Inicio tema
(h:min:ss)
Introducción 00:00:23
Presentación Padre Aulletta 00:06:01
Origen conflicto sobre la tenencia de la tierra 00:07:27
Seaboard y El Tabacal 00:10:33
Intervención de guardias de seguridad privados 00:15:05
Conflicto Río Blanco Banda Norte - Empresa Río Zenta S.R.L. 00:17:30
Organismos gubernamentales que apoyaron a las comunidades y el problema con el cumplimiento del Convenio 169 de la OIT 00:20:11
Lectura de la Declaración Conjunta de los Pueblos Originarios y Campesinos Criollos con Conflictos por la Tenencia de la Tierra en Orán. 00:21:56
Entrevista a Gregoria López, Presidenta de la Comunidad del paraje "El Algarrobal", de Río Blanco Banda Sur. 00:26:10

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seaboard Haz click aquí REAL PLAYER Haz click aquí MP3 00:37:18 ESL/SPA



Fichero AudioArg - Entrevista a Hilda Presman sobre la situación de derechos humanos en Corrientes. Radio Nizkor, 19oct04


Hilda Presman, integrante de la Comisión de Derechos Humanos de Corrientes, nos expone la situación de derechos humanos esta Provincia, con especial detenimiento en la masacre del Puente de General Belgrano (17dic99); la causa 276/04, relativa al el ex Regimiento Infantería 9 de Corrientes, que funcionó como Centro Clandestino de Detención y desaparición de personas durante la dictadura, y la situación de los derechos económicos y sociales en la Provincia.

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corrientes1 Haz click aquí REAL PLAYER Haz click aquí MP3 00:33:28 ESL/SPA



Fichero AudioArg - Ordenan la detención de 12 militares en la causa sobre el ex Regimiento de Infantería 9 en Corrientes. (Comisión de Derechos Humanos de Corrientes y Diario on-line Momarandu, Corrientes). Radio Nizkor, 16oct04


La Comisión de Derechos Humanos de Corrientes hizo público un comunicado informando de que el Juez Federal de Corrientes, Carlos Soto Dávila, ordenó, el 6oct04, librar orden de detención para 12 militares e integrantes de la Gendarmería Nacional involucrados en crímenes de lesa humanidad, a partir de las causas abiertas por las desapariciones forzadas de Vicente "Cacho" Ayala, julio Barozzi, Diego Orlando Romero, Rómulo Artieda, Juan Ramón Vargas, algunas de las personas desaparecidas que fueron vistas por última vez con vida en el Centro Clandestino de Detención que funcionaba en el ex-regimiento Infantería 9 de Corrientes.

Las órdenes de detención afectan a los siguientes militares: General Cristino Nicolaides, Jefe del Comando de la VII Brigada de Infantería; Teniente Coronel Jorge Félix Aguiar, Jefe del Regimiento 9 de Infantería; Mayor Roberto Romeo Bin, 2do Jefe Regimiento; Capitán Juan Carlos Demarchi, Jefe de Inteligencia del Área Militar 231; Coronel Horacio Losito; Oficial Carson; Teniente Jorge Barreiro; Sargento Miguel Angel Cárdenas; Sargento Piris; Oficiales de Gendarmería Alfredo Reinoso, Sargento Dionisio Cruz y Sargento Mariano José Zanek.

Algunos de estos personajes tienen repercusión nacional por sus actuaciones, como el General Nicolaides, que fue Comandante en Jefe del Ejército y el Coronel Losito que fue agregado militar en la Embajada argentina en Italia y se encuentra imputado en la causa Margarita Belén...

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Septiembre 2004

Fichero AudioArg - Entrevista a Diana Malamud, dirigente de Memoria Activa, sobre el caso AMIA. (Entrevista realizada el 11sep04). Radio Nizkor, 17sep04


El 18 de julio de 1994, en pleno centro de la ciudad de Buenos Aires, hizo explosión frente al edificio de la Asociación de Mutuales Israelitas en la Argentina (AMIA), un vehículo, ocasionando la muerte de más de 80 personas y más de 300 heridos. El estallido de la bomba produjo la destrucción total del edificio de seis pisos de la AMIA, y de varios edificios vecinos.

"... Desde Memoria Activa hemos venido denunciando, desde hace años ... la ineficiencia, inoperancia, encubrimiento y responsabilidad en que el Estado Argentino incurrió a todo lo largo de la causa AMIA."

Radio Nizkor ha entrevistado a Diana Malamud, dirigente de Memoria Activa, una asociación creada con el fin de perseguir la investigación del atentado a la AMlA y formada por familiares y amigos de las víctimas.

Diana nos habla del desarrollo del procedimiento desde que tuvo lugar el atentado contra la sede de la AMIA, y nos narra los avatares procesales que, al cabo de 10 años, han desembocado en el procesamiento del juez instructor del caso, de los fiscales y de alguno de los representantes de las víctimas.

Pueden escuchar también el comunicado que Memoria Activa hizo público a tenor de la resolución judicial de 02sep04.

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Fichero AudioArg - El caso del atentado a la AMIA queda en la impunidad después de 10 años de investigaciones. (Memoria Activa y Secretaría del Premio Nobel de la Paz, Adolfo Pérez Esquivel). Radio Nizkor, 09sep04


"... Desde Memoria Activa hemos venido denunciando, desde hace años ... la ineficiencia, inoperancia, encubrimiento y responsabilidad en que el Estado Argentino incurrió a todo lo largo de la causa AMIA.

Estas acciones, llevadas a cabo en forma conjunta por los tres poderes del Estado, desembocaron en la construcción de una historia oficial, armada y mentirosa, que llevó a que hoy, 10 años después, no sólo no sepamos qué sucedió en la masacre de la AMIA, sino que nos quitó la posibilidad de ver algún día castigados a los responsables.

Esta visión nos condujo hace ya cinco años a denunciar al Estado Argentino ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la OEA por denegación de justicia.

En estos 3 años que duró el juicio oral quedó ampliamente demostrada la conducta delictiva del Poder Político, Judicial y Legislativo, durante los sucesivos gobiernos de Menem, De la Rúa y Duhalde, lamentablemente también sostenida por la dirigencia comunitaria judía..."

El formato Real Media de este fichero, permite visualizar documentos de análisis contextual sincronizadamente con el audio. Esto es posible con el programa Real One Player. Más Información.

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Agosto 2004

Fichero AudioArg/Chl - Informe y análisis sobre las recientes decisiones de las Cortes Supremas de Argentina y Chile. Programa especial de Radio Nizkor con ocasión del Día del Detenido-Desaparecido, 30ago04


El pleno de la Corte Suprema chilena resolvió que se puede investigar la presunta responsabilidad del general (R) Augusto Pinochet en la Operación Cóndor, y por ello confirmó la resolución de la Corte de Apelaciones, dando luz verde, por 9 votos frente a 8, al desafuero del ex gobernante de facto. [Pueden escuchar también la Entrevista al abogado Eduardo Contreras sobre el desafuero del Gral. Pinochet, a tenor de la mencionada resolución de la Corte de Apelaciones]

Por otra parte, la Corte Suprema argentina dictó sentencia en el caso del asesinato, en 1974, del General chileno Carlos Prats y su esposa Sofía Cuthbert, caso por el que se halla condenado el ex agente de la DINA, Enrique Arancibia Clavel.

La Cámara de Casación había dicho que Arancibia Clavel no podía ser juzgado por "asociación ilícita agravada" porque ese delito no existía cuando se produjo el atentado contra el Gral. Prats. Pero la Corte Suprema sostuvo que los hechos se enmarcan dentro de los "crímenes de lesa humanidad", y por lo tanto el delito no prescribe.

Esta sentencia afecta pues al uso de figura de asociación ilícita, esto es, de la asociación con finalidad delectiva, en este caso, el exterminio y la comisión de otros crímenes contra la humanidad...

Esta organización criminal usaba para sus actividades ... una red de financiación clandestina que ha llegado hasta nuestros días. Justamente esa parte de la organización criminal es la que ha salido a la luz con la investigación que llevó adelante el Senado de los Estados Unidos en el caso del Banco Riggs...

Gregorio Dionis, Director del Equipo Nizkor, expone el contexto en que las organizaciones criminales de las dictaduras chilena y argentina llevaron a efecto su finalidad delictiva y analiza el alcance de estas decisiones judiciales.

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Fichero AudioArg - El Equipo Argentino de Antropología Forense se hará cargo de la identificación de los fusilados en Margarita Belén en 1976. Radio Nizkor con la colaboración de Mirta Clara e información de "El Diario" del Chaco, 09ago04

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mbelen1 Haz click aquí REAL PLAYER Haz click aquí MP3 00:10:38 ESL/SPA



Fichero AudioArg - La Comisión Interamericana de Derechos Humanos admite la solicitud de medidas cautelares en favor de los reclusos de Mendoza. (Abogados de Derechos Humanos de Mendoza, Arg). Radio Nizkor, 04ago04


El 21 de julio de 2004 un conocido grupo de abogados de derechos humanos de la ciudad de Mendoza presentó un escrito de solicitud de medidas cautelares a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Esta solicitud está originada en la grave situación de la población carcelaria de la Provincia de Mendoza.

La CIDH ha aceptado la solicitud, con lo que por primera vez, el Estado argentino ha de hacer frente a una intimación de la Comisión en esta materia.

De estas medidas se derivará, entre otras cuestiones, la obligación del Estado argentino, a través de Gobierno de Mendoza, de asegurar las condiciones de seguridad de los presos, garantizar la higiene y la salud en los penales y separar a los detenidos procesados de los que tienen prisión preventiva.

Precisamente sobre este tema Radio Nizkor entrevistó en febrero de 2004 a uno de los abogados que llevan el caso, Pablo Salinas. Este reportaje en que Pablo Salinas expone las graves condiciones de vida de los reclusos, es un buen complemento del presente documento audio.

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Junio 2004

Fichero AudioArg - El Tte. Cnel. Guillermo Bruno Laborda confiesa crímenes del III Cuerpo de Ejército. Radio Nizkor con información del Semanario Terraviva de la Agencia IPS, 28jun04

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Fichero AudioArg - Entrevista a Marina Schifrin, profesora de matemáticas procesada en 1997 por manifestarse a favor de la enseñanza pública. Radio Nizkor, 19jun04


En la ciudad de San Carlos de Bariloche se realizaron en marzo de 1997 dos manifestaciones en defensa de la Escuela Pública, ante el progresivo deterioro en que la política educativa del Estado la estaba sumiendo. Como consecuencia, fueron procesadas varias personas, principalmente docentes.

Marina Schifrin es una de esos docentes. El suyo es un caso paradigmático de la criminalización de la protesta social en Argentina. Recurso tras recurso, desde que fuera procesada en 1997, el caso de Marina llegó a la Corte Suprema argentina, donde está pendiente de resolución.

En esta entrevista Marina nos expone el periplo judicial del caso y el terrible abandono de la Escuela Pública en Argentina.

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Fichero AudioArg - La reapertura de los juicios en Mendoza permite investigar el Centro de Detención ilegal de Las Lajas. Radio Nizkor, 14jun04

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Fichero AudioArg - Entrevista a Lucio Salas Oroño, coordinador de la cooperativa "La Asamblearia". Radio Nizkor, 03jun04


En respuesta a la pavorosa crisis estructural de la sociedad argentina, han surgido diferentes organizaciones sociales que han puesto en marcha nueves experiencias económicas.

Lucio Salas Oroño nos habla acerca de una de esas experiencias, la cooperativa "La Asamblearia", y nos explica cómo surgió, su desarrollo, el tipo de productos que comercializan y su relación con los movimientos sociales.

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Fichero AudioArg - Entrevista sobre el Foro Temático de la Economía Solidaria a realizarse en Buenos Aires. Radio Nizkor, 02jun04


Los días 4, 5 y 6 de junio de 2004 las organizaciones, colectivos e individuos que participan del Comité de Movilización Buenos Aires del Foro Social Mundial en Argentina, convocan e invitan al Foro Temático de la Economía Solidaria.

Esta iniciatica retoma el espíritu de los Foros Sociales de Porto Alegre y Mumbay y es continuación del Foro Temático de 2002 en Buenos Aires "La crisis del neoliberalismo en la Argentina y los desafíos del movimiento global".

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Mayo 2004

Fichero AudioArg - Reportaje a Ariel Basteiro sobre el caso de Carlos Bettini y su nombramiento como Embajador en España. Radio Nizkor, 24may04


Radio Nizkor ha entrevistado a Ariel Basteiro, Diputado Nacional por el partido socialista y Secretario General de la Asociación del Personal Aeronáutico.

Ariel Basteiro habló con Radio Nizkor acerca del proyecto de resolución para que el Poder Ejecutivo Nacional no envíe al Senado la propuesta de nombramiento de Carlos Bettini Francese como Embajador de la República Argentina ante el Reino de España.

Esta oposición se sustenta en:

  • Carlos Bettini Francese integró el Consejo de Administración de la Empresa Aerolíneas Argentinas por mandato de la Sociedad Estatal de Participacionies Industriales (SEPI) de España.
  • El hecho de que la privatización de la empresa aérea se hizo con fraude de ley al detentar Bettini el 2% del capital necesario para que los capitales españoles tuvieran la mayoría absoluta, para lo que utilizó su doble nacionalidad argentino-española
  • La venta de activos y el vaciamiento de los fondos superó los 900 millones de dólares, en detrimento del patrimonio neto de la empresa.

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Abril 2004

Fichero AudioArg - Comentario de Adolfo Pérez Esquivel sobre la cuestión de la seguridad en Argentina. (Serpaj Buenos Aires). Radio Nizkor, 30abr04


"... Deben investigarse las 'agencias de seguridad privadas' y la connivencia de la policía con las mafias, las drogas, el tráfico de armas y el delito organizado.

A esto se suma la asociación de ciertos sectores del poder judicial por su inacción en las investigaciones..."

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Fichero AudioArg - Grupos armados atacan a activistas sindicales en Buenos Aires. Radio Nizkor, 26abr04


"... Este tipo de incidentes se inscriben en la propia debilidad y corrupción de la Policía y la justicia argentinas, incapaces de detener una columna de 18 autobuses de matones, así como de procesar y condenar a los responsables de la organización de un operativo claramente ilegal y que atenta contra la libertad sindical establecida en las Convenciones Internacionales de Derechos Humanos.

Este tipo de matones es de uso normal en los corruptos sindicatos argentinos...

Desde hace más de 40 años estas prácticas mafiosas de los sindicalistas han favorecido las actividades del crimen organizado ... Esta forma de organización tiene que ver con la ideología ultraconservadora de estos sindicatos, muy influenciada por el falangismo español y que aún prevalece en la mayoría de los dirigentes sindicales, los cuales se benefician de estructuras sindicales que no tienen ningún funcionamiento democrático ..."

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Fichero Audio Arg - Solicitan reapertura por casos de desaparecidos en Mendoza y abren investigación por "vuelos de la muerte" en la ESMA. Radio Nizkor, 13abr04

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Marzo 2004

Fichero Audio Arg - Reportaje a Graciela Lois sobre la Escuela de Mecánica de la Armada, ESMA. Graciela es miembro de Familiares de Detenidos Desaparecidos por Razones Políticas y colaboradora del Equipo Nizkor y Derechos Human Rights.
Radio Nizkor, 22mar04

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Fichero Audio Arg - Entrevista sobre el recurso de amparo que impidió la orden de demolición de la ESMA. Radio Nizkor, 21mar04

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Estos reportajes a Graciela Lois y Mario Ganora son un reconstrucción oral acerca del recurso de amparo que impidió que la orden dada por el presidente Menem de proceder a la demolición de la ESMA se llevara a cabo. El recurso llegó mediante apelación a la Corte Suprema, la cual ratificó la tesis defendida por un grupo de activistas de derechos humanos.

Dicha tesis se sustentaba en que: a) la demolición significaba eliminar pruebas y, b) era destruir una serie de edificios que son patrimonio de la memoria histórica del pueblo argentino y de la humanidad.

En la ESMA funcionó durante años el Grupo de Tareas número 3, uno de los cinco que se crearon por parte de las fuerzas militares argentinas y que seguían el modelo de los cuerpos especiales creados por los alemanes en el este de Europa durante la II GM y denominados Einsatzgruppen.

En la medida que la Marina de Guerra ejerció su poder a través del control del Ministerio de Educación y del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, este grupo de tareas, que no rendía cuentas más que al Comandante en Jefe de la Marina, actuó en esos ámbitos específicos.

En el área educacional fueron especialmente crueles y actuaron en todas las universidades antes del golpe de estado de 1976, pero especialmente en las de La Plata, Buenos Aires y Bahía Blanca.

En el área del Ministerio de Exteriores, tuvo especial significación su actuación en el Golpe de Estado de Bolivia, en alianza con los narcotraficantes y militares de aquel país y con el claro apoyo de la CIA; en el control encubierto del Golfo de Fonseca durante el período de intervención argentina en las guerras civiles de Centroamérica; en la represión encubierta en El Salvador y en la actuación de los denominados "Centros Piloto" que funcionaron en Europa y, muy especialmente, en la campaña de apoyo al mundial de fútbol de 1978, mediante el control que ejercían, desde 1975, de la Embajada Argentina en Roma, desde donde el honorable Licio Gelli actuaba como embajador plenipotenciario de la República Argentina para Europa.



Fichero AudioArg - Matones armados balean la vivienda de un activista del Movimiento Campesino de Santiago del Estero. (MOCASE). Radio Nizkor, 19mar04

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Fichero AudioArg - Seabord Corporation continúa el conflicto con la comunidad Kolla de Río Blanco. (Indymedia Argentina). Radio Nizkor, 17mar04.

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Fichero Audio Entrevista con Mario Ganora y Graciela Dubrez sobre el informe 2003 del Observatorio Internacional de Prisiones de Argentina.
Radio Nizkor, 10mar04


Graciela Dubrez y Mario Ganora nos presentan el informe 2003 del Observatorio Internacional de Prisiones de Argentina.

Las políticas económico sociales de exclusión tienen en la población carcelaria el signo más evidente de la degradación social. Al hablar de este tema entran en consideración sectores que generalmente non son evidentes, no tratándose únicamente de los condenados a prisión, sino también de los menores de edad bajo tutela judicial y la población enferma mental, también bajo tutela judicial, bien por abandono, bien por su propia enfermedad mental.

El texto del Informe 2003 sobre el estado del sistema de prisiones en Argentina, de 04mar04, está disponible en el sitio web del Equipo Nizkor, bajo la página especializada en Informes de DH sobre Argentina.

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Fichero AudioArg - Presentan un Habeas Corpus por la desaparición forzosa de Mariela Zurita. Entrevista a Pablo Salinas, abogado de ddhh del Movimiento Ecuménico por los Derechos Humanos (MEDH), Mendoza. Radio Nizkor, 03mar04.

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Febrero 2004

Fichero Audio Informe sobre la grave situación de la población penitenciaria en la cárcel de Mendoza. Incluye entrevista a Pablo Salinas, profesor universitario y abogado de derechos humanos del Movimiento Ecuménico por los Derechos Humanos (MEDH), de Mendoza. Radio Nizkor, 27feb04


Continúa agravándose la situación de los internos en la cárcel de Mendoza.

El 24 de febrero de 2004 un juez mendocino vino a ratificar las denuncias realizadas por los abogados de derechos humanos en reiteradas oportunidades. No es el primer Habeas Corpus que encuentra aceptación en sede judicial; de hecho, son numerosos los recursos de Habeas Corpus interpuestos en favor de la población penitenciaria, y, no obstante, su situación y las deplorables condiciones a que están sometidos no varía.

Pablo Salinas, uno de los abogados que han presentado dichos recursos, nos habla de las circunstancias que atraviesan los reclusos y que han dado lugar a los mismos.

Pueden acceder a los textos de las resoluciones judiciales y de los escritos de los abogados, así como a información adicional sobre problemáticas concretas de derechos humanos en la ciudad de Mendoza, en las páginas especializadas del Equipo Nizkor.

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Nota técnica:

El proceso de almacenamiento, edición y post edición ha sido realizado con medios informáticos propios de Radio Nizkor.

La puesta on line se hace con ficheros en formato MP3 y Realplayer, ambos en calidad equivalente a CD Rom.

En el caso de ficheros de sonido que resulten muy grandes para su reproducción on line, puedes solicitar que se te envíen por vía postal ordinaria almacenados en un CD ROM en ambos formatos.

En ese caso, el precio de distribución será el del costo de producción para organismos de derechos humanos, radios comunitarias y alternativas, más el coste del correo postal.

Para ello debes ponerte en contacto vía correlectrónico con Editor Radio Nizkor, desde donde se te enviarán las instrucciones necesarias para ello.


Más información sobre derechos humanos en Argentina en la página especializada del Equipo Nizkor


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